Hace 7 años | Por pepitadinamita a cuartopoder.es
Publicado hace 7 años por pepitadinamita a cuartopoder.es

La Fiscalía asegura que no se ha probado que se haya cometido un delito. El PP, por su parte, también ha presentado un recurso asegurando que «no existía información en los discos». ¿Que los discos no contenían información? Por eso, por no contener información los borraron 35 veces 35, no una ni dos, 35 y hasta su total destrucción. ¿Por si acaso entonces?

Comentarios

D

Era por la ley de protección de datos malpensados

A

Pero al final, ¿qué tipos de formateos hicieron?. Porque no es lo mismo hacer 35 formatéos rápidos, que 35 formatéos a bajo nivel. Hacer 35 formatéos rápidos para borrar datos es un poco de gilipollas.

hijolagranputa

El PP nunca infringe la ley, y para eso tienen fiscales de confienza ( Gracias, Sra. Alicia Sánchez Camacho por reconocerlo)... y si hace falta se cambia la ley para que no le pase nada.

elgranpilaf

Gran éxito de Michael Jackson

Kantinero

Buen artículo

WarDog77

La conducta típica consiste en ocultar, alterar o inutilizar alguno de los elementos que constituye el objeto material, con la finalidad de impedir el descubrimiento del delito. La ocultación incluye comportamientos de esconder o tratar de evitar que sea vista una persona o cosa (STS 178/2006, de 16 de febrero). Un importante sector doctrinal admite que la ocultación puede realizarse bien mediante una conducta activa —esconder, disfrazar o tapar— (Conde-Pumpido Ferreiro, 1955, 229), o mediante una conducta pasiva —callar lo que se conoce— (ibidem, 229-230). La alteración comprende conductas consistentes en modificar o cambiar el aspecto, la naturaleza o las características de los elementos mencionados. Por último, inutilizar abarca conductas de hacer inservible o destruir el cuerpo, los efectos o los instrumentos del delito de manera que no puedan ser utilizados como prueba del delito previo

http://www.asesoriayempresas.es/practica/JURIDICO/219667/que-tres-clases-de-encubrimiento-regula-el-codigo-penal

Resulta obvio que si se destruyen e inutilizan las pruebas no se podra demostrar que estas contenían información inculpatoria. Es por ello que lo que se pena es la ocultación de forma activa de información que pudiera ser de interés a la justicia.

D

Lo que a mi me llamó la atención fue el supuesto informático que dijo que hacer eso era lo más normal y habitual, toma ya

c

#5 Pues sí, lo es. Cuando lo que quieres es borrar la información.

Kantinero

#5 Pues si, es lo normal en el PP desde la época del bigotes, cuando dejo el gobierno mando formatear todos los ordenadores de presidencia dado que ama mucho a su país y quería a toda costa facilitarle la tarea a su sucesor.