Jesús me cuenta que hoy mismo entrará en prisión 10 meses por viogen. Sus delitos son: Una bronca con la ex en la que ambos se insultaron (generando antecedentes). Dejar de pagar durante 4 meses una deuda por la manutención al quedarse sin trabajo.
#11:
#1 Sí. Lo que hay que hacer en el caso de que llegue la notificación del juzgado de lo penal es presentar una petición de modificación de la prestación de alimentos. Sin ello te suelen condenar, porque hay una sentencia o un acuerdo homologado que debe ser cumplido. (También te pueden condenar con esa petición, pero al menos hay posibilidades porque puedes alegrar tu imposibilidad).
Dicho esto: el titular es un poco engañoso. No se va a la cárcel directamente por VG. Lo que entiendo es que hubo una sentencia condenatoria previa de diez meses, cuya ejecución (entrada en prisión) quedó suspendida al hecho de no delinquir en el plazo.
Como mucho es indirectamente por VG. Pero digo más: antes de la VG también se sancionaban esas conductas. Si hubiese sido por maltrato doméstico le habría pasado lo mismo.
Por último coincido con #2: no me parece adecuado que una persona pague prisión por estos motivos. No va a ayudar a nadie su ingreso: ni a él, ni a los alimentados.
Y termino pensando en que me resultaría interesante ver la sentencia, a ver qué pasa.
#4:
Me gustaría leer la sentencia y antecendentes de Jesús.
Los jueces en este país no son precisamente unos rojos podemitas amantes de la ley viogen.
#9:
#4 Qué va, siempre se han destacado por deducir testimonio ante la más mínima duda de denuncia falsa.
A mí también me gustaría saber eso que mencionas, pero lo otro es engañarse a uno mismo.
#4 Es que no es muy claro el tuit. Se le condenó a diez meses de prisión por VG; el juez, como es habitual, suspendió su entrada en prisión con la condición de no delinquir.
Ha delinquido (no por VG, sino por alimentos) y entonces se ejecuta la sentencia original.
#4 los jueces de Viogen son otra raza... Educados especialmente para ello, con perspectiva de género, y amparados por el supremo para considerar suficiente prueba, el testimonio de la presunta víctima... Si la declaración de la presunta víctima, tiene incoherencias, pueden perfectamente segmentar la declaración y dar por válida una parte, la coherente, pero indemostrable...
En ningún otro procedimiento pasa eso... Más de un 80% de condenas cuando finalmente decide un juez...
Hay multitud de condenas de por si acaso...
Y nunca se sabrá cuántos inocentes han acabado condenados...
Esto hay que empezar a estudiarlo bien...
Nunca antes las mujeres han tenido una herramienta estatal tan poderosa para arruinarle la vida a su expareja... Démonos cuenta...
#21 Leyéndote uno comienza a pensar que vives en otro planeta...uno en el que los jueces eran adalides de imparcialidad hasta la ley Viogen. Uno en el que los policías eran juzgados como si fueran personas normales. Uno en el que ciertos políticos no elegían juez y fiscal. Uno en el que las penas no se elegían según el color del acusado.
#22 coincido contigo en todo... Pero creo que eres tú el que se quedó anticuado... Al menos, en los juzgados de excepción de Viogen...
Intenta que condenen a alguien con sólo tu testimonio en otros delitos, que no sen de género....
#26 efectivamente...
La presunción de veracidad de la que goza la policía se ha extendido, parcialmente, a las mujeres, en delitos de género...
Te he dicho antes que coincidía contigo en todo, menos en los delitos de género...
#12 Gracias, eso es un sí. El proceso de indigencia suele durar muchísmo tiempo, para toda la vida en la mayoría de los casos.
Resulta alucinante que sin intención, ni posibilidad de evitarlo, se le pueda imputar a una persona un delito.
El problema es que tiene condena de violencia de género por una discusión en la que ambos se insultaron, lo que a él le puede llevar a la cárcel y a ella no aunque el hecho sea el mismo. Un mismo hecho no debería llevar a delitos distintos y, por tanto, condenas distintas según el género.
