Hace 9 meses | Por Bifaz a youtube.com
Publicado hace 9 meses por Bifaz a youtube.com

El artículo 47 de la CE dice "Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación. La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos." Pero... ¿Existe este derecho a la vivienda? Veamos la realidad del artículo 47 de la CE.

Comentarios

kkmonokk

#9 Según esa interpretación de los capítulos, la constitución está mal redactada.

tdgwho

#16 Porqué?

kkmonokk

#17 Porque para indicar solo unas lineas generales usan la frase "Todos los españoles tienen derecho a..."

kkmonokk

#19 yo no he dicho que tenga que ser gratis

tdgwho

#20 El caso es que por ejemplo, cuando se habla de los ocupas, el artículo 33 (propiedad privada) está un escalón por encima del 47 (principio rector sobre la vivienda)

El 33 está protegido por ley ordinaria, y vincula a los poderes públicos a defenderlo. El 47 no.

kkmonokk

#21 ¡Ahí le has dado!

Los que interpretáis la constitución así (sois muchos, no es nada personal), implícitamente interpretáis que la vivienda no es un derecho de todos los Españoles.

Algunos sacamos la lectura de que la constitución sirve de poco a esta sociedad.

Será que somos unos locos que leemos "Todos los españoles tienen derecho a..." e interpretamos que "Todos los españoles tienen derecho a...". ¡Qué estamos muy locos!

tdgwho

#24

No es interpretación, el artículo 53 establece los niveles.

Primero los derechos fundamentales, luego los derechos y libertades, y por último, los principios rectores.

No es interpretación, es que está así escrito desde el 78.

kkmonokk

#28 Pues eso, que interpretamos el artículo 53 como niveles jerárquicos en lugar de literalmente, y los principios rectores son como los pimientos de padrón: unos se aplican, e outros non. De derechos nada.

Es lo que tiene interpretar la constitución como los curas interpretan la biblia.

tdgwho

#35 No es interpretar, es leer.

Los articulo recogidos en la sección primera del capitulo 2 del titulo 1 + el articulo 14 + el 30.2 están desarrollados por ley orgánica, cabe el derecho de amparo, y vinculan a los poderes públicos.
Los de la sección segunda, del capitulo 2 del titulo 1 (salvo el 30.2) se desarrollan por ley ordinaria, cabe el derecho de inconstitucionalidad, y vinculan a los poderes públicos.
El capitulo 3, no podrá ser protestado nada frente a un juez, y no vincula a los poderes públicos.

Y verás cuando vaya un no-binario a querer casarse, porque la constitución no da el derecho al matrimonio a todos los españoles, si no solo al hombre y la mujer (art 32)

kkmonokk

#36 Prácticamente estás diciendo que el capítulo 3 es un brindis al sol.

Entiendo en que te basas, la frase "el reconocimiento, el respeto y la protección de los principios reconocidos en el Capítulo tercero informarán la legislación positiva, la práctica judicial y la actuación de los poderes públicos" se puede interpretar como un brindis al sol. Y si se interpreta así, este capítulo no sirve para nada.

Y, volviendo al principio, esta interpretación contrasta mucho, por no decir contradice, con la frase "Todos los españoles tienen derecho a..."

tdgwho

#37 Sigues insistiendo en interpretar.

El articulo 53 no está siendo interpretado.

Eres tu el que interpreta en el 47 "derecho a" como algo inalienable.

La constitución es una "ley" en su conjunto, no puedes parar de leer donde quieras.

kkmonokk

#38 Interpreto "derecho a" como "derecho a". ¡Denúnciame!

tdgwho

#39 Quien ha hablado de denunciar?

Estás interpretando las cosas como te da la gana, pero por suerte, la constitución no te da la razón. Y con eso me basta.

kkmonokk

#40 En España la constitución puede dar la razón a cualquiera, sobre todo si la interpretas tú!

tdgwho

#41 Aqui el único que habla de interpretar, eres tu.

Yo solo leo.

No me rebajes a tu nivel

kkmonokk

#42 Por ejemplo, la enumeración de los capítulos que hace el artículo 53 tú la interpretas como niveles. Y, según esta interpretación, concluyes que donde pone "Todos los españoles tienen derecho a..." no significa en realidad que "Todos los españoles tienen derecho a...".

