Hace 1 año | Por Cehona a eldiario.es
Publicado hace 1 año por Cehona a eldiario.es

El magistrado de la Audiencia de Girona Daniel Varona rechaza, en un voto particular, la reducción de penas con el nuevo Código Penal porque la “voluntad” del Congreso y el Gobierno no era castigar con menos dureza los delitos sexuales.

Comentarios

sonix

#23 no es cuestión de interpretar es que cada juicio es distinto, que para eso hay jueces, si todo fuera igual, no haría falta ni leyes

c

#37 Claro que es cuestión de interpretar

sonix

#84 no, es cuestión que la ley fue una cagada, luego puedes venir interpretar si mucho o poco, o si la cagada te sabe bien

o

#23 es más tampoco sabemos si hay muchas más de rebaja o de permanencia porque los medios solo nos dan el número de rebajas lol

erperisv

#23 Lo que pasa es que este dice lo que tú quieres oir.

par

#27 Las dos cosas pueden ser verdad. La ley puede estar mal hecha y ciertas personas lo aprovechan para hacer política (soltando a violadores) dejando claro que es lo que les importa más.

e

#41 Cuando la gran mayoría de jueces la aplica de una forma y una minoría de otra, es mas fácil que la minoría sea la que va en contradirección. Lo mismo los que hacen política son la minoría que la aplica de forma torticera

c

#53 Que mundo mas bonito ese donde los que eligen no soltar a violadores son los torticeros y los que si, podiendo no hacerlo, unos profesionales.

Reescribiendo la historia, volumen 3.

e

#59 Lo mismo unos aplican las leyes y otros hacen política. Qué se yo, si se hace una ley donde se rebaja la pena de violadores, el juez debe aplicar dicha ley.

c

#67 Te habrás quedado a gusto con tamaña muestra de conocimiento sobre el asunto.

k

#59 No claro, el juez va a hacer lo que quedé mejor de cara a la galería basando en resquicios o interpretaciones no lo que implique la descripción de la ley de forma más clara. Menudas garantías tenemos entonces. La ley tiene que estar correctamente redacta y hecha si los jueces tienen que "adivinar" las intenciones de los legisladores y buscar resquicios interpretativos, mal vamos.

c

#88 Estás hablando de jueces CHATGPT o de que hablas? Claro que un juez tiene que conocer la intención legislativa de una ley tan importante, es parte de su trabajo.

Pacomeco

#53 ¿Dónde pone que la mayoría de jueces la aplica de rebajando las penas?

Ya te digo yo que si la víctima fuese la hija del juez no rebajaría la pena.

par

#53 Lo primero que he dicho es que la ley puede estar mal hecha. Pero que una cosa no quita la otra.

Sobre que són la mayoría... Lo dices basándote en las noticias o tienes algo más sólido?

JonTaKe

#9 el que sabe, Saba.
Esos jueces que rebajan penas tienen nombre y apellido, como el que veía jolgorio en la violación de la manada.
Que no eran la mayoría ni la norma habitual, pero interesaba sacarlos en los medios.

D

#30 No puedo opinar de algo que no he visto.

JonTaKe

#80 bueno, cuando a alguien se le pone mediante sustancias en modo "trapo" para hacer un 5 contra una... No se yo si llamarlo jolgorio es lo más apropiado.
Tampoco me hace falta ver el vídeo, ya he tenido suficientes descripciónes detalladas más precisas de lo deseable en todas las TV para sacar mis propias conclusiones.
De ellos sí ha salido más situaciónes similares, de la víctima, ni una sola que se le parezca... Para ti seguramente no, para mí tiene mayor credibilidad.

D

#91 Yo no puedo opinar de algo que no he visto.
Es sencillo.

c

#52 Pues basicamente, como ya se ha explicado, porque era el modus operandi de como se venia legislando. Hasta que llego esta ley, claro.

Se podia haber legislado mejor, si. Se podia no haber sacado a violadores de la carcel? Tambien.

o

#61 es que un juez no puede no aplicar la ley cuando no esté de acuerdo con ella. Su única potestad es hacer una petición al gobierno exponiendo justificadamente sobre su modificación o derogación.

c

#85 No puede qué? Lo que ya se sabe que han hecho muchos jueces con esta ley, no bajando las penas? Claro que se pudo hacer, la evidencia lo demuestra.