La cárcel por no pagar la pensión no ayuda en nada pero mete miedo. Si no pagas irás a la cárcel, aunque no tengas capacidad para pagar o el pago te deje casi en la indigencia.
#15 "lo que a él le puede llevar a la cárcel y a ella no aunque el hecho sea el mismo"
No, error. La diferencia es que en un caso es prisión de tres meses a un año y en el otro de seis meses a un año. Es decir: sube el mínimo en el caso de VG, pero se sigue pagando con prisión sea la agresora mujer u hombre a menos que (en cualquiera de los dos casos) el juez lo sustituya con trabajos en beneficio de la comunidad.
#15 Un mismo hecho no debería llevar a delitos distintos...pero prueba a insultar de la misma forma a un juez, a un policía y a un pastor. Luego me cuentas tus conclusiones, si puedes.
Tengo un poco de conflicto aquí.
Lo primero me parece fuera de lugar meter a una persona en la carcel por esto o incluso que tenga antecedentes penales. Quiero aclarar que me limito a lo que se dice en el twit, si ha hecho algo más que no pone en el twit no lo sé y no puedo opinar de ello.
Lo segundo como parte de podemos ha defendido estas políticas y este feminismo que ahora él sufre. Parece que era fácil defender el feminismo cuando otros pagaban los platos rotos pero resulta difícil cuando el eres tú el que los paga.
No creo que meter a una persona en la carcel o ponerle antecedentes penales porque no pague una pensión, vaya a ayudar a que la pague. Por lo tanto pensando en los niños, no creo que esta medida ayude en nada a ese o esos niños. Personalmente creo que las leyes deberían siempre tener una visión de protección al menor.
#1 Sí. Lo que hay que hacer en el caso de que llegue la notificación del juzgado de lo penal es presentar una petición de modificación de la prestación de alimentos. Sin ello te suelen condenar, porque hay una sentencia o un acuerdo homologado que debe ser cumplido. (También te pueden condenar con esa petición, pero al menos hay posibilidades porque puedes alegrar tu imposibilidad).
Dicho esto: el titular es un poco engañoso. No se va a la cárcel directamente por VG. Lo que entiendo es que hubo una sentencia condenatoria previa de diez meses, cuya ejecución (entrada en prisión) quedó suspendida al hecho de no delinquir en el plazo.
Como mucho es indirectamente por VG. Pero digo más: antes de la VG también se sancionaban esas conductas. Si hubiese sido por maltrato doméstico le habría pasado lo mismo.
Por último coincido con #2: no me parece adecuado que una persona pague prisión por estos motivos. No va a ayudar a nadie su ingreso: ni a él, ni a los alimentados.
Y termino pensando en que me resultaría interesante ver la sentencia, a ver qué pasa.
De todas formas, se encontrará feliz y entre amigos en la cárcel. Las cárceles están llenas de inocentes que están ahí por culpa de las malvadas feministas. Todos, pero todos todos te dirán lo mismo: Que son inocentes.
"En España, no pagar la pensión alimenticia de un hijo puede ser considerado delito, ya que supone una obligación de carácter legal. Por tanto, aplicando el artículo 227 del Código Penal, se estaría incurriendo en un delito penal de abandono de familia. Según este artículo, el impago de la pensión durante dos meses consecutivos o cuatro meses no consecutivos es delito, por lo que se puede denunciar."
#8 Gracias, lo de "puede ser considerado delito" ¿ De qué depende ?
Imaginemos el siguiente caso. Una persona que vive en la indigencia, sin vivenda, sin ingresos .. ¿ Se considera un delito si no paga una pensión ? ¿ En serio, o depende de lo que diga el juez ?
Comentarios
Me gustaría leer la sentencia y antecendentes de Jesús.
Los jueces en este país no son precisamente unos rojos podemitas amantes de la ley viogen.
#4 Qué va, siempre se han destacado por deducir testimonio ante la más mínima duda de denuncia falsa.
A mí también me gustaría saber eso que mencionas, pero lo otro es engañarse a uno mismo.
