Publicado hace 1 año por me_joneo_pensando_en_ti a confilegal.com

El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado que una comunidad de propietarios de la calle Segovia de Madrid, en el barrio de Palacio, tendrá que indemnizar con 5.732 euros a una vecina por los perjuicios ocasionados al instalarle un ascensor frente a la ventana de su dormitorio. Porque ha provocado una notable disminución de las luces y las vistas de dicha estancia.

Comentarios

ElTioPaco

Calderilla por la putada que le han hecho, no solo por la luz, sino por el ruido.

Socavador

#1 Debes de ser socialcomunista o algo porque no ves la ventaja. Ahora esa señora ya se puede enterar de todo lo que pasa en el edificio sin pegar la oreja a la puerta del descansillo.

D

#1 Poquísimo. Y para colmo: "desde el ascensor se tiene acceso a una vista panorámica de toda su habitación"

G

Pues teniendo en cuenta que da a un patio interior, la luz sin duda es un factor relevante aunque lo de las "vistas", pues habría que analizarlo.

Parece ser que simplemente se obvian estos detalles que destacan en las denuncias.

Y parece ser que utilizan como defensa algo que me parece bastante injusto, como la apreciación de los otros vecinos por la instalación del ascensor:

"no se ha acreditado una incidencia especial ni diferente en la vivienda de la demandante respecto de los demás propietarios de viviendas con la misma ubicación. "


Si a ti te perjudica y denuncias, qué culpa tienes tú si a los demás no les importa y lo dejan estar.

Ahora, lo que sí me parece relevante es el nuevo valor de la vivienda ya con el ascensor en frente de la habitación, comparado a al valor si no existiera ascensor. Pero por motivos que no indican, el perito esa parte se la ha saltado:

"revalorización de las viviendas en el mercado, «extremo este que no ha sido tomado en consideración por el perito a la hora de establecer la minusvaloración que conforma sus conclusiones»."


Si hubiesen realizado una correcta evaluación de este punto, no me extrañaría que la indemnización hubiera sido mayor.

m

#5 En ese caso la faena para la propietaria del piso fue que por desconocimiento de como iba a transcurrir el juicio no pidió que peritaran cuanta luz tenía antes de las obras para poder comparar después.

K

Por lo visto la vecina afectada no fue a la junta extraordinaria donde se aprobó por unanimidad la instalación del ascensor.

z

Que el Supremo tenga que entrar en estos asuntos tan mundanos es signo de un funcionamiento absurdo de la justicia.

Entre su lento acogimiento de las nuevas tecnologías, sus recursos y recursos de recursos, la jurisprudencia que se aplica como a cada juez le sale de las narices y el no cobrar a los que abusan de la justicia, así le va al tercer poder.

J

Podrían, por lo menos, haber hecho las paredes con cristal por poco más desembolso, y pensando en no perjudicar a los demás.