Harkon

#52 Es que era como se venía haciendo, ahora de repente no vale porque "patatas"

Pues eso

o

#76 En derecho penal (actual) siempre se ha aplicado la irretroactividad de las leyes con la excepción de las que sean más favorables al reo. No se a que te refieres.

Harkon

#86 Se aplica el espíritu de la ley, es decir, si para delito entra en la misma horquilla con el nuevo CP ni siquiera se accede a su revisión, que precisamente es lo que han hecho la MAYORIA de los jueces

T

#9 ¿Todavía no te has enterado de que los jueces que saben son los que dictan las sentencias que a mi me gustan y los prevaricadores y prejuiciosos los que dictan las que no me gustan?.

¿De verdad crees que el podemita medio va más allá de ese razonamiento?

Ya le echa cojones el juez este al interpretar que la intención de fondo del Congreso no era rebajar las penas a violadores y agresores sexuales. ¿En algún lado de la exposición de motivos pone expresamente la intención en este sentido de mantener o endurecer las penas ?

Si no es así, afirmar que el Congreso no quería ajustar las penas a la baja al unir abuso con agresión es algo más que especular.

#1 #9 #32 #10

e

#9 en lo que respecta a los borregos ideológicos, la respuesta es: NO.

El de la noticia es el único juez de toda España que no es machista. Un erudito versado en leyes, no como el resto, que son todos unos zopencos. Machirulos sin mérito alguno, a los que les han embutido en el cargo a dedo. Algo así como si pusiéramos a una cajera de supermercado a cargo de un ministerio, vamos.

c

#9 El resto de jueces tenian la opcion de interpretar, como este, favoreciendo a delincuentes o favoreciendo a las victimas y a la voluntad legislativa. Y decidieron, vaya que si.

Pacomeco

#77 Al revés, se vota negativo los envíos en los que no se rebajan las condenas. Esta misma noticia sirve de ejemplo.

D

#95 Qué ejemplo más malo: una noticia sobre un magistrado suplente emitiendo un voto particular en un caso a nivel de Audiencia Provincial llega a portada pese a tener un valor nulo en cuanto a lo representativa que es de la situación. Y claro, una vez en portada cobra una visibilidad tremenda, lo que le otorga unos cuantos negativos más (bastante justificados, dado lo irrelevante de un voto particular entre miles de sentencias).
Los datos oficiales del CGPJ, en sus 3 actualizaciones distintas, representativos de las actuaciones de TODOS los magistrados del país, hundidos por los negativos antes de tener la más mínima oportunidad de subir.
Ascienden a 721 las rebajas de condenas por la ley 'solo sí es sí' y a 74 los agresores excarcelados

Hace 1 año | Por SolidSnake a rtve.es

Datos oficiales: Los tribunales han acordado 978 reducciones de pena en aplicación de la Ley Orgánica 10/2022
Hace 1 año | Por --65244-- a poderjudicial.es

Las reducciones de condena a agresores sexuales continúan: 1.079 beneficiados
Hace 1 año | Por --523916-- a elconfidencial.com


Esto es una cámara de eco (de ahí que llevemos 15 "años de linux como SO de escritorio"), señalar precisamente que el eco no es suficientemente fuerte por unos cuantos negativos es curioso cuanto menos.

Pacomeco

#99 El TSJA aumenta la condena a un violador con la ley del 'sólo sí es sí'

Hace 1 año | Por Harkon a diariodecadiz.es


Para los que niegan que con las enmiendas del PP y PSOE para la reforma de la ley "Solo Sí Es Sí" hemos vuelto al Código Penal de la Manada
Hace 1 año | Por Harkon a twitter.com


El contador de Violadores
Hace 1 año | Por Cehona a blogs.publico.es


Yo envié una y casi la tumban, menos mal que fue durante la siesta. Llegaron en bandada pero fue demasiado tarde:

Si tú no te cansas, yo tampoco. Prueba así
Hace 1 año | Por Pacomeco a twitter.com


Y en portada han llegado muchas noticias sobre las rebajas de penas, pero muchas. Además de en los medios de comunicación a diario. En cambio noticias sobre lo contrario no salen en los medios, por eso quizás sí salen aquí.

j

#9 no se trata de saber, se trata de intenciones.

Lo que dice es que la voluntad de los jueces a la hora de interpretar esta ley no ha ido en consonancia con la voluntad del congreso a la hora de crearla.

Y eso a pesar de haberla firmado el ministerio de justicia y la abogacía del estado.