#4 Es que no es muy claro el tuit. Se le condenó a diez meses de prisión por VG; el juez, como es habitual, suspendió su entrada en prisión con la condición de no delinquir.
Ha delinquido (no por VG, sino por alimentos) y entonces se ejecuta la sentencia original.
#4 los jueces de Viogen son otra raza... Educados especialmente para ello, con perspectiva de género, y amparados por el supremo para considerar suficiente prueba, el testimonio de la presunta víctima... Si la declaración de la presunta víctima, tiene incoherencias, pueden perfectamente segmentar la declaración y dar por válida una parte, la coherente, pero indemostrable...
En ningún otro procedimiento pasa eso... Más de un 80% de condenas cuando finalmente decide un juez...
Hay multitud de condenas de por si acaso...
Y nunca se sabrá cuántos inocentes han acabado condenados...
Esto hay que empezar a estudiarlo bien...
Nunca antes las mujeres han tenido una herramienta estatal tan poderosa para arruinarle la vida a su expareja... Démonos cuenta...
#21 Leyéndote uno comienza a pensar que vives en otro planeta...uno en el que los jueces eran adalides de imparcialidad hasta la ley Viogen. Uno en el que los policías eran juzgados como si fueran personas normales. Uno en el que ciertos políticos no elegían juez y fiscal. Uno en el que las penas no se elegían según el color del acusado.
#22 coincido contigo en todo... Pero creo que eres tú el que se quedó anticuado... Al menos, en los juzgados de excepción de Viogen...
Intenta que condenen a alguien con sólo tu testimonio en otros delitos, que no sen de género....
#24 La cosa es que...
https://elpais.com/espana/2021-07-05/el-supremo-confirma-la-pena-de-19-meses-de-prision-a-isa-serra-por-agredir-a-policias-durante-un-desahucio.html
https://www.publico.es/politica/supremo-impone-cinco-anos-carcel-cuatro-seis-zaragoza-altercados-protesta-vox.html
Y luego, claro...
https://www.eldiario.es/politica/absueltos-antidisturbios-acusados-mentir-juicio-manifestante-rodea-congreso_1_10979336.html
Anticuado, dice.
#26 efectivamente...
La presunción de veracidad de la que goza la policía se ha extendido, parcialmente, a las mujeres, en delitos de género...
Te he dicho antes que coincidía contigo en todo, menos en los delitos de género...
#4 «El 71,4 por ciento de los titulares de Juzgados de Violencia sobre la Mujer son juezas o magistradas, que también son amplia mayoría en los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción (66,3 por ciento), los Juzgados de Menores (63 por ciento) y los Juzgados de lo Penal (61,8 por ciento).»
De https://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/En-Portada/Las-mujeres-suponen-el-53-2---de-los-miembros-de-la-Carrera-Judicial--el-mismo-porcentaje-que-representaban-los-hombres-hace-diez-anos
Viendo el usuario de Twitter, el enlace al "periódico" que adjunta y el personaje del que habla la noticia, queda claro que todo no lo cuentan
#5 por tus cojones morenos supongo
#6 Tengo chichi
#7 Enhorabuena.
#10 Pues depende de los meses, como te ha dicho. Dos consecutivos o cuatro no consecutivos.
#12 Gracias, eso es un sí. El proceso de indigencia suele durar muchísmo tiempo, para toda la vida en la mayoría de los casos.
Resulta alucinante que sin intención, ni posibilidad de evitarlo, se le pueda imputar a una persona un delito.
#16 Para eso hay que iniciar el procedimiento que te dije de modificación de prestación de alimentos.
El problema es que tiene condena de violencia de género por una discusión en la que ambos se insultaron, lo que a él le puede llevar a la cárcel y a ella no aunque el hecho sea el mismo. Un mismo hecho no debería llevar a delitos distintos y, por tanto, condenas distintas según el género.
La cárcel por no pagar la pensión no ayuda en nada pero mete miedo. Si no pagas irás a la cárcel, aunque no tengas capacidad para pagar o el pago te deje casi en la indigencia.
