Hace 12 años | Por inbox a efe.com
Publicado hace 12 años por inbox a efe.com

Borrador sobre la reforma laboral prevista para este Viernes. El texto en rojo corresponde a las modificaciones respecto la ley actual. Fuente: agencia EFE.

Comentarios

M

#2 Eso es extinción de contrato y lleva siendo 12 días por año durante mucho tiempo. Al menos desde el 95. No se porqué lo ponen en rojo:

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Laboral/rdleg1-1995.t1.html#a49

anxosan

Sigo leyendo...

- Se crea el "Fondo de Capitalización" (Sistema austríaco), con validez desde el 1 de enero de este año, y que permite al empresario no pagar días de indemnización por despido según las condiciones establecidas en ese fondo. (Disposición final del RDL)

- Se permite que las empresas distribuyan irregularmente el tiempo de trabajo, además de los horarios. (Art. 41)

- Se establece que pueda pagarse por debajo del convenio del sector si la empresa dice que sus "perspectivas" se pueden ver dañadas por pagar más. (Art 82.3 y 4)

No soy ningún experto en el tema pero esto a mi me huele raro.

Fingolfin

#7 El "fondo austriaco" no es más que la implementación de una medida aprobada en la reforma de zapatero, y cuya ejecución se había postergado en teoría a 2013 porque en la situación actual habría sido necesario aumentar las cotizaciones del trabajador. Me parece muy raro que se diga que se constituirá en el plazo de un año y que se va implementará a partir del 1 del 2012, ¿seguro que este documento es real?

anxosan

#9 Según entiendo yo el texto (y repito que no soy ningún experto) al permitir que no se pague indemnización en función de las condiciones establecidas en el fondo, entiendo que se desviará dinero de las cotizaciones al fondo, de modo que este no sea un elemento complementario sinó substitutivo.
Posiblemente se crea a partir del 1 de enero de modo que pueda hacerse retroactivo a todo este año. Ya veremos.

D

En rojo va lo que nos va a dar por culo. Y naturalmente no va a crear ni un mísero puesto de trabajo.

anxosan

Vaya, y para eso me leo yo esto.

anxosan

Y acabo (Seguro que me he saltado muchísimas cosas substanciales por no saber de qué tratan o no darme cuenta de sus implicaciones)

- La actividad de "contratar" trabajadores para cederlos temporalmente a otras empresas se hará exclusivamente por las

editado:
(16.3) Y estos tendrán los derechos de los trabajadores de la empresa a la que son cedidos según lo establecido para ese puesto de trabajo completo (pag 36) y no en general para la empresa.

- Se considera grave rechazar una oferta de trabajo adecuado... pero también cuando esa oferta sea realizada por una Agencia de Colocación (que pueden ser con ánimo de lucro). Esto me da que puede traer problemas.

Supongo que las ETT estarán contentas, los sindicatos seguirán callados, los trabajadores aguantarán aunque se sientan jodidos, y en realidad ninguna de estas medidas solucionará nada del problema del paro en España.

difusion

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Hace 12 años | Por difusion a elmundo.es


PPSOE = Incompetencia, necedad y vagancia absoluta sobre la gestión de un país.

difusion

Ruina, miseria y basura, mucho trabajo basura.

bajoqueta

Leer este borrador nos permitirá.... nos permitirá... nada, creo que encoger el culo y saber la que se nos viene, que impotencia.

Me viene un ejemplo gráfico, algo asi como estar en una sala de reunion y sientes que un pedo se te va a escapar, pero no puedes evitarlo porque hasta que no acabes, no puedes salir,

m

También se puede hacer algo muy, muy loco: que despedir a un trabajador cueste el doble.
Argentina, febrero de 2002
DECRETO 264/2002 Reglamentación Duplicación de la indemnización
http://www.portaldeabogados.com.ar/portal/index.php/leyes/55-decretosnacionales/265-264-doble-indemnizacion.html

Tiene varias excepciones y condiciones en las que no se aplica, pero al menos aquí evitó que se despida indiscriminadamente (excluyendo muchos puestos de trabajo no registrados), lo cual en una situación de crisis puede generar un círculo vicioso.

Larjedano

Resumen breve de las 41 páginas: estamos jodidos.