Esta decisión se ha tomado, de manera inmediata, tras conocerse la sentencia del Tribunal Constitucional que daba la razón a una demandante de empleo perceptora de prestaciones por maternidad a la que, conforme a dicho acuerdo, se le suspendió la demanda, y, en consecuencia, no se le daban a conocer la existencia de ofertas de empleo acordes a su perfil profesional.
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