Hace 30 días | Por pcmaster a elperiodico.com
Publicado hace 30 días por pcmaster a elperiodico.com

El Tribunal Supremo ha establecido que, a efectos del cómputo de los servicios previos en la Administración de los trabajadores fijos discontinuos, debe tenerse en cuenta todo el tiempo de duración de la relación laboral, incluidos los periodos en los que no ha habido trabajo efectivo. En una sentencia fechada el pasado 6 de marzo la sala de lo contencioso ha desestimado un recurso de Hacienda contra una fallo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) de octubre de 2022 que daba la razón a un trabajador.

Comentarios

tdgwho

#3 Lo del fijo discontinuo es ilógico ya nada mas empezar.

Gente que no está apuntada al paro, pero que lo puede cobrar.

Ahora estás en tu casa cobrando el paro, y sumas antigüedad.

pero bueno, es una medida para unos pocos, que la menestra de trabajo dice que son 4 gatos los que están inactivos. Así que poco importa.

tdgwho

#9 No es trampeo estadístico, es lo que dice el ministerio de trabajo.

Si cuentas en la antigüedad de la empresa, no puedes estar parado, porque eso implica que no tienes contrato. Y si lo tienes.

Pacman

#11 si, fijo discontinuo lol

#12
Gracias por tu colaboración en el hilo

tdgwho

#14 No, como fijo discontinuo, tienes contrato todo el tiempo que estés con la empresa.

No hay finalización de contrato cuando te vuelves inactivo. Por eso tampoco figuras en las cifras del paro.

Pacman

#17 claro que hay final de contrato, liquidación y tal

Lo único, que también tienes garantizada la vuelta

Que técnicamente se llame de otra forma, se plasme de otra manera, no lo se, pero así funciona para el común de los mortales.

tdgwho

#20 date una vuelta por #21 que te lo pone todo.

Pacman

#21 no se cotiza por la empresa, pero si por el sepe

tdgwho

#25 https://www.newtral.es/fijos-discontinuos/20221231/

"La característica principal de los trabajadores fijos discontinuos es que el empleado está en alta (afiliado) y baja en diferentes momentos, dependiendo de su actividad. “En los periodos en los que está inactivo (de baja) no computa como parado en las estadísticas, pero tiene derecho a cobrar su prestación por desempleo si la hubiera generado y a dejar de cobrarla cuando se le haga el llamamiento y se retome la actividad”,"

"Digamos que la relación laboral se debe finiquitar en cada periodo de trabajo. “Lo que no se cobra es indemnización por despido porque no es un despido, ni una compensación como ocurre cuando finaliza el contrato en el caso de los contratos temporales”, añade. "

“Si en el periodo de inactividad de un contrato fijo discontinuo el trabajador recibe la prestación por desempleo, esa prestación sí cotiza, pero si el empleado no está cobrando el paro ni trabajando en otro empleo, no cotiza”

Ya van 2 fuentes en las que dicen que no cuentas como parado (porque no lo eres) y que no hay finalización de contrato.

tdgwho

#30 Entonces o no eres fijo discontinuo, o estás en situación irregular.

Porque eso es como es. Trabajo ha estipulado como es eso.

Pacman

#32 no, estas equivocado.
estas tomando mal alguna lecrura, noticia o dato.

Te aseguro que nadie de mi empresa está en situación irregular, ya que tenemos inspecciónes anuales muy profundas.
En la zona, todas las empresas de la misma actividad, balnearios, están en la idéntica situación. Todos liquidamos, vamos al paro, echamos paro y volvemos a trabajar.
no estas interpretando bien lo que has buscado.

tdgwho

#33 Estoy cogiendo mal lo que dice literalmente el ministerio? lol

Lo que haceis algunos para no dar la razón en meneame no tiene nombre.

Lo dejo aqui.

Pacman

#35 bueno, hemos tenido una curiosa conversación. Gracias.

