El Tribunal Supremo (TS) establece que en los casos en los que a los padres se les reconoce la paternidad judicialmente, la Seguridad Social debe calcular tanto el permiso como la prestación por nacimiento en la fecha de la sentencia y no en la del parto. De este modo, al ser posterior la primera, los padres podrán beneficiarse de más semanas de baja. El caso resuelve el litigio entre un hombre, al que se le reconoció judicialmente la paternidad en una sentencia de marzo de 2021, aunque el hijo nació en agosto de 2019.
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