#88 ¿Pero tú lees lo que escribes?
¿De verdad que analizas objetivamente las cosas para hacer ese planteamiento?
Lo pregunto en serio porque no consigo llegar a tu nivel y a lo mejor es que soy muy tonta.
Aquí lo dejo, mucho esfuerzo para mí intentar razonar con alguien con ideas tan opuestas.
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#5 Pueden y deben. El alta en la seguridad social debe realizarse el primer día de trabajo. El contrato, sin embargo, debe comunicarse en un plazo máximo de 10 días hábiles al SEPE. Luego es posible (y diría que habitual) que el contrato se firme posteriormente al alta.