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El TSJ de Murcia condena a una empresa a indemnizar a una trabajadora por incumplir una oferta laboral

El TSJ de Murcia condena a una empresa a indemnizar a una trabajadora por incumplir una oferta laboral

El tribunal considera probado que existió un preacuerdo acreditado por mensajes de WhatsApp y fija una compensación de 8.927 euros por los daños económicos y morales sufridos

| etiquetas: derecho , laboral , empleo
Pues vaya mierda de indemnización, como haya contratado un abogado, no queda nada para ella.
#11 Yo no he estudiado derecho. Simplemente soy empleado por cuenta ajena viejo que ha sufrido muchas perrerías de muchos empleadores. Algo que nos pasa a todos los que trabajamos por cuenta ajena.

Entiendo que si la empresa opta por tu opción, es decir, contratar en falso durante un tiempo breve y luego despedir, se arriesga a que el empleado reclame y el juez dicte despido nulo. Con el despido nulo el empleador está obligado a reincorporar al empleado (si este está de acuerdo también) o pagarle indemnización. Sería una situación similar.

Un despido debe estar justificado. Otra cosa es que la empresa genere sus tretas para justificar falta de rendimiento, por ejemplo.
#12 con despido nulo te tienen que readmitir y pagarte los salarios que has dejado de cobrar.
Con despido improcedente es cuando pueden elegir si te readmiten o indemnizar.
#14 Lo dicho, que no soy persona de derecho. Ya lo advertí.
poco me parece
Podrían hacer lo mismo con los que saca el de los videos de los camareros en Twitter.
Siempre hay que pedir un precontrato por correo y firmado por alguien de RRHH antes de darte de baja de tu trabajo actual. Este documento debe reflejar el nombre del puesto y condiciones. Con el salario bruto anual basta. Esta persona ha tenido la suerte de que han aceptado las conversaciones de WhatsApp como prueba de un precontrato. Siempre hay que cubrirse las espaldas. Esto no es ni de lejos la primera vez que pasa.
#3 no será el primero que veo dejar un curro de años y que le dejen tirado el dia de la firma.
Pero es que lo del pre contrato, raro, aunque lo pidas, y sobre todo si es para un trabajo normal
#4 #3 si os digo que es la primera vez en mi vida que oigo eso del precontrato...
#4 a mí me han hecho le de mandarme precontrato y cancelar dos veces. Empresas distintas. No la lié porque me sirvió para negociar salario al alza pero a la larga salió regulinchi
#3 una pregunta que seguro que es ingenua. Te hacer la carta de oferta y despues la empresa cambia de opinion. No seria mas sencillo para esta incorporarte y despedirte el primer dia/semana? Estando en periodo de prueba es 0 coste e inmediato. No?
Firmas primero con fecha de inicio igual al periodo que te obligan de pre aviso y después dimites de tu puesto
#5 la siguiente empresa te puede largar el mismo día de la incorporación por no superar periodo de prueba
¿Se supone que la sentencia es pública? Alguien puede pasarla para enterarme de la empresa de estos?
#7 en la sentencia suelen sustituir los nombres por otros tipo Bonifacio o Indalecio
#10 pero la empresa debe salir no?
#7 La sentencia parece ésta:
www.poderjudicial.es/search/AN/openDocument/6e0dc15b59fa00caa0a8778d75
Y en ese caso la empresa sería "Legalidad Contractual S.L.".

menéame