Hace 3 años | Por manzitor a elpais.com
Publicado hace 3 años por manzitor a elpais.com

Covadonga Díaz aprobó en 1996 las oposiciones para convertirse en educadora social de la Comunidad de Madrid, pero se quedó lejos de la nota de corte y no pudo optar a una de las 16 vacantes ofertadas ese año. Desde entonces, no ha parado de trabajar como interina en diferentes centros de menores. Ahora teme que la plaza que ocupa provisionalmente salga a concurso y la manden al paro sin un euro de indemnización. Por eso, ha decidido poner su caso en manos de la justicia: “Solo quiero que se me reconozca como lo que soy, una empleada fija”,

Comentarios

manuelpepito

Cuando apruebe unas oposiciones.

D

#1 Además, estar de interino da bastantes puntos para las siguientes oposiciones.

JohnBoy

#2 Depende de cada oposición.

Lo que sin duda te da es conocimiento, aunque también te quita tiempo para estudiar si quiers dedicarte a full.

t

#3 Más difícil lo tiene quien no siendo funcionario ni estudiante recién egresado mantenido por los papis tiene cargas de distinto tipo y trabajo a jornada partida. Y aún así, se saca la oposición.

manuelpepito

#4 La administracion no se rige por el derecho privado. Para bien y para mal. Y en base a eso muchas veces hacen lo que le sale de los cojones.

#6 Por eso digo que ya van varios toques desde la UE, porque los funcionaros (y resto de trabajadores públicos) si se rige por la directiva sobre trabajo temporal y de hecho es una de las varias directivas que España no ha traspuesto a su ordenamiento. De hecho este artículo quiere tapar una sentencia (más bien una prejudicial) que salió ayer del tjue que le pegaba un buen palo a grecia por cosas similiares, ya que grecia recientemente a modificado su constitución para impedir que los trabajadores públicos en fraude por el abuso de temporalidad los pudieran hacer fijos por sentencia (en grecia estaban obligando a hacer fijo a los trabajadores públicos en virtud de la directiva), pues bien el tjue les ha dicho que nones que la directiva prevalece sobre la reforma constitucional. Ahora mismo la administración tienen miles de demandas de personal temporal, y aunque va a tardar mucho tarde o temprano los tribunales van a tener que fallar a favor o la ue y el tjue le van a pegar una buena torta.

D

#4 La UE ya ha hablado. La administración debe reducir el nivel de temporalidad o sancionará al país.

Y debe reducir la temporalidad en base a la legalidad actual: EBEP

#37 Exacto la UE a hablado y hay que reducir la temporalidad y proteger al trabajador abusado según las directrices de la directiva europea. El palo por ejemplo que le ha dado el TJUE ayer a Gracia por un caso similar es enorme. Y por cierto el problema es que el EBEP no se cumple, ese es uno de los motivos del abuso

D

#41 He leído la sentencia del TJUE sobre el caso español.

Dice claramente que las plazas en el sector público se rigen por leyes diferentes al sector privado. El EBEP y la Constitución dejan claro como se consigue tener una plaza de funcionario de carrera, y no es como en el sector privado.

#43 Se intenta confundir el tema, la UE a dicho que es sistema es válido SI SE CUMPLE EL SISTEMA, el problema y aqui es donde entra el abuso (que la ue lo ha dicho también) es que las administraciones públicas no cumplen con nuestra propia normativa que establece el EBEP y es cuando se convierte en un abuso. Si un interino está en una vacante y al año siguiente lo ocupa un funcionario de carrera que ha sacado la plaza, efectivamente hay no hay ningún abuso es lo normal y tampoco corresponde ningún tipo de indemnización por despido. Pero si tienes a un interino 10 años en una plaza o en varias plazas sin sacarlas a oposición, entonces la administración está incumpliendo su propia normativa.

D

#48 Cierto. Por eso la UE amenaza a la administración con sancionarla.

Igual que dice que debe cumplir con el resto de artículos del EBEP, donde deja claro como se consigue una plaza de funcionario de carrera.