U5u4r10

#33 Una cosa es que cobres desempleo y otra cosa es que estés en paro. También puedes cobrar desempleo mientras trabajas a tiempo parcial.

Y tu tienes tu contrato activo. ¿O acaso te pagan el despido?

Pacman

#54 si, me liquidan a cada temporada.
hay cese de actividad y vamos al paro, con su carta, su baja, todo.

U5u4r10

#57 La pregunta no es si te liquidan.
La pregunta es: ¿cobras despido?

Pacman

#58 si, cobras despido por fin de temporada.
Es lo que tiene esta figura laboral.

U5u4r10

#59 No.
Estás teniendo un contrato temporal, no discontinuo
Si tienes despido como discontinuo está mal hecho.
En serio, ya me están entrando ganas de conocer cómo está armada realmente tu nómina (sin cantidades solo conceptos) y qué pone en tu contrato, porque te estarían pagando de más y eso no hacen las empresas. Lo único que se me ocurre es que hayas acordado una retribuciòn anual y parte te la metan como despido aunque te den de alta como discontinuo por temas de bonificaciones.

Hablo de indemnizacion por despido, no finiquito, que no es exaxtamente lo mismo.
Con indemnizacion por despido ni te tienen que llamar al año siguiente.

Pacman

#61 me vas a hacer mirar papeles a las 6de la mañana, que pereza

U5u4r10

#62 Hazlo, y me escribes exactamente los conceptos del finiquito. Me lo agradecerás.

U5u4r10

#64 No te levantarás sin aprender una cosa más.

Esto es lo que el otro compañero trataba de explicarte. Tu contrato sigue activo y aunque cobres desempleo no estás parado en las estadísticas

#59 No, lo que te liquidan son pagas extra y dias de vacaciones pendientes, no despido.

Atusateelpelo

#14 Como buen español que es, esta hablando apoyado en la barra del bar con el palillo en la boca y diciendole a fijos discontinuos los derechos que tienen o no tienen.

Atusateelpelo

#26 Antigüedad que basicamente te valdra, que aun esta por ver, para una posible indemnizadion de despido y, en mi caso, para tener unos derechos (tener 15 años trabajados en la empresa) para a los 55 años pedir la cuenta y que te indemnicen con 11 meses de sueldo (Convenio de Hosteleria de Baleares).

Creo que para poco mas.

Pacman

#29 si, realmente eso vale para poco. Ni tenemos pluses, ni trienios, ni nada.

U5u4r10

#29 no creo que valga para eso. A una PYME con 10 trabajadores la hundes después de 10 años si tiene que despedir a gente.

Atusateelpelo

#55 Si una empresa se hunde porque no puede asumir el costo del despido de una persona igual, y solo igual, la empresa deberia cerrar por falta de viabilidad.

Por cierto, a una persona que se le despide despues de 10 años estara mas cerca de los 45 años que de los 20. Todo el mundo sabe lo facil que es encontrar trabajo con 45 o mas años pero, supongo, a esa persona no se le destroza la vida despidiendole.

Evidentemente para alguna gente es mucho mas importante una PYME que una persona, para otra gente no.

U5u4r10

#85 Ya, si yo entiendo que solo deben existir grandes multinacionales y que todo aquél que no pueda pagar 150.000 euros en indemnizaciones de una tacada debería cerrar.

Atusateelpelo

#89 La indemnizacion por despido esta limitada a un maximo de 12 meses.

150.000 equivaldria a un salario de 12.500 euros mensuales.

Buen intento.

U5u4r10

#90 1500 euros mensuales NETOS * 10 meses * 10 trabajadores.

¿qué sale?

Atusateelpelo

#91 Goto #85

#26 Cotizas por el sepe, si y solo si cobras el paro contributivo.

U5u4r10

#24 Es gracioso como los cuñados llaman cuñados a los que realmente saben haciendo gala de su propio cuñadismo.

