Hace 5 años | Por Cubillina a publico.es
Publicado hace 5 años por Cubillina a publico.es

La Sección Segunda de la Sala de lo Penal expresó en la sentencia que los tuits y las expresiones publicadas por Luis Solorzano no implicaban la elaboración de un verdadero discurso, sino "una mera protesta abrupta, a modo de grito", sin que pudiera hablarse de "incitación, si quiera indirecta, al odio, a la violencia o al terrorismo"

Comentarios

D

#2 Y para sacarlos.

a

#1 Lo habia absuelto la propia audiencia Nacional. Lo ha condenado la sala de apelaciones (donde se recurre). A ver si al menos leemos las noticias.

Los magistrados de esa sala entran ahí por concurso donde se barema antigüedad y especialidad en la carrera judicial si no recuerdo mal.

D

#1 ya claro, ¿cuando es la AN o el supremo el que dicta sentencias recurridas a favor de los ciudadanos o el bien general entonces qué pasa?

D

Que tranquilidad da vivir en un país democrático.
La justicia es igual para todos. Confiemos que el tuitero lo comprenda y nos asegure que no volverá a ocurrir.

D

@eulerian7 pásate por aquí y me hablas de esa democracia que dices...

D

#5 puede recurrir. No creo en delitos de opinion en ningun caso.
Tampoco cuabdo condenaron a los que twiteraon sobre las pocas muertes de mujeres o que menos mal que habia catalanes en el accidente de avion del piloto aleman que se suicidó.

D

#6 Puede recurrir... No tendria ni que haber sido detenido, en un Estado de Derecho y democrático. Libertad de expresión, se llama. Y mira cómo estamos. Pero claro, como puede recurrir...

D

#7 la libertad de expresion tiene ciertos limites. Yo no creo en casi ningun limite. Pero la sociedad que vivimos entiende que no se pueden decir ciertas cosas sin alguna consecuencia legal.
Mira lo que paso en ruanda......
Repito. Yo no creo en esos límites ni cuando eran fachas los que metieron en la carcel que a veces se os olvida....

SOBANDO

#8 No falta mucho para que te metan en la cárcel por decir que solo hay dos géneros y muchos lo aplaudirán. roll