Hace 10 años | Por --211166-- a antena3.com
Publicado hace 10 años por --211166-- a antena3.com

La nueva Ley permitirá a los padres elegir cómo y dónde inscribir a un recién nacido. Los progenitores podrán acudir al registro civil o realizar el trámite, en presencia de un facultativo, directamente en el hospital o el centro sanitario. La medida también afectará a las defunciones.

Comentarios

D

Joder, ya era hora, puntos papeles en momentos tan delicados.

Ir a registrar un niño en alcobendas es ir al registro a las 3 de la mañana para hacer cola.... Y si estas casado vale, pero que que no lo estés tiene que ir la Madre también, aunque este reventada del parto, o con cirugía, es una norma que sólo puede ocurriesele a un imbécil.

enol79

#4 Si tiene cirugía o por otras cuestiones médicas, tiene un mes para ir. Pero es cierto, es un coñazo de tres pares.

ur_quan_master

#4 eso contando con que la persona del registro sea medianamente competente. Yo fui estando casado y menos mal que me imprimí la normativa (bendita Internet), porque la intención de la funcionaria era hacerme volver con mi mujer. Eso sí, se enrollaron y solamente tardaron tres días en hacer un puto apunte a bolígrafo en el libro de familia. Mientras el resto de papeleo (empadronamiento, seguridad social, centro de salud) parado.

Un viaje de vuelta a la España de José de Larra.

D

Debería haberse hecho esto antes...

D

Las travesías desde el hospital hasta el registro civil para inscribir a un recién nacido pasarán a la historia. El Consejo de Ministros ha aprobado la modificación de seis artículos de la Ley de Registro Civil que permitirán la inscripción telemática de los nacimientos y las defunciones. Las solicitudes se cumplimentarán en el centro sanitario y se enviarán por internet al Registro Civil firmadas por un facultativo y los padres.

Es una medida con la que se trata de promover la “austeridad” y acercar la administración a los ciudadanos, ha recalcado la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría. “El año pasado hubo 450.000 nacimientos en España, es decir, 450.000 desplazamientos al Registro Civil', ha señalado.

MUERTE DEL BEBÉ

El Ejecutivo ha reforzado además los mecanismos de identificación de los recién nacidos y el procedimiento de determinación de su filiación para que el facultativo certifique “sin ningún género de duda” a través de pruebas “médicas y biomédicas” la relación biológica entre madre e hijo.

En caso de la defunción del recién nacido, el certificado deberá estar firmado por dos facultativos que “bajo su responsabilidad”, acreditarán “que del material genético recogido de madre e hijo no se desprenden dudas” de dicha relación materno filial.

Para las defunciones, en general, también funcionará la certificación médica electrónica desde el centro sanitario. Estará firmada por el facultativo y deberá recoger “la existencia o no de indicios de muerte violenta o cualquier otro motivo por el que no se pueda conceder la licencia de enterramiento”, a fin de que el funcionario que la reciba se abstenga de expedirla “hasta recibir autorización del órgano competente”.

Más info, por si a alguien le interesa: http://www.huffingtonpost.es/2013/10/04/registro-civil-recien-nacidos_n_4043182.html?ncid=edlinkusaolp00000009

D

¿Cómo? Eso es lo importante.

TocTocToc

"El Gobierno ha dado luz verde este viernes a un informe sobre el anteproyecto de ley de medidas de reforma para..."

#1 Después se ha de elaborar el reglamento que lo regule...

Euricena

¿cobrarán una gestión obligada?