Modificar la ley significa, que la revisión que hicieron Margarita Robles y Grande Marlaska, entre otros jueces del psoe, no valió una mierda.

c

#9 Los dos saben. Esto lo que demuestra es que cada Juez usa la flexibilidad que le otorgan las leyes como les parece, y que la rebaja no se debe a la ley, si no al juez.

d

#9 solo sabe el juez que le interesa al #1

ElenaTripillas

#1 espero que sí se subieran apliquen el efecto retroactivo, no veo claro eso de beneficiar al preso a expensas de la sociedd cuando la sociedad hltendria que ir primero( que no tendría no porque al caerse necesariamente como se ha visto en más de una condena y aquí hay jueces que se nos mean en la cara) y a ver qué dicen los tertulianos de la derecha y diversos polla heridas que circulan por aquí

Lo que demuestra una vez más el corporativismo, la corrupción y la politización que hay entre uestros jueces.. se ataran a eso, pero creo que está visto que se aplique una cosa y otra depende exclusivamente del juez y para mí que se ha estado prevaricando

Pero de esto no espero un análisis ni de los medios, los jueces como cuerpo parecen blindados y no hay medio que les chiste, ni siquiera el ejecutivo que ya vemos cómo el PSOE se pliega a ellos aún intentando cambiar algo pero sin llegar a la crítica a pesar de que tienen secuestrado el poder en unas pocas manos

torkato

#15 La Constitucion impide que se puedan aumentar las penas con efecto retroactivo. Se pueden reducir, pero no aumentar

Manolitro

#36 estás hablando de un cambio de ley, que efectivamente es así.

Pero si el condenado pone un recurso y le reducen la pena, la acusación puede a su vez recurrir esa reducción a instancias superiores, que, de ser admitido, sí que "aumenta" la pena

JonTaKe

#31 a ver si va a ser que los casos de reducción al llegar al TSJ lo tumbaban la mayoría de ellas...

D

#43 Eso que dices no es verdad: los TSJ han rebajado más condenas de las reducciones que han revocado: en total 118 más, pues la metodología del CGPJ deduce cuando se revoca una rebaja de condena, y adiciona cuando se revisa directamente o se revoca la denegación previa. En total, y atendiendo solo a los TSJ que dan datos completos de revisiones y rebajas, los TSJ rebajan pena en un 27,7% de los casos, porcentaje extremadamente similar al de las Audiencias Provinciales.

Fuente: los datos oficiales, al final de la página puedes ver un pdf con las tablas del conteo https://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Sala-de-Prensa/Archivo-de-notas-de-prensa/Los-tribunales-han-acordado-1-079-reducciones-de-pena-en-aplicacion-de-la-Ley-Organica-10-2022

jonolulu

#1 Ya están los magistrados de Menéame votando negativo muy fuerte

sonix

#35 o positivo, están el ala conservador y el ala progresista, a ver cuál es más tonto

y

#1 Dijo el opinologo...

JonTaKe

#42 a diferencia, yo soy un don nadie en MNN que no puede crear una tendencia de opinión, no cómo los tertulistos que te crean una cuenta en Granadillas o censuran periodistas de medios de comunicación públicos. tinfoil
Ellos si que saben.

Relajao420

#1 el voto particular de este tiene el mismo valor que el voto particular del de la manada.
Si no sabes de qué te estoy hablando, mira la hemeroteca.
Si el uno no valía ni para limpiarse el culo, no me vale ahora que el del otro prácticamente marque doctrina.
En realidad el que de verdad sabe de todo eres tú, amigo.

D

#1 Carmena sabe? O esta vez no?

D

#1 Yo creo que el argumento de que Hitler mataba gente es engañoso. Está mal interpretado.

C

#1 No sabe ninguno, solo sabe el que a ti te interesa, no te jode ahora...

VotaAotros

#10 Go to #5

D

#13, te lo repito, y pongo en copia a #5 que también lee como quiere:

“Si la voluntad del legislador no era castigar menos las agresiones sexuales, por mucho que ahora esto sea 'de facto posible', no se puede aplicar a hechos cometidos antes de su entrada en vigor”, argumenta el magistrado. El juez se apoya para defender su tesis en casos recientes resueltos por el Supremo que han denegado la rebaja de penas instada por un condenado manteniéndole los siete años de cárcel al considerar que su conducta delictiva también se podía castigar con la misma pena con la nueva norma.

