Hace 8 años | Por --432809-- a europapress.es
Publicado hace 8 años por --432809-- a europapress.es

El Tribunal Supremo ha concedido la pensión a un hombre con una discapacidad del 46 por ciento que quedó huérfano y a quien la Seguridad Social denegó una pensión alegando que tenía un hermano y que éste tenía el deber de "prestarle alimentos". Reprocha al INSS que no le concediera la prestación pese a cumplir el caso los requisitos que aparecen en la propia 'web' de la institución.

Comentarios

dulaman

Hay un requisito que no aparece en la web pero que es el más importante ¿tenía o no tenía carné del partido?

fofito

Rajoy tiene dos hermanos.
Desde aquí solicito se le retire toda ayuda al padre del Presidente del gobierno para el cuidado de su padre.
Sus hermanos, y el mismo,tienen el deber de atender a su padre.

D

#5 Hasta donde yo sé (no mucho, que no soy abogado) puedes negarte a prestar alimentos, pero eso conllevaría desheredación. Además, no estás obligado si la persona necesitada comete cierto tipo de faltas, que supongo que es a lo que te refieres con "hay padres y padres".

D

yo flipo con algunas leyes, qué coños es esto del deber de "prestarle alimentos"? Y si resulta que por muy hermanos que sean no se hablan desde hace treinta años?

Mister_Lala

#2 Idem para los hijos

D

#3 pues no me parece bien que la justicia se meta en estos temas, no todos los padres merecen que sus hijos se ocupen de ellos, hay padres y padres

D

Se puede saber el nombre del funcionario que dijo lo del hermano?