#49 Si, pero puesto que el EBEP no establece una sanción al abuso de la temporalidad, y no haberse transpuesto esa directiva, la directiva es una norma de rango superior directamente aplicable (por haber pasado más que de sobre el plazo) por lo que se debe de aplicar por encima del EBEP. Puede que al trabajador no le vayan a llamar funcionario, pero tendrán que hacerlo fijo (o imponer una indemnización cuantiosa a la administración, que es la otra opción posible). Ya hay un antecedente con la creación de la figura del "indefinido no fijo" en el ámbito de los laborales.

D

#51 ¿De que directiva hablas?

La sentencia de TJUE deja que la administración incumple el acuerdo europeo sobre la temporalidad al no prever sanciones a las administraciones que incumplan los plazos que marca el EBEP. La directiva dice que hay que sancionar a la administración por no cumplir su obligación, no dice que haya que hacer fijos a los temporales actuales.

Es más, dice que la normativa del sector privado no puede ser aplicada al sector público.

Por cierto, las directivas europeas no son de aplicación directa, se deben transponer en la normativa nacional. Lo que le falta al EBEP es sancionar a las Administraciones que incumplan los plazos para sacar las plazas libres a oposiciones.

La sentencia también deja claro que las plazas ocupadas con gente en excedencia es normal que estén cubiertas por un interino hasta que vuelva el titular.

#52 No, las directivas son de aplicación directa cuando pasa el tiempo máximo para su transposición (cosa que ya ha pasado sobradamente en este caso), y la sanción a las administraciones son a favor del trabajador abusado (lógicamente) otra cosa es la sanción a parte por no cumplir las normativas europeas y la inoperancia por no transponerla y por seguir incumpliendola. Y no es una sola sentencia europea, la más reciente es justo de ayer en la que el TJUE le da un buen repaso en un caso similar en Grecia. Que la normativa del sector público puede ser diferente a la del sector privado nadie lo ha discutido, el problema es que NO SE CUMPLE LA NORMATIVA DEL SECTOR PUBLICO a ver si nos enteramos, lo que dice las normas europeas es que debe existir una sanción CUANDO NO SE CUMPLAN LAS PROPIAS NORMAS DEL PAIS, que es lo que se hace en España.
Y en cuanto a la ultima frase, si estoy de acuerdo, repito que eso no lo discute, igual que he puesto antes que nadie discute si ocupas una vacante y al año siguiente te la ocupan eso va en consonancia con las normas por lo que no se produce un abuso (cosa también lógicamente ratificada por el TJUE). Lo que se sanciona y supone el abuso es cuando las administraciones públicas INCUMPLEN LA NORMATIVA PROPIA DEL EBEP y es lo que dice la normativa europea que hay que sancionar.

D

#53 puedes decirme que directiva establece que hay que hacer fijos a los interinos?

Hablas de una directiva pero no dices cuál es. La has consultado? La sentencia sobre el caso español no dice nada de eso. Grecia tendrá su propia normativa

Marcelino_Pérez_Luna

#54 La directiva es la 1999/70//CE y efectivamente en ella no se establece ningún tipo de sanción al abuso y deja al legislador que establezca la sanción. El problema es que España no lo ha hecho, dejando transcurrir el plazo y la jurisprudencia Europea, ha establecido como sanciones digamos "tipo" al abuso la fijeza o la indemnización por ello. El problema es que en España incluso judicialmente se ha establecido el abuso en muchos casos (en otros ya existen sentencias favorables) pero no se ha dictado ningún motivo sanción. por ello la UE ya ha advertido a españa en varias ocasiones. Ocurrió también con la directiva que obligaba a los bancos a devolver ciertos gastos de las hipotecas. La directiva tampoco se transpuso y los que se sintieron abusados vieron como el TJUE fallaba a su favor por no respetar la directiva y obligaba a la devolución de esas cantidades.