#15 "lo que a él le puede llevar a la cárcel y a ella no aunque el hecho sea el mismo"
No, error. La diferencia es que en un caso es prisión de tres meses a un año y en el otro de seis meses a un año. Es decir: sube el mínimo en el caso de VG, pero se sigue pagando con prisión sea la agresora mujer u hombre a menos que (en cualquiera de los dos casos) el juez lo sustituya con trabajos en beneficio de la comunidad.
#15 Un mismo hecho no debería llevar a delitos distintos...pero prueba a insultar de la misma forma a un juez, a un policía y a un pastor. Luego me cuentas tus conclusiones, si puedes.
Tengo un poco de conflicto aquí.
Lo primero me parece fuera de lugar meter a una persona en la carcel por esto o incluso que tenga antecedentes penales. Quiero aclarar que me limito a lo que se dice en el twit, si ha hecho algo más que no pone en el twit no lo sé y no puedo opinar de ello.
Lo segundo como parte de podemos ha defendido estas políticas y este feminismo que ahora él sufre. Parece que era fácil defender el feminismo cuando otros pagaban los platos rotos pero resulta difícil cuando el eres tú el que los paga.
No creo que meter a una persona en la carcel o ponerle antecedentes penales porque no pague una pensión, vaya a ayudar a que la pague. Por lo tanto pensando en los niños, no creo que esta medida ayude en nada a ese o esos niños. Personalmente creo que las leyes deberían siempre tener una visión de protección al menor.
#1 Sí. Lo que hay que hacer en el caso de que llegue la notificación del juzgado de lo penal es presentar una petición de modificación de la prestación de alimentos. Sin ello te suelen condenar, porque hay una sentencia o un acuerdo homologado que debe ser cumplido. (También te pueden condenar con esa petición, pero al menos hay posibilidades porque puedes alegrar tu imposibilidad).
Dicho esto: el titular es un poco engañoso. No se va a la cárcel directamente por VG. Lo que entiendo es que hubo una sentencia condenatoria previa de diez meses, cuya ejecución (entrada en prisión) quedó suspendida al hecho de no delinquir en el plazo.
Como mucho es indirectamente por VG. Pero digo más: antes de la VG también se sancionaban esas conductas. Si hubiese sido por maltrato doméstico le habría pasado lo mismo.
Por último coincido con #2: no me parece adecuado que una persona pague prisión por estos motivos. No va a ayudar a nadie su ingreso: ni a él, ni a los alimentados.
Y termino pensando en que me resultaría interesante ver la sentencia, a ver qué pasa.
#11 Gracias, bastante aclaratorio.
#2 Seguro que faltan bastantes datos.
De todas formas, se encontrará feliz y entre amigos en la cárcel. Las cárceles están llenas de inocentes que están ahí por culpa de las malvadas feministas. Todos, pero todos todos te dirán lo mismo: Que son inocentes.
Si ya los periódicos son fuentes poco fiables para contrastar noticias, no te digo ya Twitter.
A ver, sacadme de dudas. ¿ Es delito no pagar una manutención si no tienes ingresos ni bienes que puedas vender ?
#1 Vete a saber pero alguna vez he leído que se las ven canutas para que le reduzcan la manutención si se reducen los ingresos.
#1
"En España, no pagar la pensión alimenticia de un hijo puede ser considerado delito, ya que supone una obligación de carácter legal. Por tanto, aplicando el artículo 227 del Código Penal, se estaría incurriendo en un delito penal de abandono de familia. Según este artículo, el impago de la pensión durante dos meses consecutivos o cuatro meses no consecutivos es delito, por lo que se puede denunciar."
https://www.lidiare.com/que-hago-si-no-me-paga-la-pension-alimentaria-de-mi-hijo/
#8 Gracias, lo de "puede ser considerado delito" ¿ De qué depende ?
Imaginemos el siguiente caso. Una persona que vive en la indigencia, sin vivenda, sin ingresos .. ¿ Se considera un delito si no paga una pensión ? ¿ En serio, o depende de lo que diga el juez ?