Eibi6

#11 es trampeo estadístico del ministerio de trabajo recomendaria ver The Wire para entender a lo que se refiere #9

Atusateelpelo

#9 Oye campanas y no sabe donde esta el campanario.

E

#7 algunos pasamos de tener contrato de obra y servicios a indefinido... Pero en una

editado:


Que seguridad ninguna, porque te largan diciendo que el cliente no necesita el puesto y te vas con 20 días. Y sin los 12 de fin de obra

jonolulu

#3 #5 No gastaría mucho tiempo con el, cada mensaje qie suelta pontificando solo denota su ignorancia. Lo triste es que como tiene bloqueado a medio menéame parece que lo que dice es veraz porque nadie le corrige (aunque en realidad nadie le puede rebatir por el bloqueo)

U5u4r10

#15 España, ese lugar donde los ignorantes llaman ignorantes a los otros.

jonolulu

#67 Relee tu mensaje y dale una vuelta

U5u4r10

#69 Ídem

jonolulu

#72 Ni comparto lo que has dicho, ni soy yo el que se acaba de autodefinir como ignorante.

De todos modos volviendo al mensaje inicial: alguien que tiene en ignore a medio menéame es un ignorante por definición

E

#4 estarás cobrando si has acumulado lo suficiente para ello, ¿no?

Esto se hace porque quitaron el coeficiente que se aplicaba a la gente con tiempo parcial al pasar a contar el mes completo como cotizado aunque hubieses hecho menos de 40 horas semanales. Sin darse cuenta de que estaban perjudicando a los fijos discontinuos

Pacman

#6 si no llegas al minimo no tienes paro, por lo menos donde yo estoy. Al igual que cualquiera.

Las nuevas incorporaciones no pillan paro la primera temporada, a no ser que traigan acumulado.

a

#6 Te estás confundiendo. El coeficiente era para la gente que trabaja a jornada parcial (menos horas/día de lo que dice el convenio), no para los fijos discontínuos (gente que no trabaja todo el año en esa empresa).

En las jornadas parciales, te penalizaban dos veces:

1. Sobre el montante: si trabajas a media jornada pues cobras la mitad y esa es la cantidad que cuenta como cotizada.

2. Sobre la parcialidad: encima te añadían un coeficiente de parcialidad que limitaba los días cotizados. Por ejemplo, si trabajabas a media jornada pues el coeficiente era 0.5

El resultado era que alguien que cobrara el mínimo, trabajando todo el mes a media jornada:

- Cotizaba sobre 0.5*SMI (su sueldo que es medio SMI).

- Cuando recibía paro lo recibía sobre una base de 0.5*SMI, pero solo tenía derecho a la mitad de días que alguien que hubiera trabajado a jornada completa. Es decir, recibía sobre 0.5*sueldo el 0.5*días de días, lo cual era un doble agravio y por eso lo quitaron finalmente.

E

#52 no me estoy confundiendo:

https://www.infobae.com/espana/agencias/2024/03/18/el-gobierno-estudia-mejorar-el-acceso-a-la-jubilacion-para-los-fijos-discontinuos/

Al quitar el coeficiente de parcialidad del tiempo trabajado se acaba perjudicando a los fijos discontinuos.

tdgwho

#10 Lo que hace el desconocimiento...

https://www.newtral.es/fijos-discontinuos-parados/20220603/

Desde Trabajo indican que los contratos fijos discontinuos, cuando están inactivos, “aparecen como demandantes de empleo no ocupados (DENOS), pero no como parados registrados”.

No eres parado, pero cobras el paro.

No, el fijo discontinuo no es para garantizar a las empresas nada, es para garantizar al empleado que en la próxima campaña le cogen a él.

Atusateelpelo

#13 Repito, los fijos discontinuo estamos apuntados al paro para poder cobrar el paro.

¿Te hago una foto de mi tarjeta del paro que me exigen antes de poder solicitar el paro?

