Hace 1 año | Por APolaDoTupé a infobae.com
Publicado hace 1 año por APolaDoTupé a infobae.com

Elegir libremente a quién dejar el patrimonio al fallecer es una opción que no existe en España. El que otorga testamento no puede nombrar a sus herederos según su voluntad, nuestro Código Civil se lo impide y le obliga a dividir la herencia en tres tercios: la legítima, el tercio de mejora y el de libre disposición.

Comentarios

Tribuno

#1 O la querida.

devilinside

#4 En el derecho catalán tradicional se puede establecer un fideicomiso a favor de la querida

jdmf

Si bien parece una norma estúpida, aquí el amigo #1 ha simplificado bastante bien el motivo. En una sociedad donde pícaros como residencias, monjas, curas, "vecinos" de la abuela se aprovechan un montón, es una forma de que no hayan tantos fraudes.
Igual #3 ve loable que lo puedas dejar a quién quieras, pero de morir ahora mismo, dejaría a sus mujeres e hijos en la puta calle, que ya se sabe que en los países Árabes, las mujeres se les considera poco más que animales domésticos con dueño, pero aquí son personas que se quedarían en la puta calle por que la vecina del 5º le supo hacer 4 buenas mamadas al cabeza de familia.

daphoene

#12 Tampoco, si no respeta la legítima, no puedes. Lo comentan en el propio artículo.

Supongo que es un extra para evitar el truco que permitiría saltarse esta barrera, pensada para lo que comenta #1

Uda

Vivo en Araba/Álava y aquí hay libertad para dejar tu herencia a quien quieras (Fuero civil de las Tierras de Ayala) .Heredarán mi casa y mis cosas dos amigos y la perra y gato con los que vivo ( de fallecer yo ahora)... Hice testamento hace 4 años.

devilinside

Porque nuestro sistema viene del derecho romano, pasado por el francés

Es el estado, amigo. Ellas deciden por ti

devilinside

#5 No, amigo, es el derecho tradicional aplicable a los territorios no forales de España

#7 Y quien lo impone...

devilinside

#8 En este caso, la historia y la tradición y tendría que ser precisamente el Estado el que lo cambiase. Cataluña tiene su derecho foral histórico en que, por ejemplo, el régimen general y por defecto es el de separación de bienes y se mantiene el mayorazgo. Galicia y el País Vasco tienen sus propias especialidades, que fueron respetadas por la Comisión General de Codificación cuando se redactó el Código Civil, que se basaba en las peculiaridades de los sistemas jurídicos que regían en España

Molari

#18 sí, solo para los herederos forzosos. https://www.abogadosyherencias.com/herederos-forzosos/

pitercio

En vida le puedes dar lo que quieras a quien quieras y muerto gran parte.

a

Porque no hay libertad para dejar la herencia a quien desees?

porque en el siglo XXI seguimos estando atados a tradiciones absurdas hoy dia, y en lo mas rancio y conservador papa estado no te deja que seas ibre, no le interesa

Uda

Que mujer y que hijos en la calle?? Hay más tipos de familias y relaciones.....aterriza. Y que pintan los países arabes aquí???

Sendas_de_Vida

Yo acabo de hacer testamento ante notario y algo he dejado a un amigo que no es familia. Y ningún inconveniente según el notario.

Molari

#14 tercio de libre disposición

Sendas_de_Vida

#17 pero es por si tienes herederos consanguíneos. No? Yo no tengo.

Mb9

Habría mucho engaño