Hace 2 horas | Por Elnuberu a lavozdeasturias.es
Publicado hace 2 horas por Elnuberu a lavozdeasturias.es

La Fiscalía de Gijón ha archivado la denuncia interpuesta por Andecha Astur contra la manifestación fascista del pasado 28 de junio ante el monumento levantado por el franquismo en el antiguo cuartel de Simancas, hoy colegio de la Inmaculada, en la que los participantes entonaron cánticos franquistas como el Cara al sol y realizaron saludos fascistas. El ministerio fiscal considera que se trató de una «manifestación de contenido político» que «constituye el ejercicio legítimo del derecho fundamental a la libertad de expresión y, por tanto.

Comentarios

d

#1 "decir cosas" != homenajear a los símbolos de una dictadura sangrienta

A

#1 También la apología del terrorismo? Los discursos de odio? Las cazas de brujas? No, libertad de expresión, no es vanagloriar a dictadores, ni vanagloriar el fascismo. Más que nada porque son responsables de más muertes que todos los grupos terroristas juntos en nuestra historia.

K

#15 pero habrá que penar los actos terroristas, osea, lo que las personas hagan no lo que las personas digan.

Todo el mundo debe de poder decir las gilipolleces más abyectas posibles, así se desenmascaran y el resto les vemos.

Todo son ventajas jaajjsjs

A

#16 Entonces habrá que eliminar el delito de apología del terrorismo, no crees? Porque esa gente solo dice y no hace...

Verdaderofalso

Solución: ilegalización

J

Franco murió en la cama. Aplicar siempre este hecho histórico en cualquier ejercicio que tenga que ver con la herencia recibida.

Battlestar

A riesgo de la lluvia de negativos... ERA EVIDENTE.

La ley de Memoria historia aplica SOLO A LOS ORGANISMOS PUBLICOS, no a las personas.
Si quieres perseguir los canticos de este tipo, tienes que hacerlo a través de la figura de la apología, NO la ley de memoria historia que directamente no aplica. Huelga decir que la apología es mucho más difícil de probar y probablemente acabaría sin castigo igualmente.
Pero al menos tendrías el argumentario de que la ley te ha fallado, los jueces son fachas o lo que quieras.

Pero si tratas de perseguir a particulares con la ley de Memoria historica que no les aplica, ni si quiera te va a quedar eso.

K

#10 Lo poco que cuesta comprobar lo que se va a decir antes de decirlo, para no soltar una barbaridad. Pero qué vagos somos, pardiez.

Ley de Memoria Democrática (no Histórica, que fue derogada por esta), artículo 38:
Actos públicos contrarios a la memoria democrática.

1. Sin perjuicio de derecho de reunión pacífica y sin armas, regulado por la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, reguladora del Derecho de Reunión, se considerarán actos contrarios a la memoria democrática la realización de actos efectuados en público que entrañen descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas o de sus familiares, y supongan exaltación personal o colectiva, de la sublevación militar, de la Guerra o de la Dictadura, de sus dirigentes, participantes en el sistema represivo o de las organizaciones que sustentaron al régimen dictatorial.

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2022-17099&p=20221020&tn=1#a3-10

Battlestar

#13 Artículo 62. Infracciones.
e) Las convocatorias de actos, campañas de divulgación o publicidad que por cualquier medio de comunicación pública, en forma escrita o verbal, en sus elementos sonoros o en sus imágenes, inciten a la exaltación personal o colectiva, de la sublevación militar, de la Guerra o de la Dictadura, de sus dirigentes, participantes en el sistema represivo o de las organizaciones que sustentaron al régimen dictatorial, cuando entrañe descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas o de sus familiares

Hasta ahí vamos bien...

Artículo 60. Régimen jurídico.
1. Las acciones u omisiones que supongan incumplimiento de las obligaciones establecidas en esta ley serán sancionadas conforme a lo previsto en este título, sin perjuicio de otras responsabilidades que pudieran concurrir.

2. La potestad sancionadora respecto de las infracciones tipificadas en esta ley se ejercerá de conformidad con lo dispuesto en este título y en las Leyes 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Y qué dice la ley de Procedimiento Administrativo Común?

Artículo 1. Objeto de la Ley.
1. La presente Ley tiene por objeto regular los requisitos de validez y eficacia de los actos administrativos, el procedimiento administrativo común a todas las Administraciones Públicas, incluyendo el sancionador y el de reclamación de responsabilidad de las Administraciones Públicas, así como los principios a los que se ha de ajustar el ejercicio de la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria.

2. Solo mediante ley, cuando resulte eficaz, proporcionado y necesario para la consecución de los fines propios del procedimiento, y de manera motivada, podrán incluirse trámites adicionales o distintos a los contemplados en esta Ley. Reglamentariamente podrán establecerse especialidades del procedimiento referidas a los órganos competentes, plazos propios del concreto procedimiento por razón de la materia, formas de iniciación y terminación, publicación e informes a recabar.

Artículo 2. Ámbito subjetivo de aplicación.
1. La presente Ley se aplica al sector público, que comprende:

a) La Administración General del Estado.

b) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas.

c) Las Entidades que integran la Administración Local.

d) El sector público institucional.


Por descontado tememos el "sin perjuicio de otras responsabilidades que pudieran concurrir" que ahí podriamos ir por el tema de la apologia que decía.
Pero por la ley de memoria historia (o democrática) NO. La ley de memoria histórica y democrática solo se aplica a organismos y funcionarios públicos

En lo que voy a rectificar es en lo de que he dicho "personas" a secas, y debería haber dicho "personas particulares" o algo similar, porque si un funcionario publico convoca un acto como este SI se le podría perseguir con esta ley en la mano, porque la ley dice que se puede sancionar a personas físicas o jurídicas, pero de nuevo volvemos a lo del siempre y cuando lo hagan ejerciendo su potestad de funcionario publico, NO como particular

pepel

Ridiculos hasta para definir los delitos.

tsumy

En algún momento se metió el dogma de que hay que ser tolerantes con los intolerantes, y demócratas con los que sueñan con destruir la democracia desde dentro.

Y en esas estamos. De batucadas y paridas mientras la extrema derecha fascista/franquista va a polla descubierta

7

Es algo tan evidente que da hasta vergüenza ajena tener que manifestarlo. El fascismo es una forma de gobierno distinta, opuesta a la democracia y en consecuencia no pueden existir partidos de corte fascista ni debe ser permitido la apología de ese sistema de gobierno.
Si te gusta el fascismo, si quieres vivir en un estado fascista lárgate de España o guardate tus ideas para ti, aquí hemos elegido la democracia.

rogerius

Manifestación de contenido político… fascista.

Pero el fascismo tan solo es barbarie disfrazada de política —cuando se hace con el poder muestra su verdadero rostro.

d

Eso sí, luego vas a protestar contra un acto fascista, y te meten 3 años por alteración del orden. Pasó en Vallecas, pasó en Zaragoza y volverá a pasar.

ElenaCoures1

Mucho pelo blanco veo yo ahí.

karakol

#3 Yo veo mucha caspa.

ochoceros

#4 Lo que se ve es gente que amasó dinero con los asesinatos y robos del abuelo, que se ven arropados por unas FFCCSE y una judicatura franquistas y sin depurar tras el regreso de la ""democracia"" actual, y que evidentemente siguen orgullosos de ese pasado y con sus actos quieren dejar bien claro que estarían dispuestos a que muriesen otros cientos de miles de españoles si así pueden rapiñar un poco más.

Traidores a su patria tapando sus vergüenzas con la bandera. Y que no se deshaga la amnistía del 77 que está encubriendo a sabiendas crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad.