Hace 4 años | Por --48529-- a seo.org
Publicado hace 4 años por --48529-- a seo.org

Con la eliminación de esta colonia, según los censos de SEO/BirdLife, más de mil nidos se habrían perdido en los últimos diez años en Doñana, volviendo todavía más difícil la supervivencia de una especie cuyas poblaciones en la UE están en declive

Comentarios

D

#4 Pues entonces

Las cosas son como son... los bichos tienen que ser respetados y protegidos. Pero, tambien es necesario educar a la gente. Y en este pais no se quiere dar dinero para educación ambiental o no se hace por profesionales y pasa lo que pasa. Que la gente no saben lo que tienen y les dan igual.

b

Pero, ¿cómo voy a tener que soportar las cagadas de estas aves en la fachada de mi casa o en el balcón? ¿Quién les ha dado permiso para nidar en MI casa? Que las devuelvan a su continente! Devolución en caliente de estos seres migratorios!

Ridículo, ¿eh? Pues eso: que nos creemos los dueños del Mundo cuando solo estamos aquí como ellos: de paso.

D

#1 Pongamos en contexto, la noticia:

Según la ley de biodiversidad de Andalucia (8/2003), esta prohibido dañar los nidos de las aves. Pero esta permitido de forma excepcional, previa Autorización de la conserjeria eliminar los nidos por motivos de salud... y si los aviones transmiten enfermedades a traves de sus parasitos como pulgas y ácaros... Esta autorización, unicamente te la dan si estan vacios y que no sea la época de migración a España, y muchas veces te dan hasta condicionados.

Que es una jodienda quitarlos, si. Pero, no es lo mismo que crien encima de una ventana, a que crien en el tejado sin contacto con seres humanos o un contacto muy residual.

Para más información, te dejo esto, si tienes mas dudas, te mando presupuesto :

Ley 8/2003:

Artículo 7. Régimen general de protección.

1. Las especies silvestres, especialmente las amenazadas y sus hábitats, se protegerán conforme a las limitaciones y prohibiciones dispuestas en esta Ley y normas que la desarrollen, frente a cualquier tipo de actuaciones o agresiones susceptibles de alterar su dinámica ecológica.

2. Queda prohibido, en el marco de los objetivos de esta Ley y sin perjuicio de las previsiones contenidas en el Título II con respecto a la caza, la pesca y otros aprovechamientos, así como en la normativa específica en materia forestal y de pesca marítima en aguas interiores, marisqueo y acuicultura marina:
...
b) Destruir, dañar o quitar de forma intencionada nidos o sus huevos, frezaderos y zonas de desove, así como la recogida o retención de huevos, aun estando vacíos.
...

Artículo 9. Excepciones al régimen general.

1. Las prohibiciones previstas en el presente capítulo podrán quedar sin efecto, previa autorización expresa de la Consejería competente en materia de medio ambiente, siempre que no exista otra solución satisfactoria ni se ponga en peligro la situación de la especie afectada, estableciendo las oportunas medidas compensatorias, en los siguientes casos:

a) Cuando las especies de la flora y la fauna silvestres provoquen riesgos para la salud o seguridad de las personas.
....

b

#3 Hace quince días informé negativamente sobre el traslado de 7 nidos. No te digo ná y te lo digo tó.

D

Veo esto y me imagino a un Airbus Beluga XL colgando de la fachada de mi casa lol