Hace 7 años | Por --526496-- a nytimes.com
Publicado hace 7 años por --526496-- a nytimes.com

Islandia ha tenido leyes de igualdad de remuneración durante medio siglo, tanto las empresas como el gobierno empujan para reducir gradualmente la brecha salarial. Pero la idea detrás de la nueva legislación es que las leyes se apliquen con más fuerza. “Queremos romper la última de las barreras de género en el lugar de trabajo”, dijo Thorsteinn Viglundsson, Ministro de Islandia de Asuntos Sociales e Igualdad . “La historia ha demostrado que si se quiere progresar, se tiene que cumplir.”

Comentarios

D

De verdad hay que probar algo así?

D

Cómo no va a haber brecha salarial si la mayoría de deportistas de élite (que cobran un pastizal) son hombres ???

Vamos, no me jodas, ahora tenemos que hacer que haya mujeres que también cobren un pastizal para igualar los dos sexos? Es sexista, igual que la paridad de género (que vale, tampoco es el tema y hasta la acepto temporalmente por aquello de la deuda histórica).

No conozco ningún caso en que una mujer cobre menos que un hombre por realizar el mismo trabajo, y si alguien lo conoce que lo ponga aquí, por favor, que rápidamente se denuncia a la inspección laboral.

D

#8 No les interesa denunciar casos especificos, lo único que quieren ver es que cuando hagan la relación entre ingresos y mujeres, está sea la misma que entre ingresos y hombres. Hasta que no vean ese número no van a parar.

El problema es que quieren obtener ese número mágico, pero les importa un pimiento que las muertes laborales sean un asunto casi exclusivo de hombres.

d

#10 No les interesa denunciar casos específicos porque saben que no podrán encontrar ninguno. La queja sobre una discriminación que no existe solo se puede hacer hablando en general, de la forma más vaga posible.

D

#13 Hombre, yo lo de que no hay casos específicos no lo compro. Por supuesto que habrá casos en los que algún rancio crea oportuno pagar menos a una mujer que a un hombre (aunque en Islandia poquitos de esos), el tema es que esos casos son fácilmente denunciables, contrastables y aislados.

D

#14 Hay todos los tipos de casos específicos que quieras, incluyendo los de que un tío cobre menos que una tía en el mismo puesto con las mismas responsabilidades y al revés, y los motivos pueden ser muchos y muy variados. Obvio teniendo en cuenta que hay millones de personas trabajando y por pura probabilidad te puedes encontrar de todo.

Lo que no hay es un problema sistémico de pagar menos a las mujeres por el mismo trabajo.

D

#8 Es sexista, igual que la paridad de género (que vale, tampoco es el tema y hasta la acepto temporalmente por aquello de la deuda histórica).

Yo no lo acepto. ¿Qué deuda histórica? ¿Ceder por una situación pasada de la cual nadie que está vivo tiene ni culpa ni responsabilidad? Va a ser que no.

silvano

Del Estatuto de los Trabajadores
Artículo 17 No discriminación en las relaciones laborales

1. Se entenderán nulos y sin efecto los preceptos reglamentarios, las cláusulas de los convenios colectivos, los pactos individuales y las decisiones unilaterales del empresario que den lugar en el empleo, así como en materia de retribuciones, jornada y demás condiciones de trabajo, a situaciones de discriminación directa o indirecta desfavorables por razón de edad o discapacidad o a situaciones de discriminación directa o indirecta por razón de sexo, origen, incluido el racial o étnico, estado civil, condición social, religión o convicciones, ideas políticas, orientación o condición sexual, adhesión o no a sindicatos y a sus acuerdos, vínculos de parentesco con personas pertenecientes a o relacionadas con la empresa y lengua dentro del Estado español.

Inversión de carga de prueba de la Ley de Igualdad de 2007
Artículo 13. Prueba.
1. De acuerdo con las Leyes procesales, en aquellos
procedimientos en los que las alegaciones de la parte
actora se fundamenten en actuaciones discriminatorias,
por razón de sexo, corresponderá a la persona demandada
probar la ausencia de discriminación en las medidas

adoptadas y su proporcionalidad.
A los efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior, el
órgano judicial, a instancia de parte, podrá recabar, si lo
estimase útil y pertinente, informe o dictamen de los
organismos públicos competentes.
2. Lo establecido en el apartado anterior no será de
aplicación a los procesos penales.


Les llevamos años de ventaja

D

Si eso es verdad como es que no estamos todos los hombres en paro?

mensisan

En la empresa pública así es. Uno de los principales motivos por los que soy funcionaria.

D

#2 y en la privada aún no he visto un convenio que discrimine. Será por trienios, tipos de jornada o lo que quieras pero que las mujeres cobren menos en el mismo puesto no lo he visto yo aún.

D

#4 Ya, díselo a los científicos.

D

#6 ¿Qué les comento?

mensisan

#3 Si los convenios se respetasen sería maravilloso. El problema es lo que uno firma y lo que uno ha de hacer después para mantener el puesto de trabajo.