Hace 10 meses | Por BenjaminLinus a es.ara.cat
Publicado hace 10 meses por BenjaminLinus a es.ara.cat

Una sentencia del TSJC considera que el comportamiento de un trabajador no supuso una falta tan grave.

Comentarios

Pacofrutos

Hay dos tipos de personas, los mentirosos y los que se masturban. ¿A que grupo perteneces tu ?

placeres

.. Pues parece correcto. Realizó una actividad fisiológica en su despacho, sin molestar al resto.

Entré en la noticia pensando que había sido más exhibicionista, molesto o directamente incompetente, pero más allá de los inusual de la situación no hay suficiente para despedir a alguien.

Aunque eso sí, el riesgo y contaminación biológica existe

Aitor

#10 Que lo pueda probar y que encaje en un supuesto considerado falta o afecte negativamente al desempeño del trabajador.

cognitiva

Pensad esto: si estáis en una oficina rodeados de gente que está en sus sillas, no podéis saber quién se está marcando un Hans Niemann.

l

Dónde está el límite  en esto? No me parece normal

BenjaminLinus

#2 Supongo que si lo haces sin que nadie te vea: bien. Si te corres en la cara de un compañero mientras le dices 'toma toda mi leche, papito': mal. roll

Aitor

#3 No sé, no veo normal masturbarse en el trabajo. Ni que te apetezca. Pero si no afecta a tu trabajo ni a los compañeros, el límite que dices me parece razonable.

d

#8 El límite, como en cualquier juicio laboral, es que la empresa pueda probar lo que dice en la carta de despido. Titular sensacionalista y erróneo.

l

#3 jjajaja 

Dragstat

#3 Mal en ambos casos, la pregunta es si te pueden despedir por ello o no.

D

Yo lo bien.

Pacofrutos

#1
La masturbación provoca perdida de memoria...Y no recuerdo de qué más...