Te repito que no es personal, que no estás solo. Pero tendrás que comprender que a muchos esto nos parece una tomadura de pelo, simplemente.

tdgwho

#43 jaja, yo interpreto como niveles? lol

Me puedes decir donde he interpretado?

dime

edit

https://app.congreso.es/consti/constitucion/indice/sinopsis/sinopsis.jsp?art=53&tipo=2

kkmonokk

#44 De tu enlace:

Sinopsis realizada por:
Isabel María Abellán Matesanz. Letrada de las Cortes Generales. Diciembre 2003.
Actualizada por Sara Sieira. Letrada de las Cortes Generales. 2011.
Actualizada por Alejandro Rastrollo Ripollés. Letrado de las Cortes Generales. Diciembre 2017


Lo dicho, no estás solo, pero esto no deja de ser una interpretación.

Es como el capítulo aquel de Futurama, que Nixon les manda a "un lugar donde la constitución no tiene ningún valor" lol

tdgwho

#45 JAJAJAJAJAJA

mira chaval, deja de marear, no te gusta la constitución? lárgate de españa, y si no estás en españa, mejor.

Lo que me faltaba ahora, poner en duda la constitución lol

kkmonokk

#46 ¡Ahí ha salido el fascista que llevas dentro! lol lol lol lol lol

Si no te gusta, vete de españa. Mira lo que pone en tu DNI.

Ni de izquierdas ni de derechas, no?

tdgwho

#47 Retira tus faltas de respeto.

kkmonokk

#48 El respeto te lo has faltado tú a ti mismo. Mira lo que has escrito en #46

Para ti:

tdgwho

#49 No doy mas oportunidades.

Reportado por insultos. Y al ignore.

g

#47 si no esta deacuerdo conmigo = fascista.

Si al martillo todo le parecen clavos...

kkmonokk

#60 Si no estás de acuerdo conmigo, vete del país. ¿Cómo llamamos a eso?

s

#37 No es un brindis al sol. Este artículo es precisamente el que permite al congreso y al gobierno, tomar medidas para facilitar el derecho a la vivienda. La viviendas de protección social, las limitaciones de precio a los alquileres, el impuesto a los pisos vacios, etc, se sustententan precisamente en este artículo.
Si no existiera, primaria el derecho a la propiedad privada y el libre mercado, y sacar esas leyes seria mucho mas complicado ya que podrian ser impugnables con facilidad en los tribunales.
Esto tiene sentido porque en España, las administraciones solo pueden actuar si hay una ley específica que les autoriza a ella y este articulo es el que autoriza a las administraciones a actuar para facilitar el derecho a la vivienda.

A

#28 Bueno a ver, Todo
eso son tontadas.
Tú vendrás a ayudar al pobre desgraciado al que le han ocupado el piso?
Tú ayudarás al currelito que se ve negro para pagar la hipoteca?
Los ingleses no tienen ninguna constitución y funcionan mejor que nosotros.
País de mucha leyes... Poca justicia

tdgwho

#56 No necesito ayudar a quien le han ocupado el piso, porque para eso está el TC.

No voy a ayudar al que no puede pagar la hipoteca. Nadie le obligó a cogerla.

Pero omitiré lo que pienso de tu comentario.

t

#21 Pues están bajo el mismo
TÍTULO I
De los derechos y deberes fundamentales

tdgwho

#25 SI, pero el artículo 53 establece un orden y una importancia.

t

#27 Joé, un jarro de agua fría. Es como decir que "no te creas lo que has leído anteriormente porque solo es adorno y fantasía"

tdgwho

#29 En ese título, también se habla de la suspensión de derechos, y ambos estamos de acuerdo en que la suspensión de derechos no es ni un derecho fundamental, ni un deber.

No es lo mismo el derecho a la vida, que el derecho a la propiedad privada.

t

#31 Uno espera que todos los derechos que estén en el Título de los Derechos y Deberes Fundamentales, sean todos Fundamentales.

tdgwho

#63 mal esperado.

También tienes las garantías y los casos de suspensión de dichos derechos.

t

#64 Las garantías y los casos de suspensión de los derechos fundamentales es lógico que se encuentren ahí.

tdgwho

#65 pues si aceptas que cosas que no son derechos fundamentales estén, como la suspensión, también los principios rectores

A

#20 Entonces???

kkmonokk

#54 ¿Entonces qué? La educación tampoco es gratis, y es un derecho.

kkmonokk

#3 Pues podrían haberlo escrito correctamente.

