Una sentencia del Juzgado de O Carballiño (Ourense) del pasado 11 de abril, en la que condenaba a Novagalicia Banco a devolver 6.000 euros en obligaciones subordinadas, argumenta que era "público y notorio" desde 2009 que la entidad atravesaba una "situación económica desastrosa", por lo que entiende que hubo en la venta un "engaño total" y considera que la actuación de la entidad "podría rozar incluso lo delictivo".
Comentarios
¿ rozar lo delictivo, pero por adentro o por afuera ?
Cuando se vende algo sin explicale al cliente lo que realmente es (la mayoria pensaron que era un deposito a plazo) ¿como no va a ser una estafa?
¿rozar? ¿estás de cachondeo?
Lambendo o pau...
Debe ser un nuevo término jurídico que desconozco.