Hace 7 años | Por zanguangaco a cadenaser.com
Publicado hace 7 años por zanguangaco a cadenaser.com

Los sentenciados regentaban una discoteca-pub en la carretera nacional que va de Madrid a Alicante, cerca de Almansa, denominada Sala Vip. Según la sentencia, en este local había once mujeres que prestaban sus servicios de alterne y que no estaban dadas de alta en la seguridad social.

Comentarios

D

#3 Humm...no se por que me pones en CC si vienes a decir poco mas o menos lo mismo que yo

G

#4 por eso, por que hablabas de algo similar.

y ya puestos que conste que la prostitución no es ilegal, por lo que todo lo que no sea ilegal explícitamente es legal. Más que "Legalizar la prostitución" sería más acorde decir regularla.

No se legalizan cosas que no eran previamente ilegales

Que la prostitución como situación de empleo no este reglamenta o como se dice en situación "alegal" no es igual y nunca ilegal, lo que es ilegal es tener a un trabajador sin estar dado de alta en la SS.

Creo que me explico... o no

D

#5 Te explicas , te explicas

D

#3 No puedes obligar a una persona a acostarse por otra, ergo, no cabe relación laboral de trabajo por cuenta propia.

Es que si tu obligas a una persona a acostarse con otra, es un delito de violación.

G

#7 El empresario de club de alterne no obliga a nadie a acostarse si no sería efectivamente algo ilegal, y aquí yo al menos no estoy hablando de esclavas sexuales ni de trata de blancas si no de prostitución como profesión.

El empresario del club alterne cobra un porcentaje o una tarifa fija (depende del lugar y la prostituta) por que las prostitutas hagan uso de sus instalaciones, aparte de pagarles un % por las consumiciones que logre "arañar" al cliente.

No cobra para que la prostituta se acueste por que sería ilegal, claro que cobra por ejemplo 20€ por cada uso de una habitación.

Ergo es perfectamente posible y encuadrables como masijista que dan servicio en local, o mejor seguramente como autonomas. Aunque en el fondo como sea, como si quieren meterlas de camareras como se hace, pero que este en situación laboral legal, hay mil formas.

D

#8 No puedes establecer un contrato laboral con esas premisas. Lo que estas planteando, que me parece bien planteado, es un contrato mercantil.

G

#9 ya dije que lo más adecuado sea autonomo, "autonomo dependiente", pero eso que lo decida la inspección de trabajo, la cuestión es que hay mil maneras de regularizar a los trabajadores.

D

#10 Pues entonces no le puedes exigir al empresario mucho.

G

#11 Al empresario se le puede exigir todo, si hay un trabajador en su negocio que este con algun tipo de contrato, ya sea autonomo o como trabajador.

A ver si crees que tu tienes un negocio y contratas a un autónomo y te llega una inspección de trabajo no vas a tener que responder sobre la situación que este ese trabajador.

D

#12 Cuando hablas de que una persona tiene que estar como autonomo y no cabe una relacion de tipo "cuenta ajena" estas asumiendo una relación de igualdad. Es decir, que la primera que tiene que darse de alta es la prostituta, y luego si quieres hablamos de un contrato mercantil entre las partes, pero tiene que ver más con declarar ingresos que con otra cosa.

G

#16 Lo más correcto dentro de la normativa laboral como se ha dicho se tendría que hacer autónomo dependiente y ser el trabajador el que se dé de alta y el empresario exigir.

#15 También se beneficia el fabricante de condones, entre otros miles no entremos en tonterías.

#13 no voy a entrar en esas cosas de cual es mejor o peor, la cuestión hay que varias formas algunas más correctas que otras para la normativa laboral.
Por otra parte si contratas a alguien para que haga un trabajo en tu negocio el primero que tiene que exigir la documentación laboral TCs y todo ese papeleo eres tu como empresario, estas obligado a contratar a alguien que tenga todo en regla.
En caso de que no es sanción+multa para ti y la imposición posiblemente de hacer un contrato laboral, lo de "este no es trabajador de aquí es un autonomo y no sabía que no tenía en regla los papeles no cuela".

Otra cosa sería una prostituta fuera autónoma en su propio piso que no depende de otro empresario entonces sería ella la primera responsable de estar dada de alta.

rataxuelle

#8 Estás en lo correcto: el empresario cobra por alquilar habitaciones. ¿En qué concepto debería dar de alta a los huéspedes (las putas y los puteros) en la Seguridad Social?

rataxuelle

#3 Para "dar de alta" en la Seguridad Social a alguien, cualquier empresario tiene que pagarles directamente a los asalariados, cosa que aquí no ocurre.

Más allá, si el empresario les paga directamente se estaría beneficiando del ejercicio de la prostitución (que obviamente se está beneficiando, pero por su presencia para vender copas a precios desorbitados y alquilarles las habitaciones) con lo cual estaría ejerciendo el proxenetismo, que sí está castigado en el Código Penal.

Más bien, las putas deberían darse de alta para ejercer su profesión.

n

#3 También pueden trabajar como autónomo.

rataxuelle

#2 Como te han escrito por ahí, las putas ya se pueden dar de alta en la Seguridad Social como autónomas en la categoría "otros servicios no contemplados en otros epígrafes". ¿Cuántas lo hacen? Entre cero y una. No sueñes con que la prostitución vaya a solucionar el agujero de la Seguridad Social.

D

#17 No , ese agujero se tapa cortandole el paso al dinero negro , y un buen sitio para empezar es ese. Cuando un empresario pida un volquete de putas para amenizar la firma de un contrato con un concejal , pellizquito para la seguridad social. Si empiezan a caer multas por ejercer sin darse de alta , igual empiezan a cambiar las cosas.

rataxuelle

#18 Las multas les caerán a las putas, que son las que están ejerciendo su actividad profesional sin estar dadas de alta en la Seguridad Social y sin emitir facturas. Oye, que yo veo bien que los inspectores de Hacienda se paseen por los polígonos emitiendo multas a las que están en los coches. Pero va a ser un poco difícil comprobar in situ que el polvo era de pago y no de gratis. Porque las putas voluntariamente no se van a dar de alta en la Seguridad Social ni cobrar con IVA.

D

#19 Si a cambio tienen sus bajas laborales y su jubilacion , no veo porque no.

rataxuelle

#20 Por el mismo motivo que las canguros/au pairs no se dan de alta en la Seguridad Social y el fontanero o el abogado te cobra sin IVA. Que, oye, si consiguen que las putas cobren el polvo con IVA (o incluso que se den de alta por modulos en función de los metros cuadrados de cama), enhorabuena. Pero no parece que vaya a ser el caso.

D

A las prostitutas no se las puede dar de alta en la Seguridad Social porque no ejercen una profesion en la que el empresario pueda obligar a que se acuesten con alguien.

De hecho,, ni siquiera hay epigrafe para ello.

Tiene pinta de ser, otra vez mas, un articulo que habla de una sentencia y cuando lees la sentencia no tiene nada que ver con el artículo

D

¿Y como las daba de alta?¿Como camareras?

D

La primera vez que en España las prostitutas de un bar de alterne consiguieron que las incluyeran en la SS fue hace pocos años en Ibiza