La encargada de producción de una empresa ha sido condenada como consecuencia de un delito de acoso sexual. La acusada aprovechó su cargo y se dirigió a la víctima en términos como ¡Vaya culo que tienes! tocándole el trasero, lamiéndole la cara, bajándole los pantalones o tocándole los genitales por fuera.El perjudicado recurrió para que se condenase a la acusada por un delito de acoso laboral.La Sección Tercera entiende que no está probado este extremo y decidió rebajar la cuantía diaria de la multa, que inicialmente era de 10€ diarios a seis.
Comentarios
pfff 1.400 euros por acoso. de risa.
¿Quien me dice cuanto saldria si fuese un hombre?
#6 Demasiado me parece, como todos sabemos un hombre está siempre interesado en tener sexo y por eso mismo no puede sufrir acoso.
Por otro lado... un afortunado con el que alguien quería tener sexo
#6 El código penal no hace distinción:
CAPÍTULO III
Del acoso sexual
Artículo 184
1. El que solicitare favores de naturaleza sexual, para sí o para un tercero, en el ámbito de una relación laboral, docente o de prestación de servicios, continuada o habitual, y con tal comportamiento provocare a la víctima una situación objetiva y gravemente intimidatoria, hostil o humillante, será castigado, como autor de acoso sexual, con la pena de prisión de tres a cinco meses o multa de seis a 10 meses.
2. Si el culpable de acoso sexual hubiera cometido el hecho prevaliéndose de una situación de superioridad laboral, docente o jerárquica, o con el anuncio expreso o tácito de causar a la víctima un mal relacionado con las legítimas expectativas que aquélla pueda tener en el ámbito de la indicada relación, la pena será de prisión de cinco a siete meses o multa de 10 a 14 meses.
3. Cuando la víctima sea especialmente vulnerable, por razón de su edad, enfermedad o situación, la pena será de prisión de cinco a siete meses o multa de 10 a 14 meses en los supuestos previstos en el apartado 1, y de prisión de seis meses a un año en los supuestos previstos en el apartado 2 de este artículo.
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lo10-1995.l2t8.html#a184
#11 La clave esta en el punto 3: "Cuando la víctima sea especialmente vulnerable".
¿Crees que no meterian a las mujeres en ese grupo?
Yo creo que si.
#12 Pues no sé qué decirte! El término vulnerabilidad me hace pensar en niños, ancianos y discapacitados en general. En el ámbito laboral deben tener otros factores en cuenta para determinar si alguien está en situación de vulnerabilidad, pero los desconozco.
#18 Ser mujer sí es un factor de vulnerabilidad:
https://www.abogacia.es/2018/04/09/mujer-discapacidad-y-violencia-triple-vulnerabilidad/
https://elpais.com/elpais/2018/11/26/3500_millones/1543226607_217292.html
Por lo tanto si hubiese sido un hombre a una mujer aplicaría el punto 3. (cc #12 )
#6 Pues depende, eso lo tiene que valorar un juez.
Aquí uno condenado a 1000€:
https://www.diariodemallorca.es/sucesos/2016/01/29/condenado-tocar-culo-pechos-joven/1089318.html
CC #7
#13 Pues acabo de encontrar un par que acabaron en el calabozo:
https://www.diariodeburgos.es/Noticia/Z359B9B44-FE92-E6AA-CADF7B523C90C2C7/201901/Detenido-un-hombre-por-acoso-sexual-a-una-empleada-de-hogar
https://www.eitb.eus/es/noticias/sociedad/detalle/5979112/acoso-sexual-empleada-cafeteria-vitoria-9-noviembre-2018/
No se Rick...
#14 Un par no, encontrarás centenares de hombres condenados por abusos sexuales, y las condenas de mujeres son excepcionales, pero sobre todo porque los abusos sexuales los cometen de modo abrumador mayoritariamente hombres.
#17 retuerzo tu logica.
Si la mayoria de atracos los cometen, por ejemplo, digamos, un grupo etnico concreto, digamos seres de luz.
¿Se les deberia condenar mas duramente que cuando los cometan o deberia aplicarse la misma ley independientemente de quien lo cometa?
#26 Se les debe de aplicar la ley.
#27 A todos por igual, independientemente de las estadisticas.
Estamos de acuerdo.
#28 Si, viene en la constitución, y así funcionan las leyes españolas.
#29 No todas...
#6 Nomalmente no sale nada, la mayoría de los abusos ni se denuncian...
#6 2000€ de multa y 2 años de cárcel:
Dos años de cárcel y 2.000 euros de multa por tocar el culo a dos mujeres en Barcelona
Dos años de cárcel y 2.000 euros de multa por toca...
elconfidencial.com#6 Pussypass
Y sigue suelta y acosando hombres.
Justicia matriarcal.
No puede ser verdad, las mujeres son seres de luz y no acosan
No puede ser verdad, un hombre siempre está dispuesto a follar
Algo habrá hecho el empleado.
#4 Tener un culito que ni Tom Holland
#4 Iría provocando.
No puede ser verdad, la justicia es feminazi y nunca condenará a una mujer por acoso
#YoSiTeCreo
#MiToo
#NoEsNo
Mafia AEDE
Ni el Juzgado de lo Penal ni la Audiencia consideran creíbles las manifestaciones de la acusada, que señaló que todo se debía a una broma por su carácter jovial y que lo único que ocurrió es que se produjo una mala interpretación de sus verdaderas intenciones, que no tenían finalidad sexual.
Le toca el culo, le baja los pantalones, intenta besarlo.... Nada que no ocurra todos los días entre compañeros de trabajo.
#23 lamiéndole la cara
Pues si no aguanta una broma que se vaya del pueblo!
Maemia maemia
Uiiii si llega a ser al reves...