Hace 1 año | Por g3_g3 a maldita.es
Publicado hace 1 año por g3_g3 a maldita.es

La ley trans no indica un plazo mínimo para concluir un cambio de sexo. Desde que una persona acude al Registro Civil a solicitar un cambio de sexo hasta lo obtiene, la ley trans marca un plazo máximo de cuatro meses. Hay que solicitar el inicio del procedimiento, el organismo citará al solicitante para una comparecencia inicial, en un plazo máximo de tres meses se volverá a llamar a la persona para que ratifique su decisión y en un máximo de un mes se emitirá una resolución final. FALSO: La ley trans no indica un plazo mínimo para ...

Comentarios

v

#3 ¿Pero que te impide ahora mismo, casarte con una mujer extranjera sin papeles, para que se nacionalice como Española?, y ya de paso recibir todas las ayudas que se pagan a todos los pertenecientes al colectivo LGTBIQ y todas las ayudas que te pertenecen por ser extranjera en España.
Supongo que no lo haces, porque sería fraude de ley, aunque poder puedes, eso no quita que sea ilegal. Y nadie nunca ha dicho que es una locura esta ley, que lo que hay que hacer es poner un examen a todos los que se quieren casar.

v

#11 Te he puesto a ti como ejemplo, pero si hay una persona que se puede casar sin más, o bien hay una protección con fraude de ley, o bien todas las leyes están mal.
Y eso de que no puedes decirle nada a una persona trans, lo mismo es un poco exagerado, ¿no?

D

#46 en referencia a lo trans no puedes

#9 Si te casas con una mujer extranjera te hacen entrevista y esas cosas para que no haya fraude.

D

#20 extrapolable con la nueva ley: dudar del matrimonio sería racismo.

Suspicious

#9 #20 Para ese tipo de matrimonios sí hay requisitos recogidos en los RD 987/2015 y RD 240/2007, cosa que no ocurre con la ley trans, donde el único requisito es la declaración del interesado.

«Artículo 2.bis. Entrada y residencia de otros familiares del ciudadano de un Estado miembro de la Unión Europea o de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.

1. Se podrá solicitar la aplicación de las disposiciones previstas en este real decreto para miembros de la familia de un ciudadano de un Estado miembro de la Unión Europea o de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo a favor de:

b) La pareja de hecho con la que mantenga una relación estable debidamente probada, de acuerdo con el criterio establecido en el apartado 4.b) de este artículo.

2. Si los miembros de la familia y la pareja de hecho que se contemplan en el apartado 1, están sometidos a la exigencia de visado de entrada según lo establecido en el Reglamento (CE) 539/2001, de 15 de marzo, por el que se establece la lista de terceros países cuyos nacionales están sometidos a la obligación de visado para cruzar las fronteras exteriores y la lista de terceros países cuyos nacionales están exentos de esa obligación, la solicitud de visado, contemplada en el artículo 4 del presente real decreto, deberá acompañarse de lo siguientes documentos:

c) En el supuesto de pareja, la prueba de la existencia de una relación estable con el ciudadano de un Estado miembro de la Unión Europea o de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y el tiempo de convivencia.

3. La solicitud de la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión deberá acompañarse de los siguientes documentos:

d) En el supuesto de pareja, la prueba de la existencia de una relación estable con el ciudadano de un Estado miembro de la Unión Europea o de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y el tiempo de convivencia.

4. Las autoridades valorarán individualmente las circunstancias personales del solicitante y resolverán motivadamente debiendo tener en cuenta los siguientes criterios:

b) En el caso de pareja de hecho, se considerará que se trata de una pareja estable aquella que acredite la existencia de un vínculo duradero. En todo caso, se entenderá la existencia de este vínculo si se acredita un tiempo de convivencia marital de, al menos, un año continuado, salvo que tuvieran descendencia en común, en cuyo caso bastará la acreditación de convivencia estable debidamente probada.

5. Las autoridades resolverán motivadamente toda resolución.»

v

#32 ¿Y esto también impide que dos youtubers se casen, solamente para tener sus 15 minutos de fama en un programa de Cuatro, diciendo que es súper fácil casarse? si eso no puede pasar entonces esa ley está mucho mejor hecha de lo que yo creía.

M

#3 argumentario copipegado número...

D

#28 O sea que excepto los asalariados de podemos todo el mundo lo ve. ¿Qué quieres demostrar pues?

M

#29 que es exactamente, palabra por palabra, el mismo argumento que se usa contra la ley del "sí es sí".

Palabra por palabra.

