Hace 2 años | Por --677540-- a elplural.com
Publicado hace 2 años por --677540-- a elplural.com

Manuel Piñar Díaz, el polémico juez de Granada que ha rechazado la puesta en libertad de Juana Rivas, libró en 2018 a un hombre de ser condenado a diez meses de prisión por malos tratos. El hombre había sido denunciado por la que era su pareja, que le acusaba de haberle abofeteado y lanzado contra un armario tras discutir en el domicilio común. La mujer se animó a denunciar los hechos apenas 24 horas después de lo ocurrido.

Comentarios

jonolulu

#1 No sé, pero si hay un parte de lesiones claras, pero no le convence la denuncia porque no había ningún testigo...

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#2 Entonces ¿Hay que respetar las decisiones judiciales o hay que cuestionarlas?

Las dos opciones me parecen bien, más la segunda que la primera.

HyperBlad

#3 Se respetan cuando encajan con nuestra ideología y se cuestionan cuando no, de toda la vida.

D

#4 si hubiera absuelto a una mujer aquí algunos hablarían de pussy pass

D

#9 podemos poner en una balanza las mujeres que acaban en la carcel frente a los hombres para el mismo delito si quieres, y así ya puedes poner las tonterías que quieras a gusto.

Si ha publico le molesta que una secuestradora este en la carcel, pues publico tiene un problema serio.

m

#1 ¿Pero qué dices? ¡Era un hombre!

D

#7 Al final el gran pecado del juez es éste:

En concreto, Piñar ha difundido descalificativos personales hacia varios miembros del Ejecutivo de PSOE y Unidas Podemos, como Pedro Sánchez, Irene Montero, Fernando-Grande o el exvicepresidente Pablo Iglesias y el exministro José Luis Ábalos.

Pero en Público les daba vergüenza ponerlo directamente en el titular.

obmultimedia

#7 no se pueden revocar indultos presidenciales y firmados por el rey.

hasta_los_cojones

#10 Y no ha revocado el indulto.

El indulto redujó la condena a la mitad.
El juez ni está deshaciendo esa reducción de la condena, ni puede hacerlo como bien dices.

Pero una persona condenada a un año y pico puede entrar en la cárcel o no, a decisión del juez, y en este caso el juez decide que la condenada a un año y pico vaya a la cárcel por los motivos que el juez expone y que parecen ser bastante sólidos.

No sé si los has leído.

ElTioPaco

#10 en este caso tampoco hace falta, es un indulto parcial para asegurarse que su pena fuera inferior a dos años, y al no tener antecedentes, quedar con la pena de prisión anulada.

Lo que no contaban es que esa anulación de prisión requiere que el juez decida que debe ser anulada, que el 90% de los casos ocurra, significa que hay veces que no ocurre, esta es una de esas.

D

#1 Esta gente no se plantea nada mas allá de su realidad paralela.

carademalo

#1 En Público ni idea, porque yo la noticia que estoy leyendo es de El Plural.

D

#15 Ups, me he confundido al tener un esquema de colores parecido.

carademalo

#16 Tu comentario crítico sigue siendo válido igualmente, pero me ha extrañado lo de la fuente. No sería la primera vez que el meneante o los admins cambian la fuente (por ser quizá un artículo más completo) y no nos enteramos.

Jaime131

#1 ¿Un hombre inocente? Tú deliras.

Apostata74

#1 dudar es de cobardes.