El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la absolución, por prescripción del delito, de un padre que se enfrentó a 15 años de cárcel por violar durante varios meses a su hija en Alcalá de Guadaira, hasta que la víctima tuvo 16 o 17 años.
#1:
Titular: "por la confusión de su hija sobre las fechas"
Entradilla: "por prescripción del delito"
#2:
#1 Y la confusión entre las fechas en las que dice que terminaron los abusos no sería determinante en la prescripción. Habrían pasado los 20 años fuera en el 95 o en el 96
#1 Y la confusión entre las fechas en las que dice que terminaron los abusos no sería determinante en la prescripción. Habrían pasado los 20 años fuera en el 95 o en el 96
#2 No, te he votado positivo pero luego lo he revisado y estás equivocado: La denuncia se puso en diciembre de 2015, por tanto el delito no habría prescrito si se hubiera producido en 1996.
Hay que decir que la noticia esta redactada de forma bastante liosa también.
#3 Tienes razón. Yo mismo me he dado cuenta después de escribirlos de que el plazo es hasta fecha de interposición de denuncia.
Pues ya le vale.a la denunciante. Esperar al último momento y ser contradictoria respecto a la fecha que haría que el delito esté prescrito o no es arriesgarse a que pase lo que ha pasado.
#11 Victimas de niños, pasan mucho tiempo de adultos hasta que lo cuentan. De hecho hay asociaciones de adultos abusados infantilmente.
En esos caso el plazo de prescripcion empieza a contar a los 18, pero en muchos casos lo cuentan pasado el plazo.
#8La Audiencia consideró el relato de la víctima como "absolutamente creíble" y justificó su retraso en denunciar por el impacto emocional sufrido.
Se ha librado porque ha prescrito.
#6#7 Yo pienso que el plazo de prescripcion deberia reinicarse si se sigue cometiendo delitos mismo tipo.
Si alguien en 20 años no ha cometido mas delitos, es muy probable que no sea un peligro para la sociedad.
Además, seria un incentivo para no cometer más delitos de ese tipo.
Pero que una persona tenga delitos(abusos por ejemplo) desde hace 50 años y solo se pueda juzgar el ultimo por ejemplo, no me parece logico.
Parece evidente que el plazo de prescricipion se queda corto por los muchos casos de adultos que cuentas casos muchos años despues de la mayoria de edad.
La ley deberia adaptarse a las victimas y no ellas a la ley.
#6 Totalmente de acuerdo. Pero convendrás en que es necesario probarlo, en otro caso te arriesgas a encarcelar a un inocente debido, por ejemplo, a rencor o venganza con otra procedencia. No podemos prescindir de la presunción de inocencia. Hay que probar. Saludo
Comentarios
Titular: "por la confusión de su hija sobre las fechas"
Entradilla: "por prescripción del delito"
#1 Y la confusión entre las fechas en las que dice que terminaron los abusos no sería determinante en la prescripción. Habrían pasado los 20 años fuera en el 95 o en el 96
#2 No, te he votado positivo pero luego lo he revisado y estás equivocado: La denuncia se puso en diciembre de 2015, por tanto el delito no habría prescrito si se hubiera producido en 1996.
Hay que decir que la noticia esta redactada de forma bastante liosa también.
#3 Tienes razón. Yo mismo me he dado cuenta después de escribirlos de que el plazo es hasta fecha de interposición de denuncia.
Pues ya le vale.a la denunciante. Esperar al último momento y ser contradictoria respecto a la fecha que haría que el delito esté prescrito o no es arriesgarse a que pase lo que ha pasado.
Menudo caso, tarda 20 años en denunciarlo, las pruebas demostrables de dicha acción han desaparecido, solo es la palabra de una hija contra su padre.
#11 Victimas de niños, pasan mucho tiempo de adultos hasta que lo cuentan. De hecho hay asociaciones de adultos abusados infantilmente.
En esos caso el plazo de prescripcion empieza a contar a los 18, pero en muchos casos lo cuentan pasado el plazo.
#12 Al parecer eso es lo que ha pasado aquí.
#8 La Audiencia consideró el relato de la víctima como "absolutamente creíble" y justificó su retraso en denunciar por el impacto emocional sufrido.
Se ha librado porque ha prescrito.
Estos delitos no deberían prescribir nunca.
#6 ni éste, ni ninguno.
#6 #7 Yo pienso que el plazo de prescripcion deberia reinicarse si se sigue cometiendo delitos mismo tipo.
Si alguien en 20 años no ha cometido mas delitos, es muy probable que no sea un peligro para la sociedad.
Además, seria un incentivo para no cometer más delitos de ese tipo.
Pero que una persona tenga delitos(abusos por ejemplo) desde hace 50 años y solo se pueda juzgar el ultimo por ejemplo, no me parece logico.
Parece evidente que el plazo de prescricipion se queda corto por los muchos casos de adultos que cuentas casos muchos años despues de la mayoria de edad.
La ley deberia adaptarse a las victimas y no ellas a la ley.
#10 Sí, sobre todo cuando las víctimas son niños.
#6 Totalmente de acuerdo. Pero convendrás en que es necesario probarlo, en otro caso te arriesgas a encarcelar a un inocente debido, por ejemplo, a rencor o venganza con otra procedencia. No podemos prescindir de la presunción de inocencia. Hay que probar. Saludo