Habla del metodo de contabilizacion de parados del Ministerio de Trabajo, algo que no ha cambiado en decadas.

tdgwho

#16 Haz lo que quieras, pero trabajo dice que no figuran como parados.

Yo ya te puse el enlace y te copié textualmente.

No hay finalización de contrato, por lo que no puedes estar parado.

Atusateelpelo

#19 ¿Te enseño mi carta de finalizacion de contrato de todas las temporadas? Igual encuentro alguna entre el papeleo que tengo.

Igual que la carta de incorporacion de todas las temporadas.

Pacman

#19 que si que hay!
te liquidan te dan de baja (llega el mensaje de texto de la baja y todo)
debes inscribirte en como demandante de empleo
debes solicitar la prestación sobre la bolsa que tengas activa (normalmente tenemos dos bolsas de cotización, la que gastas y la que acumulas)
cobras tu paro
la empresa te llama y así cada temporada.

Atusateelpelo

#23 Vamos a tener que enseñarle capturas de:

- Seguridad Social: alta y baja por parte de la empresa.
- Inscripcion como demandante de empleo.
- Solicitud de paro.
- Aprobacion del paro.

Y aun asi va a saber mas que nosotros 😂 😂 😂 😂 😂

tdgwho

#27 sabes lo que es un DENOS?

Busca, así aprendes algo.

No eres un parado si tienes un contrato fijo discontinuo y estás inactivo.

Por eso te inscribes como demandante de empleo. No como parado.

U5u4r10

#45 Santa paciencia que tienes, macho.
Estos son de los que se alegran porque en la renta les devuelven dinero.

tdgwho

#56 jeje

Muchos aquí demuestran ignorancia, y cuando se les desmonta, siguen erre que erre.

Otros solo miran el dedo, haciendo hincapié en el "3 meses currando y 9 en el paro" cuando esos son datos al azar, me habría dado lo mismo 9 currando y 3 en paro.

Pero eso de que no sepan que son denos en lugar de parados, que salvo que se rompa el contrato fijo discontinuo, no hay finalización de contrato cada vez que dejas de estar activo, demuestra que ni se han leído sus propias condiciones laborales. Y alguno presume de llevar más de una década, lo cual solo lo empeora.

#13 yo he trabajado en el sae. los fijos discontinuos estan inscritos cono demandantes. lo unico es q su situación es denos, pero registrados estan, con su tarjeta de demanda correspondiente.

tdgwho

#76 correcto

y

#2 #4 aquí hay una cosa que no termino de comprender. Según la reforma de gobierno los fijos discontinuos no son parados. De hecho para eso han hecho la reforma, para maquillar las estadísticas del paro.

En este contexto, tiene sentido que sigan computando la antigüedad mientras no trabajan, pero siempre que no estén a la vez cobrando paro, puesto que oficialmente no son parados.

Por otro lado no sé cómo se calcula el paro de un fijo discontinuo, puesto que para cobrarlo el requisito mínimo son 360 días trabajados en los últimos 6 años. Y en tal caso corresponden 120 días de paro.

Entiendo que los fijos discontinuos no tendrán una consideración especial, ya que eso sí sería muy injusto. Y si van a la norma general, pues no sé muy bien cómo encaja con lo anterior sobre la antigüedad, como no sea que va cobrando el paro cada X paradas, cuando llega a los 360 días y el resto del tiempo no cobra nada (por no estar en el paro), pero le computa la antigüedad.

U5u4r10

#47 Los fijos discontinuos nunca han sido parados. La reforma lo que ha hecho es aumentarlos.
La antiguedad según la noticia solo computa a efectos de tiempo trabajado previo.
El despido se calcula sobre los días efectivamente trabajados/dados de alta.

G

#47 Seguro #38 te explica mejor, que como cuenta ha estado años trabajando con contrato fijo discontinuo (aunque no sé si la reforma de 2022 le afectó en algo en especial o no).

