Hace 1 año | Por camvalf a eleconomista.es
Publicado hace 1 año por camvalf a eleconomista.es

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo (TS) ha establecido en una sentencia conocida este martes que no constituyó una discriminación por razón de edad el acuerdo sobre despido colectivo alcanzado en sede judicial entre una empresa privada y los representantes de los trabajadores que pactó una menor indemnización para los afectados de edad igual o superior a 60 años, teniendo en cuenta que, con independencia de su edad, las indemnizaciones pactadas para todos los trabajadores mejoraban el mínimo legal aplicable.

Comentarios

blockchain

#3 hasta por el supremo

cenutrios_unidos

Total, ya por lo que les queda por vivir, sin médicos, sin poder comer, poner la calefacción...

D

No hacía a Raúl tan mayor...

yoma

#10 Totalmente de acuerdo. No debe haber discriminación alguna. Aunque parece ser que el usuario al que contestaba ve bien que se dé mas a unos que a otros.

blockchain

#14 lo tengo ignorado...

CillitBang

Pues que recurran, lo tienen ganado

blockchain

#4 sí, al Supremo lol

CillitBang

#9 inconstitucional de libro, prevaricacion

Artículo 14 - Igualdad y prohibición de discriminación
Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social

blockchain

#12 no digo yo que no, solo que el supremo no lo ha visto así. Y dudo que algo como esto llegue al constitucional

camvalf

Pues la verdad no sé qué tiene que ver la noticia con la foto que la ilustra

powernergia

Están hablando de las mejoras de las indemnizaciones, y es bastante lógico que cobren mas los que quedan en peor situación.

yoma

#6 Es que no creo que hayan analizado caso por caso quién queda en mejor o peor situación. A lo mejor uno menor de 60 años tiene otro tipo de ingresos con los que podría vivir holgadamente y el de más de 60 está lleno de deudas.

blockchain

#7 pero eso de quién queda mejor o peor debe ser irrelevante para este caso.
Si han currado lo mismo, se han partido el lomo igual, uno ha derrochado el sueldo en tragaperras y otro ha ahorrando privandose de caprichos. Merece más el de la tragaperras por quedar en peor situación al no tener un duro? No, misma indemnización a ambos y listo.
Si el de la tragaperras necesita ayuda, debe ser otros estamentos los que la den, no la empresa y menos aún con agravio comparativo