Para cumplir el primer criterio de la Ley ELA, el reglamento establece que la enfermedad debe, por un lado, producir un daño estructural y funcional grave, sin expectativa de recuperación con los tratamientos disponibles; y, por otro, debe limitar la expectativa de vida a 36 meses. Es decir, según el reglamento, si vives más de tres años quedas fuera de la cobertura que ofrece la ley.... Que te tengas que morir en tres años es negarte cualquier tipo de vida.