#55 Me das la razón "Así y todo parece que el Tribunal Europeo apunta algunas orientaciones para frenar los abusos. Así rechaza que sea medida adecuada convocar y organizar procesos selectivos e igualmente rechaza que sea suficiente para acabar con los abusos la previsión de la Disposición Transitoria Cuarta del EBEP (procesos de consolidación de personal temporal). En cambio, admite que una indemnización puede servir para paliar el abuso pero “En estas circunstancias, en la medida en que el Derecho español permita conceder a los miembros del personal estatutario temporal víctimas de la utilización abusiva de sucesivas relaciones de servicio de duración determinada una indemnización equivalente a la abonada en caso de despido improcedente, corresponde a los juzgados remitentes determinar si tal medida es adecuada para prevenir y, en su caso, sancionar tal abuso.”
Es decir no necesariamente es una conversión a fijo, pero si una sanción económica.

D

#56 Sí, sancionar a la administración. Pero lo que marcas es una recomendación, no es obligado cumplimiento.

Lo que dice la noticia es:

El Tribunal Europeo agota su misión constatando la situación abusiva pero deja en manos de los tribunales nacionales determinar la respuesta adecuada al abuso y además no se considera descabellado ni rechazable que se trate de una indemnización, ni acepta que sea necesaria la fijeza.

El tribunal Supremo ya ha dicho en varias sentencias que no se pueden hacer fijos a interinos por sentencia.

#59 Yo no he dicho que necesariamente tenga que ser fijeza, pero si tiene que haber una sanción (que el mismo tribunal europeo establece como "indemnización disuasoria"), lo que pasa es que esto mismo a llegado a pasar en Italia, Grecia y algo menos en Portugal, y se dieron cuenta que si se ponían a indemnizar a todo el personal del que se había abusado la cifra total iba a ser tan astronómica que les salía más rentable dejar fijos al personal que ya estaba ocupando las plazas y no les costaba dinero. En España se calcula que hay más de 800.000 temporales en las administraciones (el 30% del total) de los cuales hay cifras que hablan de más de 500.000 en los que se ha cometido irregularidades. Si solo pones de media 10.000 € de indemnización por trabajador (algunos muchos más otros algo menos) eso son 5.000.000.000 de Euros, cifras que ningún gobierno puede asumir. (y eso súmale el coste de los procedimientos judiciales, que en estos momentos se estiman que hay unas 50.000 demandas por estos temas en distintas fases)

#62 Pero si el supremo sigue pasándose por el forro las recomendaciones, dejaran de ser "recomendaciones" y pasaran a ser obligaciones. Exactamente como pasó con los bancos y las clausulas abusivas, al principio las primeras prejudiciales fueron recomendaciones y que eran los tribunales españoles los que deberían ver el abuso y cuando el supremo se lo pasó por el forro, entonces dejaron de ser recomendaciones.

D

#63 Si el TJUE creyera que hay que imponer obligaciones según la normativa europea, lo hubiera puesto en la sentencia.

Los tribunales interpretan las leyes, no legislan.

#64 Es que en propiedad no son sentencias, son prejudiciales que contestan a tribunales por lo que no suelen ser tan tajantes como si fueran sentencias propiamente dicha, aunque si se deben de seguir las recomendaciones.

D

#1 Un familiar, 22 años de interina ...

- Para su puesto de trabajo, hacen falta 18 plazas ... solo convocan 2. Los dos primeros de la oposición, se quedan con la plaza fija. Pero siguen faltando 16 funcionarios, pues se llama a los 16 siguientes que han aprobado la oposición (esta chica se suele quedar la 4ª - 6ª - 8ª).

- Pasan unos años, faltan 20 plazas en su puesto. Convocan 1 plaza. Solo el primero se queda con plaza fija. Siguen faltando 19 funcionarios, se llama a los 19 siguientes.

- Y las siguientes oposiciones lo mismo.


Así durante 21 años, sin estabilidad laboral alguna, sin poder hacer planes a largo plazo, estudiando siempre el mismo temario.


#2 No en todas las oposiciones te dan punto por ser interino. Este familiar no tiene puntos por trabajar 22 años en el mismo puesto. Puede llegar una persona recién terminada la carrera, se aprende el temario de memoria, y aprobar, dejándole a ella sin plaza (no le cuentan para nada la experiencia en ese puesto de trabajo).
Y con la desventaja que ella tiene que compaginar trabajo con estudios, mientras que un opositor "puro y duro" solo estudia.

m

#5 pues si uno se sabe el temario de memoria y aprueba es como debe ser. Si en 21 años no se ha sacado la plaza es que hay gente que se lo ha currado más. Ojo que no hablo de los concurso-oposicion que suelen ser un traje a medida para alguien concreto.

