Hace 2 años | Por --523916-- a eldiario.es
Publicado hace 2 años por --523916-- a eldiario.es

El Ministerio del Interior ha ordenado a las delegaciones del Gobierno que refuercen los dispositivos policiales para garantizar el suministro de bienes de primera necesidad, el funcionamiento de los servicios esenciales y el derecho al trabajo de “la mayoría de transportistas que no secundan el paro ilegal”, informa el departamento de Fernando Grande-Marlaska.

Comentarios

ThePetersellers

Cuando gobierna la derecha, son los trabajadores los que realizan las huelgas, ahora son los empresarios los que están montando un pollo.

M

Es sorprendente la poca repercusión de esta huelga en los medios. El norte del país y Andalucía están totalmente parados, no se mueve un camión.

Verdaderofalso

#7 Acabo de pasar por delante de un polígono de Gijón y está todo totalmente parado

p

Ya está el estado fascista tratando de impedir que le gente proteste.
Los que hace 2 años eran imprescindibles hoy son unos apestados que molestan y no merecen nada.

Ánimo con las reivindicaciones y a desabastecer las ciudades.

tiopio

No sirve de nada, la voxemia es impune.

Ergo

#9 ¿Informar? No, más bien:
[...] organizando y asegurando convoyes de transportistas de bienes de primera necesidad, patrullando y dotando de seguridad a las plataformas logísticas por toda España, actuando en todo los puntos de la red vial donde se producen incidentes y actuando e identificando [...]

Ergo

"paro ilegal"...

Al menos lo llaman por su nombre, paro, pero ¿ilegal? ¿no sería ILÍCITO? (no autorizado)

Vale, más abajo en la noticia indica correctamente:
“a todos los piqueteros que participan en actos ilícitos”.

simonet

#1 ¿Es decir, que autorizarán ahora a la policía a "informar" a los piquetes?

oso_69

#1 ¿Hay que solicitar permiso para un paro o para una huelga? Pregunto porque no tengo ni idea.

Lo otro, lo de los "actos ilícitos" es lógico. Pero yo incluiría en ellos todos los piquetes coactivos, que no que no informativos, que emplean la fuerza, la violencia y las amenazas para forzar los paros o huelgas.

Ergo

#15 El cierre patronal en España se regula en el Real Decreto-ley 17/1977, de 4 de marzo, sobre relaciones de trabajo. En el Título primero se recoge el Derecho de huelga y en el capítulo II habla del cierre patronal (artículo 12).
Además, en el artículo 37 de la Constitución Española se reconoce el derecho de los trabajadores y empresarios a adoptar medidas de conflicto colectivo, lo que supone la aceptación del cierre patronal como una de esas medidas.

oso_69

#17 Bueno, el RDL 17/1977 contempla el cierre de los centros de trabajo en caso de huelga, es decir, en caso de sea imposible continuar trabajando por causas de fuerza mayor como la ausencia de trabajadores. De hecho, el artículo 15 habla de las sanciones que podría arrostrar el empresario que cerrase el centro sin las causas contempladas en el artículo 12 (huelga de trabajadores u otras causas de fuerza mayor).

"Artículo doce.
Uno. Los empresarios sólo podrán proceder al cierre del centro de trabajo en caso de huelga o cualesquiera otra modalidad de irregularidad colectiva en el régimen de trabajo, cuando concurra alguna de las circunstancias que siguen:

a) Existencia de notorio peligro de violencia para las personas o de daños graves para las cosas.

b) Ocupación ilegal del centro de trabajo o de cualquiera de sus dependencias, o peligro cierto de que ésta se produzca.

c) Que el volumen de la inasistencia o irregularidades en el trabajo impidan gravemente el proceso normal de producción.

Dos. El cierre patronal, efectuado dentro de los términos establecidos en el presente Real Decreto-ley, producirá respecto al personal afectado los efectos previstos en los párrafos uno, dos y tres del artículo seis del mismo.

Artículo quince.
El empresario que procediera al cierre del centro de trabajo, salvo en los supuestos previstos en el artículo doce, será sancionado en la forma y por los órganos que establece el artículo treinta y tres de la Ley de Relaciones Laborales."


Sin embargo, como tú indicas, el artículo 37 de la Constitución parece reconocer el derecho a paro patronal. Es un poco contradictorio.

vicus.

A por ellos, oeeeeh, a por ellos, ooooeeeeh.

D

" paro ilegal” - Marlaska, ministro del PSOE, dixit. lol lol lol

zenko

me gustaría poder ver como reciben medidas similares cuando haya un gobierno de otra cuerda

box3d

"Derecho al trabajo" es una cosa de los estados mas a la derecha de EEUU. Aquí es cosa del gobierno mas progresista de la historia


Y esto de la huelga no era un "bulo" el viernes pasado?

box3d

#11 no es guerra, es operación especial.
Aunque la mona se vista de seda... el efecto es el mismo

pilarina

Si, hay que comunicarla, pero no es pedir permiso, solo se comunica que se va a la huelga. Pero esto no es una huelga

D