D

#30 eres un lince... Pero no se trata de un copypaste si no de sarcasmo... Y que no lo veas es el mejor argumento que puedes darme.

(Si hasta pongo "extrapolable"... Espero que lo tuyo tb sea sarcasmo pq si no...)

M

#31 Si hasta pongo "extrapolable"...

Si ni siquiera sabes a qué se está respondiendo dejas claro que es inútil tratar de discutir contigo.

FIN

D

#30 El getafe gana 2-0. Titular: "Victoria del getafe por 2-0."
Semanas después, el getafe vuelve a ganar 2-0. Titular: "El getafe gana 2-0".

Alguien en meneame: "dupe, están reutilizando el mismo argumento".

¡A quién se le ocurre establecer un símil entre dos leyes a las que se les puede achacar errores propios de una deficiente técnica legislativa, y además viniendo del mismo sector! ¡La gente se ha vuelto loca!

#34 Terminamos la redacción, el árbitro anula dos goles del getafe.... Pero, eso lo ponemos en las páginas interiores que en primera plana ya esta la "victoria del Getafe por 2-0".

D

#41 Hombre, si te inventas el futuro, puedes contar hasta que el getafe establece su propia ciudad nación y desarrolla capacidad nuclear para defenderse de skynet.

De momento lo que tenemos es una ley (la del solo sí es sí) que ha producido efectos indeseados de manera irreversible, y otra que parece que va a producir efectos indeseados (aunque no se a quien le importa que cada quien se identifique como lo que le dé la gana), ya que hay una manifiesta falta de requisitos para realizar el cambio de sexo, lo cual dificulta enormemente probar el fraude cuando lo haya. Lo que pase más adelante lo veremos pero, de momento, ni goles anulados ni se espera que se anulen.

#42 No me invento el futuro, sigo con tu crónica...
Y de momento en cuanto a la ley del solo sí es sí, lo que tienes es mucho ruido por parte de los interesados, lo cual ha producido LOS EFECTOS DESEADOS por ellos, que todos aquellos que gritaban a los cuatro vientos que iban a meter a TODOS los hombres a la cárcel terminasen gritando que se iban a soltar a todos los violadores a la calle, con el resultado que todos conocemos, en el primer partido el arbitro ya esta anulando goles, en el segundo veremos.
Lo que si esta claro es que esos que dicen haber marcado gol en este partido MIENTEN.

D

#43 Que dices de anulando goles?? Si siguen saliendo rebajas de penas cada poco!
Ya veo por donde vas, has visto un par de revocaciones de rebaja por parte de algún TSJ, pero a la vez decides obviar la concesión de rebajas previamente denegadas por parte de los TSJ en otras instancias.

Y respecto a lo de "que iban a meter a TODOS los hombres a la cárcel terminasen gritando que se iban a soltar a todos los violadores a la calle" no son incompatibles. De hecho el problema de la ley, remarcado en el informe del CGPJ en su día, es que se carga la proporcionalidad hasta el punto de que pueden ser condenadas con penas mayores conductas menos lesivas que otras. Es decir, baja las penas aplicables al tipo superior y las aumenta al inferior al refundir los tipos.

De momento los hechos son los que son: lo que no iba a pasar ni una sola vez, no se iba a conocer ni un solo caso, ha pasado más de 700 veces, con más de 70 personas en la calle a día de hoy como consecuencia directa. La fiscalía recurrirá unas, la defensa recurrirá otras, pero de momento es lo que tenemos.

D

#44 mejor no insistir más. Es una mente tan brillante como la de montero

#3 Hacen una ley (solo ellos claro), les avisan que por ahí no, dicen que que la ley se queda así, hacemos campaña por tierra, mar y aire para presionar con esa ley (incluso con contadores), llega socio mayoritario y presenta recurso tocando esa ley... se acaba la presión mediática, los contadores, España ya no esta inundada de violadores... el supremo empieza a darles la razón...
Y así es como se manipulan mentes.
Luego que nos pasa lo que nos pasa.

E

#2 Igual que el Huffington Post vive de los mejores zascas de Twitter maldita es vive de titulares así

No, el hijo de los duques de Gloucester no lleva ropa interior de mujer de color morado cuando visita el Regents Club de Reading.

Es color lila y parece más oscuro por la iluminación.

J

#2 de comprensión lectora justo, no?

Una cosa es un máximo de 3+1 meses (es decir, que puede ser desde 0+0 días a 3+1 meses) y otra que sean necesarios 3 meses.

