La sentencia, que es firme, declara probado que entre 2006 y 2016 el acusado mantenía una relación de pareja con una mujer, conviviendo desde 2007 con ésta y con su hija, nacida en 2000, en diversos domicilios de Huelva capital. Desde 2008 a 2016 el acusado, aprovechando que su pareja no se encontraba en casa, realizó con la menor una serie de conductas con ánimo de satisfacer sus deseos sexuales.
#1 yo no se por qué la ley es tan blandita con estos temas. Ya no sé si pensar que él/los que la redactaron tenían tentaciones pedofilas, porque si no no me explico como es posible que esto no le parezca algo aberrante y digno de apartar de la sociedad a tal desecho de persona de por vida.
Comentarios
8 años abusando, 6 años de cárcel. No es proporcional la pena al sufrimiento causado en esta justicia de cachondeo que tenemos.
pd, ni 30 años de pena serían suficientes.
que le corten el cuello y se lo den de comer a los cerdos.
Poco.
#1 yo no se por qué la ley es tan blandita con estos temas. Ya no sé si pensar que él/los que la redactaron tenían tentaciones pedofilas, porque si no no me explico como es posible que esto no le parezca algo aberrante y digno de apartar de la sociedad a tal desecho de persona de por vida.
60 años me parecen muchos, pero 6 muy pocos. Ni para ti ni para mí, 30 años y ya. Y castración química.