Hace 17 años | Por mariano_luque a genbeta.com
Publicado hace 17 años por mariano_luque a genbeta.com

Argentina Folclore, un portal que llevan desarrollando desde hace tiempo y donde podremos encontrar una serie de músicos independientes argentinos que licencian sus obras bajo Creative Commons. De ese modo, podemos encontrar en la página sus discos con la posibilidad de descargarlos gratuitamente. Además de la descarga de discos, también encontramos otras secciones como biografías de los artistas, vídeos, un blog con noticias sobre los músicos Enlace Directo: www.argentinafolclore.com

Comentarios

Q

Seguro que multiplican sus ventas y los contratos de conciertos, por mucho que la SGAE quiera hacernos creer.

mariano_luque

SGAE? Te comento que estamos en Argentina, y este portal esta hecho por musicos como yo y para musicos independientes, aquellos que no tenemos la posibilidad o la decision de no pertenecer a ningun sistema.

Don_Raspu

Van a disculpar mi torpeza, pero en dicho portal no visualizo en ninguna parte la licencia CC específica escogida por cada artista.

mariano_luque

Están al pie de la primera pagina (index.php) y en la seccion discoteca

Don_Raspu

¡Ah que bruto Dios mío!, me llega a dar verguenza. no sé como no lo vi :_)

Don_Raspu

mariano:

Me extraña que permitiendo el uso comercial delos temas (lo cual ya es mucho pedir, lo cual merece mis más sinceras felicitaciones) no permitan la creación de obras derivadas a partir de ellos, lo cual enriquecería aún más el repertorio del folclore.

mariano_luque

Me parece muy acertada tu observación, el tema es que ya fue muy dificil explicar y convencer a los musicos de este tipo de distribución, pero la creacion de obras derivadas no lo han entendido es su totalidad, y creo que es mejor dar pequeños pasitos. Poco a poco iran comprendiendo que el futuro de la música es este medio. Es el primer portal que se anima a desafiar a los monstruos financieros (hablo de música folclorica) pero fueron entendiendo que es mejor esto, de que SADAIC (algo parecido a SGAE) cobra impuestos por cantar nuestros propios temas, y nunca cobramos derechos por ellos. Vuelvo a agradecerte la observación

Don_Raspu

#7 Comprendo perfectamente, y sí, es muy probable que el concepto de obra derivada y sus beneficios no se hayan comprendido muy bien. De todas maneras ha sido un paso bastante importante.

Don_Raspu

#7 Quizás podrían explicárselo con un ejemplo:

Imagina que tengo un grupo y me interesan algunoas de esas canciones. La licencia By-Nd me permite interpretar esos temas ya sea para la grabación de un CD o para una actuación en vivo, e incluso ganar dinero con ello. Sin embargo la condición "Sin obras derivadas" no me permite darle un toque personal a esos temas (traducirla a otro idoma, usar mi propio arreglo musical, etc.) obligándome a sacar de oído la tablatura original o contactarme con el autor para obtener una copia de estas tablaturas. Imagínate que 10 grupos más se interesen en interpretar esa misma canción, en los 11 casos la canción tendría que sonar absolutamente igual.

mariano_luque

muy buen ejemplo, ya lo pongo en practica, gracias!!!