Artículo de la ley hipotecaria española que concede a la Iglesia Católica la potestad de inscribir a su nombre en el Registro de la Propiedad bienes que no estaban inscritos a nombre de nadie.
#2:
¿No se podría denunciar por anticonstitucionalidad?
Es decir, quizás esa ley viole el principio de igualdad de todos los Españoles, ya que si una empresa o sociedad cualquiera no puede hacerlo, ¿Porqué si la Iglesia?
#5:
esto es bochornoso, la iglesia no puede tener privilegios en una sociedad laica como la nuestra. Los gobiernos del PSOE han mirado para otra parte y se han tapado la nariz, pues sino esto haría ya mucho tiempo que no existiria
¿No se podría denunciar por anticonstitucionalidad?
Es decir, quizás esa ley viole el principio de igualdad de todos los Españoles, ya que si una empresa o sociedad cualquiera no puede hacerlo, ¿Porqué si la Iglesia?
esto es bochornoso, la iglesia no puede tener privilegios en una sociedad laica como la nuestra. Los gobiernos del PSOE han mirado para otra parte y se han tapado la nariz, pues sino esto haría ya mucho tiempo que no existiria
#24 Si, era una bromilla, jeje. ¿Qué quiere decir? ¿qué mediante un edicto a la última persona que estaba como propietaria en el catastro (aunque sea hace un siglo) si no protesta esta pasa a ser de la persona o entidad que la reclama?
pd. también es necesario un edicto a los vecinos colindantes.
pd2 un edicto es una nota en el tablón de anuncios del ayuntamiento, con diez días para que se reclame.
creo que hay que darle máxima difusión a estos abusos, y no dejar de informarse: http://www.plataforma-ekimena.org/
PERO lamentablemente esta noticia está duplicada y es bastante antigua!
Espero que el resto de españoles podamos hacer lo mismo porque de ser así, que es lo que toca, ya podemos andar buscando lugares sin dueño y ponerlos a nuestro nombre.
La inmatriculación de fincas que no estén inscritas a favor de persona alguna se practicará:
Mediante expediente de dominio.
Mediante el título público de su adquisición, complementado por acta de notoriedad cuando no se acredite de modo fehaciente el título adquisitivo del transmitente o enajenante.
#23 Esta escrito en castellano, pero usando las palabras especificas para definir cada cosa, de igual forma que no es lo mismo parar, estacionar que aparcar.
Es lo que tiene el lenguaje juridico, al igual que el cientifico, el tecnico o el informatico: que hay que descifrarlos si los desconoces.
Comentarios
Esto es un escándalo
¿No se podría denunciar por anticonstitucionalidad?
Es decir, quizás esa ley viole el principio de igualdad de todos los Españoles, ya que si una empresa o sociedad cualquiera no puede hacerlo, ¿Porqué si la Iglesia?
#2 si tenemos que denunciar cosas que violen el principio de igualdad de los españoles no terminamos nunca
Ahhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhhh, me dan úlcera!!!
#11 El problema es que no sólo violan el principio de igualdad...
#10 Y si dios no existe... ¿porqué existen ellos?
#11: Pues por algo habrá que empezar.
Aparte de que ya ha salido el tema varias veces, mira la fecha: 9/12/2010
esto es bochornoso, la iglesia no puede tener privilegios en una sociedad laica como la nuestra. Los gobiernos del PSOE han mirado para otra parte y se han tapado la nariz, pues sino esto haría ya mucho tiempo que no existiria
http://www.meneame.net/search.php?q=repor iglesia > La iglesia católica pone a su nombre las propiedades que no son de nadie-Con la Iglesia hemos topado
La iglesia católica pone a su nombre las propiedad...
rtve.esY de hecho, lo ha hecho, y mucho.
Estado laico, dicen...
La iglesia puede hacer lo que le salga de los cojones, por que es dios.
Como la SGAE... Lo peor es que en el caso de esta, si existen esos dueños, por lo general.
Salu2
...siempre robando, como siempre, por los siglos de los siglos.
La escandalera más ampliada y con el vídeo del documental http://www.lasmalaslenguas.es/2010/12/14/pp-expolio-en-la-casilla-iglesia/
#24 Si, era una bromilla, jeje. ¿Qué quiere decir? ¿qué mediante un edicto a la última persona que estaba como propietaria en el catastro (aunque sea hace un siglo) si no protesta esta pasa a ser de la persona o entidad que la reclama?
pd. también es necesario un edicto a los vecinos colindantes.
pd2 un edicto es una nota en el tablón de anuncios del ayuntamiento, con diez días para que se reclame.
creo que hay que darle máxima difusión a estos abusos, y no dejar de informarse: http://www.plataforma-ekimena.org/
PERO lamentablemente esta noticia está duplicada y es bastante antigua!
vergonzoso
Esas son las leyes que los partidos sancionan en las cortes. Menos quejarse, y más mirar a quienes votamos.
Espero que el resto de españoles podamos hacer lo mismo porque de ser así, que es lo que toca, ya podemos andar buscando lugares sin dueño y ponerlos a nuestro nombre.
País.
Una total vergüenza!! que bajo el yugo del miedo se esclavice y se expolie en todo aspecto a los humanos
Pienso que abusan de la buena fe de la gente (claro que para eso son hombre de fe).
Relacionada:
La Iglesia inscribe como propios miles de inmuebles
La Iglesia inscribe como propios miles de inmueble...
elpais.comLa iglesia y cualquiera: Artículo 199.
La inmatriculación de fincas que no estén inscritas a favor de persona alguna se practicará:
Mediante expediente de dominio.
Mediante el título público de su adquisición, complementado por acta de notoriedad cuando no se acredite de modo fehaciente el título adquisitivo del transmitente o enajenante.
Mediante el certificado a que se refiere el artículo 206, sólo en los casos que en el mismo se indican.
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/lh.t6.html
#7 Por que estas cosas no están escritas en castellano.
#23 Esta escrito en castellano, pero usando las palabras especificas para definir cada cosa, de igual forma que no es lo mismo parar, estacionar que aparcar.
Es lo que tiene el lenguaje juridico, al igual que el cientifico, el tecnico o el informatico: que hay que descifrarlos si los desconoces.