#3:
Yo solo digo que si te pillan con dos porros te cae multa por delito contra la salud.
#7:
Pero sí puedo sacar a mi abuelo de una residencia de tarados sin puta idea de salud ni conocimiento sanitario alguno, ni tampoco respeto por las vidas ajenas.
Pero sí puedo sacar a mi abuelo de una residencia de tarados sin puta idea de salud ni conocimiento sanitario alguno, ni tampoco respeto por las vidas ajenas.
#17 Si no me equivoco ni las vacunas de los niños son obligatorias (yo creia que si...pero segun veo no). Y, de momento, las vacunas para Covid tampoco.
#4 No sé hasta qué punto no se podría llegar a considerar un EPI en un tiempo, de hecho, los colegios solicitan la cartilla de vacunación de los niños que se matriculan ¿no?.
Pues nada, se les apunta en una lista de negados, y el día que se pongan enfermos por el covid, que sepan que están los últimos en la lista de acceso a las UCIs, respiradores, etc.
#5 mandar a sus casas. Donde los cuidadores no estarán vacunados e interactuarán fuera de un entorno controlado.
Brillante!! Como no se les habrá ocurrido!!!
Comentarios
Yo solo digo que si te pillan con dos porros te cae multa por delito contra la salud.
#3 y con uno también...
Pero sí puedo sacar a mi abuelo de una residencia de tarados sin puta idea de salud ni conocimiento sanitario alguno, ni tampoco respeto por las vidas ajenas.
Y es lo que los clientes deberían hacer.
#7 El problema es que esos clientes tienen allí a sus abuelos precisamente para no tener que cuidarlos ellos mismos.
#17 Si no me equivoco ni las vacunas de los niños son obligatorias (yo creia que si...pero segun veo no). Y, de momento, las vacunas para Covid tampoco.
#18 Ties toda la razón no son obligatorias.
Pues puerta
#1 entiendo que veas la necesidad de vacunarse, pero mientras sea voluntaria....
#1 No puedes obligar a nadie a vacunarse ni puedes despedirle por no hacerlo.
#4 pero si, negarte a que acudas al trabajo.
#8 ¿Acaso se han negado a acudir al trabajo? No veo referencia alguna a dicho hecho en la noticia.
#9 me he expresado mal. Prohibirles el acceso al trabajo y que se queden en casa. El empleador negarle el acceso a su puesto de trabajo.
#10 Conocido como despido improcedente y, casi seguro, nulo. Ahi ya entraria el juez.
#11 comisión de servicio. Los dejarán en casa cobrando.
#12 Mas quisieran los empleados 😂 😂 😂 😂
Ya en serio, pocas salidas legales le veo.
#4 No sé hasta qué punto no se podría llegar a considerar un EPI en un tiempo, de hecho, los colegios solicitan la cartilla de vacunación de los niños que se matriculan ¿no?.
#4 te pueden despedir de manera improcedente.
Y si quieren arriesgarse a un procedente, no se si pueden alegar motivos sanitarios dependiendo de lo que estipule su convenio.
No dice por qué.
Pues nada, se les apunta en una lista de negados, y el día que se pongan enfermos por el covid, que sepan que están los últimos en la lista de acceso a las UCIs, respiradores, etc.
#16 Las soluciones sencillas son las mas eficaces.
pueden cerrar el centro y mandar a los mayores a sus casas si lo consideran un peligro para la salud de los ancianos y ya veras que rapido se arregla
#5 mandar a sus casas. Donde los cuidadores no estarán vacunados e interactuarán fuera de un entorno controlado.
Brillante!! Como no se les habrá ocurrido!!!
#6 Pueden desplazarlos a otras residencias de manera temporal.
Y los cuidadores ni me quiero imaginar que harán después del trabajo.