No es difícil, se trata de leerse el artículo entero, y pensar un poco antes de comentar.

strike5000

#14 "El juez se apoya para defender su tesis en casos recientes resueltos por el Supremo que han denegado la rebaja de penas"

¿Ha habido rebajas de penas recurridas por la Fiscalía o la acusación particular y que hayan sido refrendadas (aprobadas) por el Supremo o han rechazado todas y cada una de las rebajas? Porque si han aprobado unas y rechazado otras es que va en función a cada condena.

D

#19 "Después de la tormenta institucional desatada con su entrada en vigor, la ley del 'solo sí es sí' sigue suscitando un intenso debate jurídico. Los tribunales encargados de aplicar la nueva norma sobre los delitos contra la libertad sexual no emplean una plantilla genérica, sino que estudian caso por caso qué Código Penal usar en sus sentencias: el anterior a la reforma o el nuevo por ser más favorable para el acusado."

strike5000

#26 Pues precisamente. No hay una jurisprudencia que determine que haya que rechazar las rebajas de condenas basándose en la intención del legislador, así que decir que el TS ha rechazado algunas no es argumento para nada.

D

#28 Yo te digo lo que pone en el artículo, que está bastante bien explicado. Yo no soy abogado, ni juez, ni nada similar. Lo que sí soy es una persona con capacidad de comprender lo que leo (al menos en la mayoría de las ocasiones). ¿Por qué digo esto? Yo contesté comentarios que parecían no acabar de entender lo que dice el artículo. Como puedes ver, me he limitado a copiar y pegar partes del artículo y resaltarlas en negrita. La mitad de los argumentos en contra de la visión de éste juez están tratados y desmontados en el propio artículo, pese a eso, la gente los dice aquí: o bien no han leído, o no han leído bien, o no entienden lo que leen.

Los recortes que he puesto lo explican claro, pero para más dudas, aquí está la raíz del argumento de este señor:

"El juez refuta que la pena mínima por agresión sexual tenga que ser de cuatro años de cárcel. La nueva ley, expone el magistrado, no ha cambiado dos tipos penales idénticos que sancionan una misma conducta, sino que ha unificado los abusos y las agresiones en un nuevo delito. Es decir, que se ha creado un nuevo delito que antes englobaba las conductas que constituían abuso y agresión sexual.

Los “malentendidos” que el cambio ha producido se podrían haber evitado, según el juez, si los políticos hubieran nombrado al nuevo delito “atentado sexual”, de forma que quedara claro que el tipo penal no recoge exactamente las conductas castigadas por la antigua agresión sexual."

Es decir: no deben rebajarse las penas porque el delito es distinto. Esos delitos no existen ya y se deben juzgar con la ley del momento en que fueron ejecutados. Los dos delitos desaparecen y aparece uno nuevo, que se llama como uno de los anteriores pero que no tiene las mismas características ya que engloba más cosas, por eso no es el mismo delito.

La ley es absoluta, pero es interpretativa: tanto su formulación, redacción como su interpretación son sesgadas por las personas que la tratan en cada caso. Por eso se dan debates, por eso son interesantes los puntos de vista, por eso es importante leer bien lo que dice cada uno para tomar partido y no entrar directamente a contradecir sin haber prestado atención a toda la argumentación.

Y creo que aquí se acaba el debate. Esto es lo que dice éste señor, que sabe más de leyes que yo, y no queda mucho lugar a la interpretación de sus palabras. ¿Estás o no de acuerdo con lo que él defiende? Sinceramente, me da igual. Esto es lo que dice él, y el debate lo deben tener entre juristas, pero sus argumentos parecen bastante consistentes por mucho que muchos juristas no estén de acuerdo. Mi único objetivo aquí es que se entendiera bien qué dice este señor.

D

#105 ¿Pero has leído el artículo? Porque, a juzgar por tu comentario, o no lo has leído o no lo has entendido. ¿Tengo que volver a poner recortes? Go to #29, a ver si así entiendes lo que dice éste juez.

D

#136 Primero: cuando se cita entrecomillado, se cita la fuente, salvo que sea el artículo que estamos leyendo, que no es el caso. Es básico.