No sé, algo así como "se favorecerá...", "las leyes facilitarán...", "el congreso promoverá...", pero no "Todos los españoles tienen derecho a..."

jonolulu

#10 Y no sería rara ninguna de las dos cosas en él

tdgwho

#10 https://app.congreso.es/consti/constitucion/indice/sinopsis/sinopsis.jsp?art=53&tipo=2

En conclusión, a tenor de lo dispuesto en el artículo 53 que se comenta, la protección constitucional de los derechos en nuestra Constitución es escalonada pues resulta reforzada para los derechos fundamentales y libertades públicas de la Sección 1ª del Capítulo Segundo del Título I, ya que, además de su vinculación para todos los poderes públicos y reserva de ley para su regulación (orgánica ex art. 81.1 CE), su ejercicio puede ser tutelado mediante recursos ante la jurisdicción ordinaria y en Amparo ante el TC. Un segundo tipo de derechos que asimismo vinculan a los poderes públicos, y sólo pueden ser regulados por ley; y un tercer grupo denominado "principios rectores de la política social y económica" del Capítulo III del Título I CE que han de inspirar la actuación de los podres públicos e informar la legislación positiva.

Ni me equivoco, ni miento.

arturios

#6 eso lo pusieron al principio al poner "principios rectores".

M

#1 #6 #_3 la parte más importante de ese artículo no es la de Todos los españoles tiene derecho a la vivienda, sino la segunda parte donde TODAS las administraciones están PREVARICANDO. Y es la parte que dice:

"Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación. La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos"

t

#3 vamos, que si, que me das la razón… relleno sin valor menos si conviene a la derecha usar alguno de esos principios rectores para sacar ventaja política a base de hipocresía constitucionalista.

tdgwho

#8 Chorreces.

A

#1 Derecho a la vivienda por supuesto, pero gratis no.
A mí nadie me ha regalado ninguna vivienda y todos los de mi familia, se la han pagado ellos.
Demagogia, la justa.

D

#2 Eso es mentira. Todo lo que la Constitución dice que son derechos, son derechos.
Además suponen una obligación para las Administraciones Públcias, que deben proveerlos.
Solo en los casos de fuerza mayor los podrían negar. Aquí el caso de fuerza mayor es que son unos jetas irresponsables.

p

#2 ...no se considera un derecho constitucional fundamental porque está escrito en una parte ...

Maximilian

#2 como te matiza #32 es un derecho pero no es fundamental.
Está catalogado como principio, es algo hacia donde se debería ir. Y ahí está la estafa, se “debería” pero no se va.

Maximilian

#4 o que todos somos iguales ante la ley

rrkrr

#34 o que dios solo hay uno
... o que solo puede haber un rey

ur_quan_master

#_3 eso es una interpretación "invent" como la de la inviolabilidad absoluta del Rey. Ambas fruto de la roña política y judicial.

arturios

#13 no es un invent como dices, así lo he estudiado yo desde los '80 para las oposiciones, y es que creo que solo los opositores y los catedráticos de derecho constitucional se la han leído.

D

Existe el derecho de todos los españoles a la vivienda y la obligación de las administraciones públicas a dárnoslo.

Los que están en contra del derecho a la vivienda y en general, en contra de los españoles de a pie, te argumentarán una y mil veces de todas las maneras posibles, que aunque la Constitución dice que existe ese derecho, en realidad no existe. No les creas.

Por cierto, esto ya se predijo en "Rebelión en la Granja" de Orwell.

DigitalMaloka

Vivimos en un sistema en el que la libertad se desarrolla por la capacidad de propiedad pero impide la propiedad para la mayoría de las personas

El_Tron

El gobierno progresista lleva 5 años promoviendo las condiciones necesarias y estableciendo las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho.

cocolisto

No sé qué dirá o no la constitución pero si un Estado no puede proporcionar una vivienda digna a familias e individuos entonces es un Estado de pena más que de derechos.

kkmonokk

#_50 necesita una buambulancia 🚑 🚑 🚑

M

Claro que existe, solo hay que ver el esfuerzo con que la defienden los partidos que se autoproclaman “constitucionalistas”.

s

Pero no se ha de poder legislar EN CONTRA del derecho y en contra de la constitución. Como se ha hecho en este caso fomentando la especulación con los terrenos de la vivienda (lo opuesto que dice la constitución que se ha de hacer) con leyes para ello, repartirse muchas ganancias entre el concejal de urbanismo, políticos y amiguetes, mucha gente que perdió las viviendas. Etc Estalló esto al estallar la crisis mundial y se vuelve de nuevo