Hace 2 años | Por --699742-- a lasprovincias.es
Publicado hace 2 años por --699742-- a lasprovincias.es

¿Puede ser multado un conductor que circule con abrigo, guantes o botas de montaña? Todo depende del criterio del agente de tráfico, aunque sí hay base normativa en el Reglamento General de Circulación para imponer una sanción. Como tal no existe ninguna multa por conducir con abrigo, guantes o, en su caso, botas de montaña. Específicamente no se puede sancionar, pero sí aplicar una normativa vigente, pero siempre a criterio del policía o agente.

Comentarios

fofito

#3 un aguilucho colgando del retrovisor es garantía de fluidez en el trato

obmultimedia

#4 si te para un Mosso .... creo que seria al reves

fofito

#5 Y un ertzaina también,no?

Y sin embargo desayunan juntos...

Lo que une supera a lo que separa.

ur_quan_master

#13 además tienen en común que les pagamos el desayuno a escote y en horario laboral.

D

#5 La intercambias por una estelada cuando vayas por Catalunya.

asola33

#5 Creo que con los mossos sigue valiendo la rojigualda. Muchos fueron antes GC o policía nacional.

V.V.V.

#2 ¿Vale la tricolor?


#FreeAssange

Penetrator

#1 No hombre, no. Que aquí en Menéame nuestros expertos en legislación de tráfico dicen que eso no ocurre nunca. Es físicamente imposible que te multen si cumples las normas. Porque las leyes en España son perfectas, sin fisuras ni grietas, y no están sujetas a ningún tipo de interpretación por parte de jueces, fiscales, y mucho menos la policía.

a

#8 Hombre, la multa de las botas te la pondrán de regalo si te han parado por algo de verdad, te has puesto chulito y te han hecho bajar del coche, que por muy buenos que sean los radares, los pies no te los ven.

D

#1 la normativa es tan etérea que siempre podrán multarte por algo. No ejecutan demasiado ese poder, es cierto, pero podrían convertir esto en un estado policial de la noche a la mañana, sin tocar una coma del BOE.

D

#12 Me han parado montones de veces en controles (rutinarios, de covid, de alcoholemia, de drogas) y solo me han multado 2 veces...por exceso de velocidad (y en ninguna con perdida de puntos).
La ultima vez que hice recuento...andaba por cerca de los 500.000kms recorridos en coche.

Debo de ser un afortunado privilegiado.

D

#14 no, como digo es normal que no ejecuten ese poder arbitrario que tienen. De hecho mi experiencia personal es que son bastante laxos, pero eso no contradice que tienen un poder desmesurado: presunción de veracidad Y leyes completamente abiertas como "debes estar en capacidad de controlar el vehículo en todos momento" que podría significar "pase lo que pase eres culpable por no estar en capacidad de controlar el vehículo" O "debes ir a una velocidad acordé a las condiciones de la vía" ¿Eso en números cómo se traduce?

D

#15 Esa "coletilla" la utiliza mas el Estado para cubrirse las espaldas que los agentes que han de hacer cumplir la ley dictada por los legisladores.

Me explico:
- si las carreteras estan en mal estado, por mala conservacion por parte del Estado, y te das un guarrazo...apelaran a que conducias a velocidad inadecuada.
- si nieva o llueve y la carretera esta hecha de la manera mas economica que evite que se cubra de nieve y/o agua...apelaran a que conducias a velocidad inadecuada.
- si hay niebla porque han hecho una carretera pasandose por el forro las recomendaciones -la famosa A-8 a su paso por Mondoñedo por ejemplo- y te das un guarrazo...apelaran a que conducias a velocidad inadecuada.

Al final, en muchas ocasiones la culpa se la lleva quien hace cumplir la ley -de los que tu mismo dices que en muchas ocasiones son laxos- en vez de quien la dicta.

sxentinel

#12 Es que tampoco son tontos, si abusan demasiado de ese poder, saben que la sociedad se lo retira... por eso solo lo usan discrecionalmente.

D

Cómo decía el difunto Kike San Francisco "La Guardia Civil te puede multar por muchas cosas, por ejemplo porque sí"

D

en serio se multa por usar guantes?

arturios

Y yo me pregunto, ¿y esa chorrada del Artículo 25.1. de la Constitución que dice que "nadie puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan delito, falta o infracción administrativa, según la legislación vigente en aquel momento." es para otro día?

sxentinel

#18 Esta a la altura del articulo 28 de la ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. "2. Los interesados tienen derecho a no aportar documentos que ya se encuentren en poder de la Administración actuante o hayan sido elaborados por cualquier otra Administración. La administración actuante podrá consultar o recabar dichos documentos salvo que el interesado se opusiera a ello."

MacMagic

Pero no quieren recaudar, obviamente. Cómo ciertos usuarios dicen, la DGT es un ser de luz que vela por todos.

D

Si te paran siempre puedes decirles (1) que todos los policias son fachas, ACAB y descerebrados sin estudios.

Seguro seguro que asi no te multan.

(1) Escribirlo bajo un pseudonimo anonimo en internet es mas facil que hacerlo a la cara

D

#11 Si te para la guardia civil les dices que son mejores que las nenazas de la nacional. Y viceversa. Mano de santo.

D

También pueden multar por ir con el torso desnudo, conducir con chanclas o con tacones de aguja.

Oestrimnio

¡¡NO hay huevos!! lol

D

se te va a caer el pelo...