El artículo de la Constitución japonesa figuró dos veces en la nominación para el Premio Nobel. El Artículo 9 limita la defensa de Japón a un grupo de Fuerzas de Autodefensa. Entró en efecto con la Constitución, EN 1947, después de la ocupación estadounidense y la disolución del Ejército que perdió la Segunda Guerra Mundial. Por eso, en términos estrictamente legales, las Fuerzas de Autodefensa no son fuerzas aéreas, marítimas ni terrestres; sino una extensión de la policía nacional y no tienen poder para luchar en territorios extranjeros.
Comentarios
y para cuándo el Nobel de la Paz para la Virgen del Pilar?
El artículo es para enmarcarlo, pero les costó tirarles dos bombas nucleares para ser buenos.
Pues porque como no hay ningún candidato fīsico, a algo se lo tendrån que dar.
Pero si se acaban de follar la constitución...