Hace 11 años | Por --221617-- a europapress.es
Publicado hace 11 años por --221617-- a europapress.es

Dos españoles del mismo sexo no pueden casarse en embajadas españolas ubicadas en países que no reconocen estas uniones, según...

Comentarios

WarDog77

Si la embajada es, juridicamente, territorio español no veo porque no se han de poder casar en ella con todas las de la ley (vamos como si fuese en territorio naciona), otra cosa es que luego en el pais donde esta la embajada reconozcan o no ese matrimonio.

torpedo

#2 exacto.

oso_69

#2 y #3 Al parecer, casarse fuera del territorio nacional, en una embajada, se denomina "matrimonio consular", y tiene una normas especiales.

"Para que se pueda celebrar el matrimonio consular en la Sección Consular de una Embajada de España o en un Consulado de España, es preciso tener presente el artículo 5 f) del Convenio de Viena sobre Relaciones Consulares de 24 de abril de 1963. Es decir, que el Cónsul pueda actuar en calidad de funcionario del Registro Civil y, por lo tanto, celebrar un matrimonio consular «siempre que no se opongan las leyes y reglamentos del Estado receptor»."

http://www.maec.es/ca/RecopilacionOrdenes/Paginas/3.237.aspx

D

#2 Yo te explico por qué no se puede: porque es pecado.

sorrillo

Aunque nada les impide contratar una hipoteca conjuntamente.

tiopio

Y no se podrían casar por poderes?

r

Entonces un matrimonio gay no podría viajar a un país donde no reconocen el matrimonio homosexual. Yo creía que las embajadas eran territorio del país correspondiente y se aplica la legislación correspondiente. Otra cosa es no hacer bodas homosexuales para evitar tensiones entre la embajada y el país donde se sitúa.