D

#9 Esta noticia no habla de aprobar o no aprobar una oposición.

Hablamos de gente que lleva mas de 20 años encadenando contratos ... o departamentos donde el 90% de los funcionarios son interinos.

¿Qué empresa privada hace esto?

Priorat

#1 No, si está fantástico. Pero habrá que pagarle indemnización por despido.

manuelpepito

#8 Pues o la denuncian por lo judicial o me parece que no la rascan,

D

#8 Según el artículo, dependerá si es una plaza de laboral público o de funcionario.

m

#1 Esta es la primera frase de la entradilla:
"Covadonga Díaz aprobó en 1996 las oposiciones para convertirse en educadora social de la Comunidad de Madrid,..."

Ya es que ni la entradilla leemos...

Ah, y no me digas que la frase sigue: "... pero se quedó lejos de la nota de corte y no pudo optar a una de las 16 vacantes ofertadas ese año.". Porque aprobarlas (que es lo que tú dices) las aprobó.

manuelpepito

#11 Las oposiciones se aprueban cuando se saca plaza, esto no es como el cole que con un cinco se aprueba

m

#12 Está bien inventarte la realidad para justificarte.

La administración establece una nota a partir de la cual se aprueba, pero luego hay una nota de corte que es la que establece si se consigue plaza o no.

Y aprobar, aprobó, en 1996. Lo pone en la noticia. Solo tienes que leerla.

c

#17 No es así.
La administración saca a concurso un número de plazas. Por ejemplo, 10.
A eso le llamamos "Oposiciones".

El requisito mínimo para poder optar a una de las 10 plazas puede ser obtener una nota mínima en las pruebas (normalmente). Pero depende de las normas del concurso.

Luego se bareman todos los concursantes según el reglamento del concurso y se otorgan las plazas por orden.

No existe el concepto de "aprobar". Es una Competición. O consigues plaza, o estás fuera.

m

#25 la baremación de los concursantes y el número de plazas es lo que da la nota de corte para conseguir la plaza.

La única diferencia con lo que tú dices es el término "aprobar", que es más la manera popular de llamar a superar la nota mínima.

De todas maneras si no existe el aprobar, igualmente no tiene sentido el comentario al que contesté

c

#50 la baremación de los concursantes y el número de plazas es lo que da la nota de corte para conseguir la plaza.

No. Eso es lo que da la plaza. En un concurso-oposicion o obtienes plaza o no la obtienes.

Eso es todo.

Admak

#12 En esto te equivocas, puedes aprobar una oposición y quedarte sin plaza. Que apruebes no te asegura una plaza.

c

#22 En una oposición no existe el concepto de "aprobar". En una oposición se oferta un numero de plazas. O las consigues o no.

Admak

#26 No es cierto, si que existe el concepto de aprobar porque si no apruebas las primeras partes (teoríco+práctico) no puedes acceder al resto de partes como por ejemplo la defensa de la programación didáctica frente al tribunal.

c

#31 Depende de las normas del concurso-oposición.

Pueden exigir un 4 o un 2 y luego evaluar méritos. Incluso podrían solo evaluar méritos y no hacer ningún examen.

Simplemente se sacan unas plazas a concurso que se otorgan mediante un baremo.

D

#22 Puedes aprobar los exámenes, pero no aprobar las oposiciones.

La Ley no permite aprobar las oposiciones a más gente que las plazas ofertadas.

E

#11 Si había número límitado de plazas, no era oposición, era concurso-oposición. Y como dice #12, eso solo se "aprueba" cuando se consigue la plaza.

Otra cosa, en la que estoy completamente de acuerdo con otros comentarios, es que no tiene mucho sentido cubrir con las oposiciones solo un 5-10% de las plazas necesarias, y el resto cubrirlo con interinos (eventuales) pero eso ya es otro cantar.

c

#11 Que es lo que no entiendes de un Concurso-Oposición?

