Hace 9 meses | Por mis_cojones_33 a 20minutos.es
Publicado hace 9 meses por mis_cojones_33 a 20minutos.es

Una comunidad de vecinos ha recibido una multa de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), por un importe de 1.500 euros, por haber publicado los datos privados de una propietaria del inmueble en el tablón del mismo. Tal y como recoge el portal especializado en vivienda Idealista, la clave es que esa información fue accesible por cualquier persona, no solo por los vecinos, sino también por cualquier tercero que accediera al edificio.

Comentarios

D

Pero notificas a una persona que no recibe documentos si tienes que anonimizar los datos en el tablón?

eldarel

#3 Haces una muy buena pregunta.
Ahora me quedo yo también con la duda.

a

#3 #5 Sr/a propietario/a del piso 2°A es una fórmula anonimizada y que al mismo tiempo se dirige de forma inequívoca al destinatario de la notificación.

eldarel

#7 Suerte con notificar así un escrito judicial o un deshaucio.

a

#8 No creo que una comunidad de vecinos se dedique a notificar escritos judiciales o desahucios, para eso están los juzgados.

eldarel

#9 Pues parece que aquí sí hay algo de lío con un escrito judicial.

a

#10 En ninguna parte de la noticia especifica que el documento causante de la multa fuese un escrito o documento de carácter judicial, sólo que se hicieron públicos sus datos personales en el tablón de anuncios. Pudo haber sido desde una nota pidiéndole a Pepito Pérez que vive en el 2°A que no hiciera ruido por las noches hasta una notificación previa a acciones judiciales por retraso en el pago de cuotas.

eldarel

Fuuu, en el artículo no dicen dónde se encontraba el dichoso tablón de anuncios.

C

Pues si la multa es a la Comunidad, la vecina tendrá que pagar su parte 😁

y

La que se avecinaaaaaa