Segundo, vuelve a leer #29, que pareces tonto, pero léelo muy, muy, muy atentamente. Mucho, ¿Eh? Y aplica las leyes de la gramática sobre todo aquí: "Y creo que aquí se acaba el debate. Esto es lo que dice éste señor, que sabe más de leyes que yo, y no queda mucho lugar a la interpretación de sus palabras. ¿Estás o no de acuerdo con lo que él defiende? Sinceramente, me da igual. Esto es lo que dice él, y el debate lo deben tener entre juristas, pero sus argumentos parecen bastante consistentes por mucho que muchos juristas no estén de acuerdo. Mi único objetivo aquí es que se entendiera bien qué dice este señor."

¿Que tú quieres seguir discutiéndome porque tienes una necesidad patológica de tener la razón? Obviamente. ¿Que sirve de algo que sigas discutiéndome? No sirve de nada. Yo sólo estoy defendiendo lo que dice el artículo, que es lo que dice éste señor. Si tu sentido de la justicia te lleva a un punto de enfermedad mental, te coges el coche, te vas a Girona, y lo discutes con él: a mí me da igual, como ya he dicho en varias ocasiones. No pagues tus frustraciones conmigo que me la suda.

La interpretación de esas palabras que citas, que a saber de dónde salen, la haces bastante a tu libre albedrío y nada tiene que ver la gramática. Pero bueno, cito a éste señor otra vez:

"No aparece en la exposición de motivos de la ley, abunda el juez, rastro alguno de querer castigar con menos años de cárcel las agresiones sexuales. “Y si alguien lo dudaba –apostilla el voto particular– queda claro que no es así con la nueva modificación del Código Penal”. La nueva reforma, a criterio del magistrado, “patentiza que nunca fue intención del legislador considerar menos graves las agresiones sexuales con penetración”."

Y una vez más, si no te convence: me la suda. Si quieres, lo discutes con él o con tu psicólogo, colega.

D

#151, #152 go to #29 y fíjate en qué digo ahí:

"Y creo que aquí se acaba el debate. Esto es lo que dice éste señor, que sabe más de leyes que yo, y no queda mucho lugar a la interpretación de sus palabras. ¿Estás o no de acuerdo con lo que él defiende? Sinceramente, me da igual. Esto es lo que dice él, y el debate lo deben tener entre juristas, pero sus argumentos parecen bastante consistentes por mucho que muchos juristas no estén de acuerdo. Mi único objetivo aquí es que se entendiera bien qué dice este señor."

No me voy a molestar en leer punto por punto y rebatir, lo siento, pero te diré el porqué (no es por ti): El debate en esta noticia ya se ha dado y se ha alargado muchísimo, y yo lo único que he hecho es copiar las partes que desmontaban ciertos argumentos muy cacareados entre los comentarios. El artículo está bien escrito y queda claro cuáles son los argumentos de éste caballero. A mí me da igual si te parecen bien o no, si quieres vas y lo discutes con él: yo no voy a decidir nada al respecto de la ley. Lo único que me molesta es que la gente se lanza como una jauría de hienas a cualquiera que levante una voz discordante sin pararse a escuchar lo que dice. ¿Tiene razón o no? Pues no lo sé, no estudié derecho, estudié historia. Lo único que me ha enseñado la historia aplicable a este caso es que las interpretaciones son muchas y que es necesario el debate entre especialistas, pero para que el debate funcione, es necesario entender bien qué dice cada uno.

Que tengas un buen día.

Alakrán_

#14 Vamos lo que dice es que aunque se puedan rebajar las penas, no se debe aplicar a delitos anteriores.
La Constitución dice otra cosa.

Y luego se apoya en que el TS ha negado una rebaja de penas porque considera que no procede. ¿Donde está la polémica? Un hecho bastante normal.

D

#21 "Para el magistrado Varona no hay dudas: se puede seguir aplicando el Código Penal anterior a la ley del 'solo sí es sí' ya que la reforma no implica una rebaja automática en las penas de la que, constitucionalmente, deban beneficiarse los acusados. “El argumento de la supuesta rebaja de penas no es tal y es engañoso”, expone el juez en su voto particular concurrente, al que ha tenido acceso elDiario.es."

[...]

"El juez hace hincapié en diferenciar entre el principio de irretroactividad de la ley penal –no se puede condenar con leyes que no estaban vigentes en el momento de cometer el delito– y el principio de aplicar la ley penal más favorable en cada momento. Este segundo principio, recalca el magistrado, exige “ineludiblemente” que el poder legislativo haya cambiado la valoración de una conducta en el Código Penal para tratarla “de forma más benévola”."