Pero yo entiendo que a efectos de paro, seguirán cobrándolo igual durante períodos de inactividad (si se da el caso de que puedan y quieran cobrarlo) a pesar de estar contando ese mismo período de inactividad cobrando ese paro, como antigüedad (para el empleador, no para el SEPE a la hora de pagar el paro).

Yendo al caso de esta sentencia que destaca el envío, recordemos que antes de esta última reforma laboral ya existían otras sentencias por parte del supremo, indicando que los períodos de inactividad en los fijos discontinuos no figuraran como antigüedad en ningún aspecto, pero desde Europa vieron discriminatoria esta decisión:

"el Tribunal de Justicia de la Unión Europea estableció que la práctica de no computar los periodos de inactividad a efectos de promoción económica del trabajador era discriminatoria."

cambiando así posteriormente el supremo otra vez, la doctrina anterior, para que sí fuera computada estos periodos de inactividad como antigüedad, a efectos de promoción económica y laboral, pero no a efectos de cómputo de indemnización por despido.

Aquí lo explican:

https://www.jover-abogados.com/reforma-laboral-contratos-fijos-discontinuos/

Es decir, entiendo que esos períodos de inactividad contarán para el trabajador como antigüedad, pero no contarán a la hora de calcular el paro que se pudiera cobrar por parte del SEPE, durante esos mismos periodos de inactividad.

Algo simplemente "peculiar" dentro de lo que engloba en España la naturaleza de este tipo de contratos y de cómo está configurado en el estatuto de los trabajadores. Pero no "incompatible".


El caso de la noticia, proviene de un recurso de Hacienda contra una fallo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el que dan la razón a un trabajador con contrato fijo discontinuo en la administración, dónde los jueces del supremo recalcan esto:

"cuando una persona que ha trabajado a tiempo completo para la Administración -como personal estatutario interino o como personal laboral- adquiere la condición de funcionario público el reconocimiento de sus servicios previos en la Administración abarca "todo el tiempo de esa relación""

rechazando la discriminación que pudiera existir ante un trabajador con contrato fijo discontinuo, si no aplicamos estos mismos preceptos que sí se aplican a interinos dentro de la administración misma.

Es decir, en esta noticia no recalcan en ningún momento cómo actuar a la hora de recibir el paro y ni siquiera la indemnización a recibir por despido, ya que el denunciante nunca fue despedido.

(En el enlace que comparto arriba (que es de un bufete de abogados) entienden que para la indemnización por despido, sólo se cuenten los momentos de actividad:

"Nosotros nos inclinamos por pensar que a efectos de calcular la indemnización por despido deberá tenerse en cuenta únicamente los periodos de actividad")

El denunciante en la noticia cambió de puesto y a la hora de exigir trienios por antigüedad, supongo que quisiera que le contara en su nuevo trabajo en Hacienda que incluyan todo, incluso los momentos de inactividad.

#2 Es curioso, que el trabajador ha denunciado a la Administración misma. Es decir, es la Administración la que ha interpretado "erróneamente" (o con una filosofía en contra de la intencionalidad de la misma reforma laboral) la legislación existente. Y para más INRI, es la administración la que recurre la decisión del juez, para seguir actuando en contra de lo que ya fue legislado anteriormente, que es contar como antigüedad, períodos de inactividad, situación "forzada" por el mismo Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
Así que es posible que las Administraciones públicas, vean esta situación injusta cómo tú lo ves.
(cosa que no consideran así desde los tribunales europeos, y desde hace un tiempo, tampoco la justicia española)

domadordeboquerones

#4 Cosas chulisimas

cosmonauta

#2 goto #38 y entenderás porque es improbable que alguien trabaje 3 meses y descanse 9.

Además de que es imposible sostener el cobro de "paro" durante 9 meses de manera indefinida

#38 #39 No te esfuerces que no te lee.

tdgwho

#40 No pierdo el tiempo con ignorados.

No me vuelvas a citar con uno.

cosmonauta

#41 Tu te lo pierdes

tdgwho

#43 Me dijeron lo mismo de fumar y de las drogas.

Hay cosas que es mejor perderse.

Mark_

#40 no sé cuántas veces lo he explicado ya, y tengo todas las nóminas que hagan falta para probarlo...

#40 pues en la feria trabajan una semana y descansa 11 meses y 3 semanas...

JeanMeslier

¿Vale también para el currículum?

T

Lógico.
Si no figuras como parado y sigues ligado a la empresa, pues no queda otra.

Mark_

#71 cada año de trabajado genera cuatro meses de paro. Si trabajas 3 años y medio seguidos, ya tienes el máximo posible.

Mark_

no tienes ni idea de cómo funciona un contrato fijo discontinuo por lo que veo. Te explico (8 años con ese contrato):

Según el convenio que rija, normalmente te garantizan X meses de trabajo. En mi caso eran mínimo 7 meses de trabajo y luego 5 fuera de llamamiento, QUE NO ES PARO. Fuera de llamamiento significa que por motivos de producción no te necesitan pero sigues ligado a la empresa. No es como un contrato temporal, que una vez sales, no tienen nada que ver contigo.

En mi caso solía trabajar 11 meses y salía de llamamiento uno, rozando la ilegalidad, pero había buen trato con la empresa, negociábamos el día de mi vuelta, etc. Da igual el contrato que tengas, que en todos te corresponden 1 mes de paro por cada 3 trabajados. Si trabajas 3 meses como dices, sólo te corresponde 1. Cuando se termina ese paro, o te buscas otro trabajo, o se te acaba el paro igual. Sigues ligado a la empresa, pero puedes trabajar en otros sitios, generando un paro distinto. Cuando vuelvas a la empresa con la que tienes el FD y te quedes fuera de llamamiento tienes dos opciones: quedarte con el paro generado en esa empresa, o con el paro generado en las demás. Si aceptas uno, pierdes los otros.

¿Ves por donde va? No cobras el paro "porque si", cobras el paro que tengas acumulado, sea de una empresa o de otra, pero no tienes paro sin más sólo por tener ese contrato. Lo que si tienes es, como yo tenía, acumulación de paro porque no lo gastas. Durante años yo sólo gastaba 1 mes de paro de los casi cuatro que generaba anualmente. Tras 8 años trabajados como FD, tenía el paro máximo porque nunca los llegaba a gastar.

Que no te regalan nada, básicamente. Y si tienes preguntas házmelas que te las respondo con gusto.

U5u4r10

#38 nadie cobra un mes de paro por cada 3 trabajados. Cobraras x dias (aprox 1 mes) por año trabajado y se hará la proporcion.

Mark_

tu contrato con la empresa sigue vigente, pero no en activo sino fuera de llamamiento, que no es paro. No figuras como parado porque no lo estás, sigues ligado a una empresa que antes de llamar a otro trabajador, te tiene que llamar a ti si o si, y solo el trabajador puede finalizar ese contrato negándose a ir al llamamiento. Entonces es cuando se acaba tu contrato.

R

si tiene contrato.... Si alguien está contratado solo los fines de semana también tiene toda la antigüedad

R

#60 siento decirte que quien trabaja cuatro meses mi tiene derecho a cobrar paro durante ocho.

Y también te equivocas en que a quien lo hace bien vuelven a llamarlo, mi sobrino se irá a la calle el mes que viene, como todos los de su promoción, si lo hacen bien trabajan 12 meses y fuera. No todos los empresarios y empresas piensan en retener a los buenos trabajadores, algunos solo piensan en que la antigüedad es un sobrecoste

L

Para mí, los fijos discontinuos, fue una forma de quitar gente al paro para presentar datos de forma política.
Como dice la noticia no todos los fijos discontinuos podrán beneficiarse de la antigüedad en periodos de inactividad, los que pertenecen a una bolsa de trabajo que son los que van usando "neveras" entre empresas por ejemplo, estarán excluidos. Y esos, son la gran mayoría.
No obstante cualquier mejora en la vida laboral de un trabajador deberia ser motivo de satisfacción.

