Hace 13 años | Por mekanet a fbiurrun.blogspot.com
Publicado hace 13 años por mekanet a fbiurrun.blogspot.com

En el supuesto de hecho se plantea una discriminación de un funcionario en una reclamación de disfrutar su derecho parental a las diez semanas y, añadido, un perjuicio para la trabajadora autónoma que no pudo atender a su negocio por la denegación que hizo la administración de la solicitud presentada por el padre.

Comentarios

mekanet

#3 Si te vale la definición de la RAE http://buscon.rae.es/draeI/SrvltConsulta?TIPO_BUS=3&LEMA=parental

Está admitido como adjetivo: Perteneciente o relativo a los padres o a los parientes.

D

#4 También metieron cederrón y güisqui...

D

¿Parental? Será paternal ¿no?

mekanet

#1 Parental, de padres. En nuestro Derecho, la madre tiene derecho a la baja maternal durante las 6 primeras semanas, mientras que las 10 restantes, pueden ser disfrutadas indistintamente por el padre o por la madre. Si las solicita el padre puede hacerlo de forma simultánea o consecutiva al ejercicio de este derecho por la madre. Así, la madre puede por ejemplo disfrutar de las 6 semanas obligatorias, el padre a la vez de otras 4 semanas, con lo que a la madre sólo la quedarían otras seis.

En este caso, el padre puede pedir los 15 días por paternidad y disfrutar las 10 semanas que le corresponden a cualquiera de los padres. Por eso puse derecho parental en las etiquetas. Porque lo puede ejercitar cualquiera de los progenitores.

D

#2 Me refiero a que en castellano "padre + madre = padres" y no "padre + madre = parientes". Eso de parental es una burrada que viene de traducir en plan película de indios del inglés (parents)

mekanet

Vale, pero no está mal usado, será un anglicanismo, pero admitido.

¿La UE también habla mal? http://europa.eu/legislation_summaries/employment_and_social_policy/employment_rights_and_work_organisation/c10911_es.htm (es su sitio oficial)