Hace 4 meses | Por Delay a huffingtonpost.es
Publicado hace 4 meses por Delay a huffingtonpost.es

En nuestro país, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 17 c) del Código Civil, se establece que serán españoles todos aquellos que nazcan en nuestras fronteras ya sean ambos padres extranjeros, apátridas o si por el contrario, no hay legislación que atribuya al hijo una nacionalidad. En este último supuesto se puede abrir un expediente en el Registro Civil del domicilio para "declarar la nacionalidad española con valor de simple presunción", de acuerdo a lo que recoge el portal Legalteam.es

Comentarios

Cuñado

Los hijos de padres extranjeros nacidos en España (es decir, la segunda generación) también obtienen la nacionalidad.

Gry

#1 Es necesario un año o dos de residencia, salvo las excepciones mencionadas en el artículo.

Cuñado

#2 No, son españoles de origen:

Los nacidos en España cuando sean hijos de Padres extranjeros si, al menos uno de los Padres, ha nacido en España (se exceptúan los hijos de Diplomáticos).

https://www.mjusticia.gob.es/es/ciudadania/nacionalidad/que-es-nacionalidad/como-adquiere-nacionalidad/espanoles-origen

Gry

#3 Lee lo que acabas de pegar anda...

editado:
ops, tienes razón. En ese caso también la obtienen.

Cuñado

#4 No sé qué es lo que no entiendes, pero los hijos de padres extranjeros nacidos en España (es decir, la segunda generación) también obtienen la nacionalidad.

Supongo que se da por hecho que el "también obtienen la nacionalidad" sólo aplica si han nacido en España, que es de lo que halbla el artículo.

JungSpinoza

#4 La ley española es Ius sanguinis (hereditaria) y ademas contempla Ius Solis para los casos expuestos por #5

https://es.wikipedia.org/wiki/Ius_sanguinis
https://es.wikipedia.org/wiki/Ius_soli

Cuñado

#4 A mí también me sorprendió cuando me enteré. Al parecer es una medida de integración para evitar que se perpetúen generaciones de extranjeros, como pasa con los haitianos en Dominicana o con los tibetanos en Nepal.

Maximilian

#6 cuñaoooooooo

Cuñado

#9 Demasiados dientes veo ahí roll

Maximilian

#10 se me juntan las muelas del juicio con los dientes de leche

Cuñado

#8 Sí, el tercer punto es al que me refería. Lo explico mejor en #3.

ElTioPaco

#1 Lo miré no hace tanto en la web de extranjería.

Son españoles de nacimiento al nacer en españa:
-Los hijos de españoles(aunque nazcan fuera de España tambien)
-Los hijos de extranjeros apátridas que no pueden ofrecerles ninguna nacionalidad.
-Los hijos de extranjeros nacidos en España, aunque nunca recibieran la nacionalidad. (Esto es bastante alineación planetaria)

E

#8 antes sería más raro pero lo de los bebés ancla para asegurarse la no expulsión es más frecuente

a

La UE va a tumbar esto con una losa de plomo sobre el gobierno

danip3

Menudo coladero.