La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha sancionado con 20.000 euros a la Universidad Nebrija por obligar a un alumno a que le envíe el DNI completo para que pudiera expedir su título de Máster. El antiguo alumno le remitió a la entidad universitaria el DNI pixelado, ocultando los datos que consideraba que no eran necesarios. Sin embargo, la Universidad respondió que debía enviar el DNI completo, al considerar que era la única manera de acreditar fehacientemente la identidad del solicitante.
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No sería complicado crear un código QR en el propio documento (como ya existe en la app) y regalar el escáner de QR a emplear junto con la aplicación que todo hostelero debe manejar para mandar esos datos al Ministerio.
Mientras el estudiante reclama a la Agencia que la Universidad sea sancionada con 50.000 euros por la vulneración del artículo 5 y 84 del Reglamento de Protección de Datos (RGPD), la entidad educativa mantiene la inexistencia del tratamiento de datos personales, dado que se limitó a pedir el DNI y que al no aportarlo no puede existir ni recogida ni tratamiento de datos.
Además, la Universidad de Nebrija señala un error fáctico en la… » ver todo el comentario
Alguien que sepa del asunto: ¿Qué pasa en los hoteles cuando te solicitan el DNI o rellenar una hoja con mil campos?
Entiendo que el hotel debe cumplir la ley, porque esos datos se recogen para el estado (SES hospedajes el ministerio de interior), pero por otro lado, no son demasiados campos privados que se están tratando de forma muy inadecuada ??
Me pregunto a qué se refiere exactamente, cuando el problema de los emails es precisamente verificar que el remitente sea quien dice ser.