Publicado hace 5 años por Meneante_reincidente a planetadiego.com

La mayor y mejor parte de la cultura de la humanidad fue producida mucho antes de que existiera el derecho de autor y las entidades que lo gestionan. La obra de Mozart, El Quijote, o los frescos de la Capilla Sixtina son algunos ejemplos. Voy a llegar más lejos. De haber existido las actuales leyes de Copyright, seguramente William Shakespeare no hubiera podido desarollar su talento.

Comentarios

themarquesito

Mal empezamos. Los libros en la edad moderna sí que gozaban de protección legal, concretamente bajo la fórmula denominada privilegio de impresión. Así, por poner un ejemplo, Cervantes gozó de privilegio de impresión para el Quijote por un período de diez años para imprimir o hacer imprimir el libro con los impresores que él quisiese tanto en Castilla, como en Aragón, como en Portugal.
Aquí el privilegio de Castilla, del que Cervantes hizo uso para imprimir el libro con Juan de la Cuesta y que lo vendiese el librero Francisco de Robles.
https://cvc.cervantes.es/literatura/clasicos/quijote/edicion/parte1/el_rey/default.htm
Para imprimirlo en la Corona de Aragón, negoció los derechos con el impresor valenciano de orígenes flamencos Pedro Patricio Mey.
http://bivaldi.gva.es/es/consulta/registro.cmd?id=9356

Ese mismo año apareció ya una edición pirata en Lisboa, impresa por Pedro Craesbeek, si no recuerdo mal. Al poco también se estaba imprimiendo en Flandes.
https://dialnet.unirioja.es/descarga/articulo/5719672.pdf

o

#1 creo que estás mezclando temas

themarquesito

#2 No tanto. He ido a por la primera frase, que me parece una mala introducción por ser inexacta, ya que los derechos del autor existían ya en el siglo XVI.

o

#3 tienes razón. Aunque el artículo deriva a otra cosa, empieza como dices.

Nova6K0

#3 Sí y el periodo de protección era de 14 años. Para que los intermediarios no pudieran acceder a esas obras. De tal manera que se generaba un monopolio temporal para dicha protección ¿Qué hacen ahora las leyes de copyright? Proteger a los intermediarios, justo lo contrario.

Además los derechos de autor si aparecen es como forma de incentivar a la creación, por eso su duración era tan corta (para que narices vas a crear más si hasta tus hijos/as pueden vivir del cuento 70/80 años después de tu muerte) y que la gente tuviese obras a las que acceder.

Por mucho que digan y se hable de creatividad. Las leyes actuales no la favorecen y la falacia creatividad-copyright es eso una falacia. Solo me hace falta ver la Industria de la música... en realidad lo que lleva siendo desde hace décadas. Pura apariencia y mucho marketing y publicidad.

Salu2

themarquesito

#5 No era de 14 años, al menos conforme a las leyes de Castilla, de Aragón, de Portugal, o de Flandes. El tiempo era variable, a estimación del Consejo. Cervantes solicitó privilegio por 20 años, entendiendo que es una obra larga y que le llevó no poco tiempo y esfuerzo escribirla, pero el Consejo le dio privilegio sólo por 10 años. También había privilegios por 3, 4, 5 años, o más, y no siempre eran para el autor, sino que también se podía proteger al impresor.
Aquí un ejemplo de un privilegio por 5 años a un impresor-librero.

Meneante_reincidente

Esto es el Menáme que le gusta a la gente, no el House Organ de Podemas

Nova6K0

Eso no son derechos de autor como tal. Son "privilegios" (por ejemplo el privilegio de impresión) la primera norma de copyright o derechos de autor como tal y de donde parte todo es del Estatuto de (la Reina) Ana de 1710.

Si seguimos lo mismo. También el Arcipreste de Hita creó lo que sería la primera licencia libre:

https://ningunterra.com/2010/05/12/arcipreste-de-hita-y-creative-commons/

Salu2

themarquesito

#7 Es un medio de protección legal que protege al autor (o editor) frente al uso indiscriminado de su obra o edición. No había una norma general, sino que el Consejo dictaminaba en cada caso particular. Del caso del Quijote, extracto del privilegio, que deja clara la protección del autor:
Por la cual, por os hacer bien y merced, os damos licencia y facultad para que vos, o la persona que vuestro poder hubiere, y no otra alguna, podáis imprimir el dicho libro, intitulado El ingenioso hidalgo de la Mancha, que desuso se hace mención, en todos estos nuestros reinos de Castilla, por tiempo y espacio de diez años, que corran y se cuenten desde el dicho día de la data desta nuestra cédula. So pena que la persona o personas que sin tener vuestro poder lo imprimiere o vendiere, o hiciere imprimir o vender, por el mesmo caso pierda la impresión que hiciere, con los moldes y aparejos della, y más incurra en pena de cincuenta mil maravedís, cada vez que lo contrario hiciere

Nova6K0

#8 Pero no eran "derechos de autor" como tal. Eran protecciones, licencias, privilegios, usos,... Si no por esa lógica el copyleft habría nacido mucho antes de lo que realmente nació y lo del Arcipreste de Hita es un ejemplo.

Salu2