"Para dar cumplimiento a esta resolución, el Ayuntamiento de la Adrada deberá facilitar al reclamante una copia de los informes técnicos y jurídicos emitidos para facultar la concesión de licencias urbanísticas (de primera ocupación y las de obras de las dos construcciones, vallado, plataforma hormigonada y piscina), una copia de los acuerdos o resoluciones de la concesión de cada una de las licencias anteriores y, por último, una copia de las autorizaciones municipales para facultar las acometidas, y en su caso evacuaciones, de agua y energía