Hace 10 años | Por Kristina2 a laweblegal.com
Publicado hace 10 años por Kristina2 a laweblegal.com

Tener una caja de seguridad en una entidad bancaria siempre ha sido uno de los métodos más seguros de proteger nuestros bienes más valiosos y que queremos tener salvaguardados del interés ajeno. Estas cajas de seguridad siempre se han considerado prácticamente inexpugnables, incluso para los entes como Hacienda que quieran “meter mano” en ellas para cobrar las deudas de deudores fiscales y otros.

Comentarios

K

Efectivamente, con autorización judicial si, pero Hacienda unilateralmente no

WarDog77

#3 La verdad, no lo entiendo, no es un domicilio, es como si te registran el coche.

K

Las entidades bancarias recurrieron a los tribunales económico-administrativos las requisitorias sobre las cajas fuertes sin intervención judicial y alegaron que la búsqueda por la Inspección de Hacienda de información sobre los billetes de 500 (que es lo que buscaban) no justifica estos requerimientos, porque pueden guardarse en los domicilios y ello no conllevaría la justificación de la inspección a sus inquilinos o el registro de su vivienda, para lo que sería necesaria una orden judicial.
Parece ser que esos recursos van a llegar a buen puerto.

sergiotoc

En resumen. Si un juez dice que si. Será que sí.

D

#1 Pero es la primera vez que sale que Hacienda no puede hacer nada. Muy buen articulo.