Más adelante te explica porqué la nueva ley lo que hace es crear un nuevo delito razón por la cual la irretroactividad no tiene sentido.

daphoene

#24 "Más adelante te explica porqué la nueva ley lo que hace es crear un nuevo delito razón por la cual la irretroactividad no tiene sentido."

"Esos delitos no existen ya y se deben juzgar con la ley del momento en que fueron ejecutados"

Vamos a ver, si el delito ya no existe, hay que excarcelar a todos los presos condenados por ellos.

Si el delito sigue existiendo, y le has cambiado el nombre, tendrás que revisar por qué conceptos exactos la actividad delictiva fue condenada, y ver dónde encajan en la nueva legislación, lo llames con el nombre que lo llames, aunque te inventes "atentado sexual" o "frivolización hermenéutica", si penas las mismas actividades, agrupándolas de una u otra manera, y esa suma de actividades en el nuevo código tienen menos pena, por mucho que interpretes que "es que el legislador no quería", si la pena efectiva es menor, el reo tiene derecho a reducción, según las bases más antiguas del derecho, y según la Constitución, se ponga como se quiera poner este señor.

Y si el legislador "no quería" y el problema es que es imbécil y no sabe sumar, o legislar, pues que se vaya a su casa, o que por lo menos reconozca cuándo ha metido la pata, que no es el caso.

La voluntad del legislador hay que invocarla para llenar los huecos que deja la interpretación de las leyes escritas y definidas al detalle. Si no queda ese hueco, porque está meridianamente claro, no se juega la carta de "sí, pone menos años, pero la voluntad del legislador no era rebajar las penas, aunque como es idiota, de forma efectiva es lo que ha hecho", porque es capcioso, grosero, y atenta contra el sentido común.

strike5000

#5 En la mili tenemos una expresión para eso. "Hay que ver que bien desfila mi niño, que pena que todos los demás vayan con el paso cambiado y lo desluzcan".

L

#25 Desde mi total ignorancia: ¿no crees que muchas de las reducciones de pena que se han dado se han producido sin considerar los nuevos supuestos y agravantes? Había jueces que hablaban de una fórmula para la reducción, equiparando la condena mínima por agresión a la condena mínima actual que incluye lo que antes eran agresión y abuso. Para mí eso es trabajo de brocha gorda.

PasaPollo

#62 ¡También, también! Muy agudo. Completamente. Ni lo uno ni lo otro. Hay reducciones de pena muy de brocha gorda, porque el cambio no fue sólo cuantitativo sino cualitativo y no siempre se corresponden a la perfección los tipos anterior y posterior.

No comparto eso, de la misma forma que no comparto la contraria. Tampoco me chupo el dedo y sé que las críticas que se le hacen a esta reforma (yo el primero, desde hace años) se instrumentalizan por la oposición para desgastar al Gobierno y en concreto a Montero.

L

#65 Claro, con tanta gente implicada tirando de la carreta para su lado y tanto ruido mediático a veces nos olvidamos de la particularidad de los casos y solo se oyen ecos de que se está haciendo esto o lo otro en lugar de poder reflexionar tranquilamente sobre el tema y ver hacia dónde queremos ir.

Para mí el tema de la violencia sexual tiene que abordarse desde muchos más ámbitos, es imposible que la ley lo resuelva por sí sola y parece que eso se le olvida a ambas partes con tanto grito punitivista...

D

#62 A ver, lo de "los nuevos supuestos y agravantes" es una cosa que se lanza, pero no es tal. En el tipo agravado definido en el artículo 180 aparecen dos supuestos nuevos: ser pareja de la víctima y la sumisión química. Esos son los nuevos agravantes, ni más ni menos. En los casos en los que se den estas circunstancias, no se rebajará pena, pues la nueva ley no sería más beneficiosa para el reo, pues en esta el delito encajaría en el tipo agravado y no en el básico. El problema es que estos agravantes no son relevantes en la mayor parte de casos, aunque desde ciertos partidos se quiera decir que "aplican mal la ley porque no aplican los nuevos agravantes", cuando saben perfectamente que no tiene absolutamente nada que ver con eso.

L

#72 En algunos casos no se aplicaron desde el principio, en eso tienes razón, como alguno que ha salido no sé si de abuso o violación incestuosa de un padre a una hija.

Por otro lado, si la sumisión química no importaba, dudo que se buscara demostrarla en el juicio, así que eso falsea la comparación de aplicar una ley u otra en el caso de las revisiones.

