En concreto, los artículo 54 y el 55 de una ordenanza que también regula la música o los mimos callejeros, consideran "muy grave" las conductas tipificadas si se realizan "en espacios situados a menos de doscientos metros de distancia de zonas residenciales, centros educativos o cualquier otro lugar donde se realice actividad comercial o empresarial alguna". La falta leve -es decir, la que implique ser multada fuera de esa distancia- equivale a multas de hasta 750 euros. La muy grave, de 3.000.
Comentarios
Lo que tienen que hacer es regularizar y no prohibir...
Sin embargo, sus ediles pagan 50 euros por su utilización y en concepto compensatorio, claro está.
Hipócrita piara política, gran parte de la población (hay políticos adictos) usa los servicios de las prostitutas y siguen sin regular esa actividad condenando a ese mundo a la marginalidad y la delincuencia ¡¡hipócritas!!
Y multarán también a mimos y artistas callejeros como indica la noticia.
Hoy, a las 21 horas en la Plaza del ayuntamiento ENTIERRO POR LA CULTURA EN LA CALLE de Granada.
#6 Quitando el sabor de ciudad cultural, moderna, divertida...
Ni en la Edad Media pasaba esto...
Solo la callejera? Es de hipócritas y retrogrados.
O sea... el Ayuntamiento de Granada ya no puede ejercer en la calle...
Relacionada: http://www.elpais.com/articulo/andalucia/Convivir/mimos/mendigos/elpepiespand/20091111elpand_10/Tes
Chorrada...