D

#11 Aprobó el examen, no las oposiciones.

Si hay 10 plazas, solo pueden aprobar las opos los 10 mejores. Aprobar exámenes sirve para poder presentarse al siguiente examen.

cosmonauta

#11 parece raro que en 25 años no haya conseguido pasar la nota de corte. Y también parece raro que no se hayan hecho oposiciones en 25 años.

#47 No tan raro y en muchos casos se convocan pero nunca en el mismo número que las plazas ocupadas, cosa que estos últimos años va a más ya que se están jubilando muchísimo personal, pero de estas plazas solo un pequeño porcentaje salen a oposición ocúpandolas por interinos y haciendo que cada vez la bola sea más grande.

mikelx

Mi suegra con 61 años se ha sacado las oposiciones para la plaza en la que lleva 11 años trabajando (11 años durante los cuales no se han abierto plazas). Obviamente solo por la experiencia en el puesto y las formaciones que ha ido haciendo en este periodo ha sacado más puntos que la mayoria.
Si su plaza sale a concurso, que oposite.

manzitor

El asunto troncal de la noticia, tal y como yo lo veo, es que la administración abusa claramente de la temporalidad, teniendo mecanismos para reducirla, igual que - en otro contexto legislativo- se le exige a la empresa privada; 'si un puesto es estable, el contrato también debe serlo', pero eso no le vale a la administración.

Por otra parte, el trabajador, no tiene responsabilidad alguna en que no le saquen un puesto temporal que está ocupando, es culpa del empleador, pero suele ser el trabajador quien paga las consecuencias. No es lo mismo prepararse una oposición con 25 años, sin cargas de ningún tipo, que 20 años después con tu vida en un plano totalmente distinto.

Y por último, es que los procesos selectivos en la administración son para echarles de comer aparte. Tanta garantía, no asegura contratar a los mejores, sino a los más empollones. Eso trasladado al desempeño profesional conlleva conocimiento, pero ni actitud y competencia. En la privada no se selecciona (salvo por motivos de relación o conocidos), de la misma forma, porque no es efectiva. A esto la administración debería darle una buena vuelta, aunque a muchos sindicatos no les guste.

D

#33 La normativa entre el sector público y el privado es diferente. El TJUE deja claro que se tiene que reducir la temporalidad cumpliendo con la normativa del sector público.

manzitor

#44 Si, por supuesto que es un marco jurídico distinto. Pero llama la atención, que lo que se exige al sector privado en cuanto a temporalidad, sería aplicable en su intención y su espíritu al empleo público, que hace una clara dejación de funciones y un abuso claro.

D

#45 Sí, por eso la amenaza de sanciones por parte de la UE. Aunque la UE no obliga a cambiar la normativa actual, sino a aplicarla.

#24 Te equivocas en un tema, la privada tiene protección ante despidos y ante los abusos en la contratación (se puede discutir sin son pocas), pero en la pública los funcionarios interinos (los laborales también tienen sus cosas pero suelen tener más ventajas al ir por la jurisdicción laboral) no tienen una sola protección. Y la UE ya la ha dicho claramente a España que debe de transponer la directiva y establecer unos mecanismos para protejer de los abusos de la temporalidad en el sector público, que según la directiva solo pasa por la fijeza en el puesto o una sanción DISUASORIA en el caso de que se produzca el abuso. Y eso de interinidades medio estables pregúntale a los interinos de educación, sanidad o muchos otros veras lo que te dicen de medio estables. En mi servicio que gestionábamos ayudas para el empleo (cosa importante donde las haya) el 75% de personal era interino contratado "para proyectos temporales" y cada cuatro año nos hechan y vuelven a contratar para seguir con los mismos "proyectos temporales" que en algunos casos lleva 16 años ejecutándose. (y claro estas plazas como son "por proyecto" no figuran como plazas en la rpt y no van a salir nunca a oposición). Cada vez somos más los interinos que estamos demandando a las administración porque nos hemos hartado ya de este trato, que cada vez va a peor y mientras la UE advirtiéndole que en cualquier momento le va a abrir el procedimiento sancionador por no trasponer la directiva

D

Un cosa es una oposición y otra un concurso-oposición.