Luego está lo de la categorización, que es harina de otro costal. Supongo que en algunos casos se están haciendo reducciones que corresponden y en otros sin que corresponda, pues estos últimos también han salido frecuentemente en la prensa.

D

#78 Es que eso es más complicado: si un agravante existente no se aplicó en sentencia original, es que no se consideró probado. Ahí está por ejemplo ese caso que mencionas en el que no se aplicó el agravante de prevalimiento en el abuso sexual de una hija: si no se aplicó en su día existiendo, no se puede aplicar ahora en revisión, y el por qué de su no aplicación queda en mano de los magistrados originales, así como las partes, que tenían capacidad para recurrir. Sus motivos tendrían, pero no pueden ahora rejuzgar el caso.

La sumisión química es posible se intentase demostrar, en caso de haberla, pues aunque no se considerase explícitamente un agravante, se podría discutir que constituye el agravante de "víctima especialmente vulnerable por razón de edad, enfermedad o situación". Otra cosa es que se llegase a aplicar el agravante, o que pueda haber casos en los que no se molestasen en demostrarla por no tener encaje en la ley. En cualquier caso, y como en el caso anterior, la revisión de sentencia no consiste en rejuzgar el caso.

El tema de las reducciones, viendo lo similar que son el número de rebajas a grandes rasgos entre los distintos niveles judiciales (AP, TSJ y TS), que todos están rebajando alrededor de 1 de cada 3 casos, parece indicar que sencillamente es ese aproximadamente el porcentaje de casos a los que les corresponde rebaja. Veremos qué pasa con el pleno monográfico del 6 y 7 de junio, pero me extrañaría que el TS cambiase de manera de actuar ahora, cuando ha emitido tantas sentencias rebajando.

daphoene

#10 goto #25 y #150

No se puede huir de esta manera de la realidad.

"Si la voluntad del legislador no era castigar menos las agresiones sexuales..."

Vamos a ver, si la voluntad del legislador no era castigar menos las agresiones sexuales, que no hubiera castigado menos las agresiones sexuales. Redacta bien las leyes, escucha cuando te dicen que las estás redactando mal, y no te pasarán estas cosas.

"por mucho que ahora esto sea 'de facto posible', no se puede aplicar a hechos cometidos antes de su entrada en vigor”"

Porque lo diga él, pasando por encima de las bases del derecho actual, por encima de la Constitución, y hasta por encima del derecho romano, que ya ha llovido, igual a este señor le pilla de nuevas.

"El juez se apoya para defender su tesis en casos recientes resueltos por el Supremo que han denegado la rebaja de penas instada por un condenado manteniéndole los siete años de cárcel al considerar que su conducta delictiva también se podía castigar con la misma pena con la nueva norma"

Si el supremo ha hecho eso por ese motivo, lo ha hecho mal. Y el supremo, hasta donde yo sé, cuando ha denegado la reducción de penas, lo ha hecho por otros motivos, mayormente ajustados a derecho, y por supuesto respetando la ley y la Constitución.

Otra cosa - muy distinta - es que el supremo lo haya denegado porque realmente el mismo delito bajo la ley actual equivaliese a la misma pena o superior, que parece el mismo argumento, pero no lo es en absoluto.

No veo más que cinismo, artificio y argumentos capciosos por todas partes.

sixbillion

#38 El que se agarren a sus palabras para defender esa chapuza de ley dice mucho de la gran mierda de ley que es ...
Y bueno, elDiario se ha vuelto el OkDiario de la berdaderra hiskierda, pero eso si, los bulos son exclusivos de la megaturboderecha lol

p

#38 No te molestes.

Cuando un tonto coge un camino, se acaba el mundo, se acaba el camino, y el tonto sigue andando.

Luego hablaran de bulos, del fascismo, de... Que aburrimiento ya.

daphoene

#17 Lo que yo le entendí a #16 - y quizá me equivoque - es que no es "lo único a atender".

También, que suena un poco capcioso que se alegue "no atender a la voluntad del legislador" como si fuese un "aura" que envuelve lo dispuesto claramente sobre las penas, como si esa voluntad pudiera hacer que el texto signifique lo contrario de lo que dice.

Es que no puedes pretender que se interprete que la voluntad del legislador no era reducir penas, cuando en el texto de la ley las estás reduciendo de forma efectiva.

- Es que aquí pone dos en lugar de tres
- Ya, pero es que yo no quería...