D

#10 Lo he entendido perfectamente, pero tanto tú como yo sabemos que, en España, antes de varios meses ningún solicitante va a obtener el cambio de género.
A más a más, todos aquellos que afirmaron que ya lo tenían, lo anunciaron al momento de realizar la solicitud, por lo que es literalmente imposible que la hayan obtenido, como aseguraban, y que es a lo que se refiere la Pam esta.
Sigue intentándolo.

J

#14 quién se la coge con papel de fumar entonces?

D

#15 Maldita, obviamente, por las razones que te he explicado.
Los hechos: ningún solicitante troll ha obtenido aún el reconocimiento legal.

J

#16 ah, ya veo. Que ahora lo bueno es justificar los comentarios de la señora esta utilizando la siempre ineficaz burocracia del Estado...

Mal pero al cuadrado entonces.

D

#19 A esta señora le tengo un cariño que tiende a cero, pero explicaba cómo no es posible que los trolls que afirmaban haberse cambiado de sexo mentían. Mentían y mienten. Eso es así. Aún no pueden tener reconocida esa condición.

J

#21 Es una cuestión de tiempo que la tengan.

Trolls o no trolls, que eso es lo de menos. Basta con solicitarlo y te lo terminan dando.

Montamos todo una estructura legal para proteger a las mujeres, con multitud de medidas de discriminación positiva, y finalmente damos carta blanca para que quien tenga interés se vuelva mujer (trolls, porque no se pueden sentir mujer, claro) y tenga acceso a esos beneficios.

Es completamente incomprensible.

D

#22 Eso te lo firmo.

#22 Muchos beneficios les auguro como mujer trans...

D

#14 Si y no. Estoy seguro de que en registros de grandes ciudades, sin duda hay exceso de carga de trabajo, hasta el punto de que seguramente haya espera hasta para encontrar cita e iniciar el proceso (y empiece a contar el plazo máximo de 3 meses). Pero en registros de ayuntamientos pequeños puede darse caso de que estén bastante descargados de trabajo y puedan tramitarlo de manera relativamente rápida.

Al final la realidad es la que es: no hay un tiempo mínimo para el procedimiento según la ley, más allá de las consideraciones prácticas, que dependerán del atasco que haya en cada registro.

#10 No, solicitas inicio expediente, te llaman, te personas y a partir de ahí máximo de 3 meses para ratificar y máximo de 1 mes para el final del procedimiento. En la primera la administración tiene 2 meses para contestar... Así que mínimo te vas a tres meses, eso sin contar la huelga de secretarios que estuvo hasta hace dos semanas...

K

#2 ¿Es lo mismo un plazo máximo que un plazo mínimo?

Es que ni puta idea tienen de lo que están haciendo...así se gasten el cuantioso sueldo en litio

#1"En primer lugar, hay que solicitar el inicio del procedimiento en cualquier oficina del Registro Civil. El organismo citará al solicitante para una comparecencia inicial en la que tendrá que manifestar su deseo de cambiar de sexo. En un plazo máximo de tres meses se volverá a llamar a la persona para que ratifique su decisión. En último lugar, se tendrá que esperar un máximo de un mes para conocer la resolución final del Registro Civil" solicitas el inicio del procedimiento y te citan para la comparecencia inicial (2 meses máximo) a partir de ahí plazo máximo de tres meses para ratificar y de ahí plazo máximo de un mes para la resolución. Hablamos de la administración así que para cualquier trámite tienes la resolución en los últimos días del periódo máx (si lo tienes), esto sería 6 meses... si tenemos en cuenta que hasta hace cuatro días ha habido huelga de secretarios, ES IMPOSIBLE que todos esos que cacarean en redes tengan ese cambio de sexo ratificado, así que si, ha metido la gamba en que no hay plazo mínimo (aunque me aventuro a pensar que en realidad son más de 3 meses) pero tiene toda la razón cuando dice que estos "influencer" mienten.

K

#1 supongo que sí, pero queda feo admitir que estas haciendo el ridículo.

MikeR

Que pena que no exista el voto "ridículo"

cenutrios_unidos

Mira que me cae gorda la Pam esa.

g3_g3

#4 Mejor que no te caiga.

D

#5 gordofobia! Varias veces

J

Son como ataques de falsa bandera constantes.

D

Un máximo de cuatro meses... pues no sé si van a poder cumplir, ante la 'avalancha' de peticiones para entrar en la guardia civil policía y bomberos no les va a dar tiempo...

Menudas campañas se monta el 'centro' en España.

D

así es podemos

j

Yo conozco una mujer que se ha hecho hombre para ser admitida en lod clubs de pajas, menuda vergüenza

Mltfrtk

Pobres hombres babosos, nunca se cansan de hacer el ridículo total.