Publicado hace 3 años por Gotsel a elespiritudewalden.blogspot.com

Ha pasado un año desde que un fondo de inversión compró un piso en mi comunidad de vecinos. Desde entonces, no ha cumplido las obligaciones que muy cordialmente acordó el vecindario cuando nos otorgaron las viviendas allá por 2006.

Comentarios

Enésimo_strike

#2 eso es contrario a derecho a menos que así se estipule en la escritura. Y aún así los pactos entre particulares no sufren efecto ante la administración.

D

#4 wa contrario a derecho pero lo hacen, lo de que un banco sea propietario de un piso y no pague los gastos de comunidad es un clasico, y conozco casos de primera mano, sobre todo los primeros años de la crisis.

Enésimo_strike

#13 pues responden a las deudas con el propio inmueble por imperativo legal. Otra cosa es que apetezca meterse en un juicio contra un banco y su legión de abogados y juristas aunque tengas razón.

D

#17 si denuncias elnbaco paga nada más llega el primer requerimiento, el problema es que en muchas comunidades la administtacion es de aquella manera y no denuncian porque desconocen la legislación y la administración de la finca se lleva de forma informal, sobre todo en fincas pequeñas con pocos vecinos, en mi finca tenemos un administrador que si alguien no paga la cosa va directa al juzgado, y hemos tenido algún Banco de vecino..

seby

#2 Pues bien que cuándo firmas en el notario te exigen un certificado de la comunidad en el que indique que estás al corriente de pago.
Sin ese certificado el notario no prosigue con la firma.

Sergio_ftv

Mi experiencia es que los bancos sí pagan, pero piden una serie de cuestiones que si la Comunidad está bien administrada no tendría que ser un problema, por ejemplo el acta en donde se aprueban las cuotas o derrama extra. Otra cosa es que la Comunidad se lleve como las cuentas de la abuela, ¿qué los vecinos tienen que limpiar? pues no se, como uno se caiga y venga un abogado y le diga que tiene derechos a varios miles de euros de indemnización si denuncia, a ver si sigue el buen rollo y renuncia al dinero.

editado:
y es muy raro que un banco acuda a una junta de propietarios, solo piden las actas si se da el caso de que se aprueba algo relacionado con temas económicos.

b

Eso lo he vivido yo.
Una empresa no debería tener voto en la comunidad de vecinos.
El resto es cuestión de pleitear, que suena bien pero contra monstruos corporativos se pierde por H o por B. Eso también lo he vivido contra una constructora.

B

En la mía una empresa de éstas acaba de comprar un piso que era de un banco y lo ha hecho arrastrando los 4000 € de deuda que tiene pendiente de recibos a la comunidad de vecinos. Mal pinta la cosa.

Artillero

#7 al nuevo comprador solo se le pueden reclamar las deudas de los 3 últimos años, contando desde la fecha de la compra. Al menos eso me ocurrió a mi.

D

#8 Salvo que se haga un acuerdo con el anterior dueño, la deuda de la comunidad de vecinos (y cualquier deuda realmente) se contrae a título personal. Todo lo que te digan que tienes que pagar de antes de ser dueño no tienes ninguna obligación.

Artillero

#10 Cuando compré una plaza de garaje, en la notaría el vendedor no llevó el papel en el que indica que estaba al corriente de pagos. Así que firmamos una cláusula en la que yo le descontaba la cantidad que el debía, dividiendo el pago en dos veces. (El estaba metido en un juicio, porque no estaba de acuerdo con unas cuotas). Al final, yo pagué lo que el debía a la comunidad los últimos tres años (lo que me hizo la gestoría de la comunidad de propietarios), y yo se la desconté a el. El sigue debiendo lo anterior a esos 3 años.

noexisto

#10 claro voluntariamente puedes pagar hasta la deuda del estado

m

¿Y no hay alzamientos contra los bancos...? roll

Manolitro

El verdadero problema son las comunidades donde el banco ha embargado la mitad de los pisos a la promotora y en el resto vive gente

dadelmo

Con lo cómodos que son los bancos para descansar

D

Estos son los verdaderos ocupas (con c de cabrones).