En resumen... para ahorrarse una buena multa, lo mejor es seguir llevando el justificante de pago del seguro en el coche, no vaya a ser que nos pare un amable agente, y según el, no se pudiera comunicar con la FIVA.
En principio no te pueden multar, si lo hacen te dan unos dias para que preentes en la comisaria el resguardo o cualquier documento que atestigue que el seguro obligatorio esta en vigor y te quitan la multa.
A mi me pararon el sábado y no llevaba el recibo del seguro. Dieron la matrícula por radio y confirmaron que tenía seguro. Fin. Puedes circular sin seguro.
Además de que muchos bancos si quieres ni te mandan medio recibo a casa, se consulta por internet y entre todos ahorramos un poco de papel.
#8 Pues las conclusiones que sacasteis eran erroneas. En la web de la DGT te deja muy claro que: "Se suprime la denuncia por no llevar el justificante del pago del seguro obligatorio."
A efectos prácticos si te ponen la multa puedes recurrirla y comprobarán que si está pagado, en cuanto salgan a una zona con cobertura o en los juzgados. Otra cosa es que te inmovilicen el vehículo hasta poder comprobar si está asegurado.
A mi me pararon un dia para hacerme la prueba de alcoholemia, como di negativo no vieron otro modo de joderme que teniendome alli una hora para comprobar mi seguro y luego poniendome una multa por no llevar el jodido recibo.
Y... ¿qué tipo de autoridad es examendeteorica.com? Lo que importa es la Ley; y para interpretarla, los abogados, o los consejos de la DGT o de la GC. Estoy con #9
y digo yo... que problema hay en llevar un papelito? yo llevo en la guantera toooodos los recibos desde el 2004, en pago semestral (unos 9 recibos en total). En una ocasión me pararon y me lo pidieron, le solte todos los recibos del seguro y le dije que lo buscase, que yo no me aclaraba. (no lo encontró pero no me multo... y estaba ahi, eh?)
En los casos en que no conste la existencia del seguro o no sea posible
realizar la consulta en el Registro de Vehículos Asegurados, el agente sí
solicitará (solamente en estos casos) al conductor el recibo o justificante del
mismo para constatar que dicho seguro está en vigor. Si no se acredita, se le
formula la correspondiente denuncia y se le indica al denunciado que en el
plazo de cinco días debe presentar el justificante del pago del seguro
obligatorio en la Jefatura de Tráfico,
Comentarios
En principio no te pueden multar, si lo hacen te dan unos dias para que preentes en la comisaria el resguardo o cualquier documento que atestigue que el seguro obligatorio esta en vigor y te quitan la multa.
A mi me pararon el sábado y no llevaba el recibo del seguro. Dieron la matrícula por radio y confirmaron que tenía seguro. Fin. Puedes circular sin seguro.
Además de que muchos bancos si quieres ni te mandan medio recibo a casa, se consulta por internet y entre todos ahorramos un poco de papel.
#8 Pues las conclusiones que sacasteis eran erroneas. En la web de la DGT te deja muy claro que: "Se suprime la denuncia por no llevar el justificante del pago del seguro obligatorio."
Más info de la DGT: http://www.dgt.es/was6/portal/contenidos/documentos/prensa_campanas/notas_prensa/notaprensa102.pdf
mucho se ha publicado que si si o que si no, yo para ahorrarme reclamaciones y bromas, lo llevo.
A efectos prácticos si te ponen la multa puedes recurrirla y comprobarán que si está pagado, en cuanto salgan a una zona con cobertura o en los juzgados. Otra cosa es que te inmovilicen el vehículo hasta poder comprobar si está asegurado.
Hace 15 días: Se mantiene la obligacion de llevar el recibo del seguro en el coche
Se mantiene la obligacion de llevar el recibo del ...
angeldelamo.blogspot.comA mi me pararon un dia para hacerme la prueba de alcoholemia, como di negativo no vieron otro modo de joderme que teniendome alli una hora para comprobar mi seguro y luego poniendome una multa por no llevar el jodido recibo.
Y... ¿qué tipo de autoridad es examendeteorica.com? Lo que importa es la Ley; y para interpretarla, los abogados, o los consejos de la DGT o de la GC. Estoy con #9
FIVA? Funcionarios Inútiles Vigilando Automovilistas?
Y luces de repuesto. Y un calendario de la Virgen del Perpetuo Socorro.
y digo yo... que problema hay en llevar un papelito? yo llevo en la guantera toooodos los recibos desde el 2004, en pago semestral (unos 9 recibos en total). En una ocasión me pararon y me lo pidieron, le solte todos los recibos del seguro y le dije que lo buscase, que yo no me aclaraba. (no lo encontró pero no me multo... y estaba ahi, eh?)
Según el libro y las normas de la DGT: Sí.
#14 cito del enlace de #9
En los casos en que no conste la existencia del seguro o no sea posible
realizar la consulta en el Registro de Vehículos Asegurados, el agente sí
solicitará (solamente en estos casos) al conductor el recibo o justificante del
mismo para constatar que dicho seguro está en vigor. Si no se acredita, se le
formula la correspondiente denuncia y se le indica al denunciado que en el
plazo de cinco días debe presentar el justificante del pago del seguro
obligatorio en la Jefatura de Tráfico,
El enlace de #9 lo deja claro ¿no?. Donde manda la DGT, no opinan marineros.
Es lo que digo! mejor llevar el recibo en el coche, tal y como recomienda la dgt www.dgt.es/was6/portal/contenidos/documentos/prensa_campanas/notas_pref y examendeteorica.com. Claaaaaroooooooooo p) poz así sea.
Dupe, quedo claro que si era necesario.
Se mantiene la obligacion de llevar el recibo del seguro en el coche
Se mantiene la obligacion de llevar el recibo del ...
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