El tribunal, esta vez tomando en cuenta la Carta Social Europea, cierra la puerta a este tipo de compensaciones superiores a las tasadas en días, pese a los pronunciamientos a favor del Consejo de Europa
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porque a diferencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el CEDS (Comité Europeo de Derechos Sociales “no es un órgano jurisdiccional ni sus resoluciones son sentencias”. “Tal como dispone la propia normativa del Consejo de Europa, las decisiones del CEDS ni siquiera vinculan al Comité de Ministros del propio Consejo de Europa, ni tampoco a los tribunales
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Es el legislativo quien tiene que cambiar la ley en aplicación de lo que marca el consejo de Europa, y luego, los tribunales tendrán que aplicarlo.