Ehorus

#53 Lo que mencionas no sería un fijo discontinuo. Eso que mencionas como nevera es realmente bolsa de trabajo. Una de las diferencias entre nevera/ bolsa de trabajo y el estar fijo-discontinuo es que esta última tienes una relación contractual vigente que te impide en teoría, acceder a otros puestos mientras estás en esa situación - al contrario que las bolsas de empleo, que puedes estar en ellas si tienes otro trabajo, ya es elección tuya si cuando te llaman de la bolsa, dejar tu trabajo actual o no.

tdgwho

#53 #70 Si que es un fijo discontinuo.
Mientras estás activo, eres un trabajador como cualquier otro, cuando estás inactivo, formas parte de los DENOS, que no cuentan como parados.

Davor_Skii

En el caso de Hacienda, el conflicto o busqueda de esa antigüedad viene sobretodo para optar a presentarse a la promoción interna. Hay mucho auxiliar fijo discontinuo trabajando allí, y cuando llevas más de dos años de antigüedad, a las oposiciones puedes presentarte por examen de promoción interna en lugar de turno libre. Por promoción interna es MUCHO más fácil conseguir la plaza, más allá de valorar si el examen es más fácil o no (que también), sobretodo por la cantidad de gente con la que compites. Siendo fijo discontinuo conseguir esos 2 años puede llegar a costar 8-10 años a base de campañas.

YANDROSS

En serio hay alguien que no sepa que toda esa basura de los fijos discontinuos solamente busca que las listas del paro sean una absurda y patética mentira?? Es increíble como se ríen de todo dios en nuestra put cara y muchos les siguen las gracias... roll

R

#48 busca que si curras solo en verano la empresa te llame todos los veranos, que si eres profesor y te despiden en verano no se considere que estás parado porque tienes empleo, que si trabajas los fines de semana no te despidan de lunes a viernes,....

No es lo ideal, pero el contrato por obra si era una vergüenza, un coladero de fraude y otro de precariedad.

Estuve en una empresa en la que de 160 trabajadores, 154 estaban por obra y servicio, ninguno era real, todos estaban fijos

YANDROSS

#50 si eres bueno en tu trabajo te llamarán TODOS LOS VERANOS... lo que pasa es que aquí buscamos la ley del mínimo esfuerzo, y yo repito, si una empresa está contenta con un trabajador no dejará que se valla tan facilmente. Tener que obligar a las empresas a cargar con inútiles solo llevará a que aumente el paro (aunque tranquilos que no se notará en las listas... Que el que está en su casa 8 meses cobrando el paro hasta que le vuelvan a llamar resulta que NO ESTÁ EN PARO... wall

ÚltimoHombre

#48 Si estuvieras en la situación que estaba antes la gente con contratos temporales sin parar no te quejarías. Gracias a esto mucha gente ahora tiene contratos fijos y eso le abre muchas puertas, además de que les genera muchas más estabilidad.

C

Pues sinceramente, 10 años de mecanico son 10 años y no 9 años en paro y 1 currando.

Mark_

#46 ningún contrato FD funciona así. Nadie puede estar 9 años en paro consecutivos porque el máximo son 18 meses, después puedes acceder a otras ayudas pero no son lo que entendemos como paro. Para estar 9 años en paro tendrías que trabajar 3 años enteros y te corresponde uno de paro, volver a trabajar 3 y tener otro, y así sucesivamente.

ÚltimoHombre

#46 Pero en serio pensáis que se puede estar un mes currando y nueve cobrando el paro año?