Littlejumpingmountains

Cuando te afilies al partido.
* en determinadas circunstancias se sustituirá "partido" por "sindicato".

c

Covadonga Díaz aprobó en 1996 las oposiciones para convertirse en educadora social .

Otro que no entiende el concepto de Concurso-Oposición....

D

#28 Ejemplo de Galicia. Elecciones en 2020 - Oposiciones Educación
Plazas ofertadas en 2015: 446 maestros e inspectores no he encontrado los datos de secundaria.
no me sorprederia que otro numero alto (unos 800 o 100) pre-elecciones 2016
Plazas ofertadas en 2016: 1112
Plazas ofertadas en 2017: 912
Plazas ofertadas en 2018: 1653
Plazas ofertadas en 2019: 1788
Plazas ofertadas en 2020: 2354

En negrita las elecciones.

D

Los lloros no me valen, el que entra de interino ya sabe las condiciones y como salir de ahi: aprobando una oposición.

Vale que nos quejemos que sacan pocas plazas, pero no vale quejarse de las condiciones en las que están los interinos, a nadie se le obliga a estar de interino, y creo que en general están mucho mejor que muchos en la empresa privada, tampoco tienen tanto de que llorar.
Buambulancias theme.

#14 Se llama hipocresía. Cuando un trabajador entra en una empresa privada y le hacen múltiples contratos temporales seguidos, lo cambian de empresas del mismo grupo ect, aquí todo el mundo se lleva las manos a la cabeza y nadie se le ocurre decir "el trabajador sabía en lo que se metía a si que a trabajar sin rechistar". Si un trabajador hace eso probablemente se le llame padefo y con razón, existe unas normas laborales que hay que cumplir. Pero el trabajador público tiene que observar como abusan de el con múltiples contratos temporales, sin sacar las plazas convocadas, con nombramientos "por un proyecto temporal" que se lleva años ect.. y encima la culpa no es del abusador (la administración) sino del abusado. Si una cosa es un abuso en la privada también lo es en la pública y la pública tiene unas tasas de temporalidad superior a la privada.

D

#18 No veo la hipocresía, en ambos casos lo que queremos es mas plazas o en el caso de la privada mayor numero de contratos indefinidos con mayor protección ante despidos. (Vale que nos quejemos que sacan pocas plazas) . Esa reclamación la acepto.

Las condiciones son las que son en la publica y la privada, habría que quejarse o reclamar en general no en un caso u otro.
Y que se aplicaran a todos. Ese es otro aspecto, las condiciones laborales.
Las condiciones actuales suelen ser mejores en la publica, y sino pregúntale que prefiere en general un trabajador y veras que la mayoría prefiere una interinidad "medio estable" que un contrato indefinido en la privada.

En mi familia directa estamos todos representados, privada, funcionario con oposición, interino, autónomo y esta idea que expongo la tenemos todos.

c

#18 Si. Es un escándalo que no saquen las plazas a concurso

cocolisto

#14 Por otra parte hay tanto favoritismo en la contratación de interinos (no todos)que son estos mismos los que presionan para que las oposiciones no se celebren porque por muchos años que lleves si no pasas el corte en el examen te quedas sin plaza.
Tenía que ser de obligado cumplimiento la salida anual de oposiciones de las plazas libres y de nueva creación.

D

#21 La presiones que se puede ejercer desde la administración son mínimas.

Lo que suele suceder es que se convoquen posiciones o mayor numero de plazas cuando se acercan las elecciones; el partido que gobierna en esa comunidad, o el país, etc. es el que maneja esos números y las oferta para hacer tender el voto a su favor.

ej. Seguramente en los últimos meses se han convocado muchas plazas en Cataluña por la llegada de estas elecciones.
Y en 2018/2019 para las elecciones de la Comunidad de Madrid otras tantas, y asi suma y sigue.

c

#21 Y como interino tienes más fácil quedar a trabajar cerca de casa...

c

#14 Y en el concurso, SIEMPRE parten con ventaja.