Hace 14 años | Por dunachio a elmundo.es
Publicado hace 14 años por dunachio a elmundo.es

En concreto, los artículo 54 y el 55 de una ordenanza que también regula la música o los mimos callejeros, consideran "muy grave" las conductas tipificadas si se realizan "en espacios situados a menos de doscientos metros de distancia de zonas residenciales, centros educativos o cualquier otro lugar donde se realice actividad comercial o empresarial alguna". La falta leve -es decir, la que implique ser multada fuera de esa distancia- equivale a multas de hasta 750 euros. La muy grave, de 3.000.

Comentarios

vigatana

Lo que tienen que hacer es regularizar y no prohibir...

D

Sin embargo, sus ediles pagan 50 euros por su utilización y en concepto compensatorio, claro está.

D

Hipócrita piara política, gran parte de la población (hay políticos adictos) usa los servicios de las prostitutas y siguen sin regular esa actividad condenando a ese mundo a la marginalidad y la delincuencia ¡¡hipócritas!!

jacm

Y multarán también a mimos y artistas callejeros como indica la noticia.

Hoy, a las 21 horas en la Plaza del ayuntamiento ENTIERRO POR LA CULTURA EN LA CALLE de Granada.

D

#6 Quitando el sabor de ciudad cultural, moderna, divertida...
Ni en la Edad Media pasaba esto... roll

kumo

Solo la callejera? Es de hipócritas y retrogrados.

M

O sea... el Ayuntamiento de Granada ya no puede ejercer en la calle...

I

Chorrada...