Hace 11 años | Por marcmed2231 a ahorro.acierto.com
Publicado hace 11 años por marcmed2231 a ahorro.acierto.com

El Tribunal Supremo ha condenado a Mapfre a pagar 120.500 euros más intereses a los herederos de un conductor que falleció el 21 de diciembre de 2002 cuando circulaba con una tasa de alcohol en sangre de 2,23 gramos por litro. El máximo permitido en España se sitúa en los 0,5 gramos por litro en sangre.

Comentarios

noexisto

Positivo porque le conozco de la facultad, no sólo es un excelente profesor, sino que como magistrado le he leido excelentes sentencias en la audiencia.
Lo digo en serio #0 etiqueta Arroyo Fiestas, no sabía que estaba en el Supremo

noexisto

Positivo porque le conozco de la facultad, no sólo es un excelente profesor, sino que como magistrado le he leido excelentes sentencias en la audiencia. Y sabe de comunitario ....
Lo digo en serio #0 etiqueta Arroyo Fiestas, no sabía que estaba en el Supremo

mackjavi

En cualquier caso está demostrado científicamente que el alcohol reduce notablemente nuestra capacidad de conducir y está penado por la ley con sanciones que pueden llegar a la retirada del carnet de conducir y 500 euros de multa.

Los 500 euros aun me parecen poco para algunos

D

#2 Si supera una cierta tasa de alcohol en sangre pasa a ser delito penal.

http://www.cea-online.es/reportajes/alcoholemia.asp

Innana

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