La recapitalización directa retroactiva se examinará "caso por caso". Un Estado miembro sólo podrá pedir la recapitalización directa de una entidad como último recurso. Cuando las quitas a los acreedores no sean suficientes para cubrir el déficit de capital y el Gobierno no pueda inyectar fondos sin poner en riesgo su estabilidad presupuestaria. La entidad debe tener carácter sistémico y su quiebra plantear un riesgo a la estabilidad de la eurozona.
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