En fin, me recuerda a aquello de:

- Uno de vosotros ha bajado su rendimiento, y no me gusta señalar con el dedo
- Jefe, me está señalando directamente...
- Ya, pero no me gusta...

VotaAotros

Ah, bueno, que ahora hay que aplicar las leyes mal paridas teniendo en cuenta "la voluntad" del Congreso y el Gobierno que las malparió.

Pues nada, pongámosnos a revisar todas las leyes redactadas en época de Franco y apliquémoslas según la voluntad que podemos suponer que tenía el gobierno franquista.

D

#3 "Pues nada, pongámosnos a revisar todas las leyes paridas en época de Franco y apliquémoslas según la voluntad que podemos suponer que tenía el gobierno franquista." - ¿Cómo crees que se aplicaban y aplican ahora? En fin...

VotaAotros

#4 No se hace así. Pocos juzgados has recorrido y pocas sentencias has leído.

D

#8 "En una crítica a la interpretación que, de forma mayoritaria, están realizando los tribunales, el magistrado cree que los jueces han “olvidado” un aspecto fundamental a la hora de decidir que el nuevo Código Penal es más favorable a los acusados. Según el juez Varona, para poder adoptar este extremo hay que “probar” que el objetivo del legislador era sancionar con menos dureza las agresiones sexuales, algo que no ocurre con la ley del 'solo sí es sí'. “La voluntad legislativa sí es relevante cuando nos planteamos la aplicación retroactiva de una ley penal posterior”."

De nada.

Edito: por si te quedan dudas.

"“Si la voluntad del legislador no era castigar menos las agresiones sexuales, por mucho que ahora esto sea 'de facto posible', no se puede aplicar a hechos cometidos antes de su entrada en vigor, argumenta el magistrado. El juez se apoya para defender su tesis en casos recientes resueltos por el Supremo que han denegado la rebaja de penas instada por un condenado manteniéndole los siete años de cárcel al considerar que su conducta delictiva también se podía castigar con la misma pena con la nueva norma."

De nada otra vez.

La próxima vez te lees el artículo entero.

avalancha971

#3 Ah, bueno, que ahora hay que aplicar las leyes mal paridas teniendo en cuenta "la voluntad" del Congreso y el Gobierno que las malparió.

Ahora y siempre.

#8 ¿Tú si has visto muchas sentencias?
Lo de "la voluntad" suele aparecer bastante a menudo.

daphoene

#40 Lo de "la voluntad" suele aparecer bastante a menudo.


Evidentemente, se invoca el espíritu de la ley para rellenar los huecos del texto escrito, cuando se confronta con la realidad y no encaja del todo. No se puede legislar el 100% de los supuestos y las circunstancias, y ahí es donde se invoca el espíritu de la ley.

Pero no se puede invocar el espíritu de la ley para contradecir lo que viene escrito en las leyes de forma clara.

No puedes alegar el espíritu de la ley cuando se produce una rebaja de forma efectiva ateniéndote a lo que dice la nueva ley, por mucho que quieras interpretar que "su intención no era rebajar las penas" si las está rebajando de forma efectiva, contable y comprobable. Como dije en un comentario anterior, si su intención no era rebajar las penas, ¿ por qué las rebaja ?

Si rebaja algunas penas, ¿ cómo puedes alegar que el espíritu de la ley no era bajarlas ? ¿ Porque el legislador es idiota y no sabe de números ? ¿ Tenemos que intuir que no quería bajarlas y las bajó por error, y alegamos eso como espíritu de la ley ?

Y por cierto, si rebaja las penas, por mucho que su intención fuera que no se aplicaran de forma retroactiva, recordemos que ni esa ley ni el espíritu de esa ley están por encima de la Constitución, en ningún caso.

cc/ #106

VotaAotros

#12 Tú lo has dicho, un criterio de interpretación pero no el absoluto, ni debe primar sobre la interpretación amplia de la retroactividad favorable.

Thony

#12 A mi lo que me sorprende es que ninguno de los decenas de asesores legales a los que recurrió el Ministerio de Igualdad, ni tampoco los Abogados del Estado que revisaron la ley, llegase fácilmente a la conclusión que tu has llegado e hiciese saltar la alarma.

Me es demasiado fácil pensar que muchos de los expertos en derecho consultados, malintencionadamente y en conspiración contra el Ministerio de Igualdad, ocultaron y disimularon el que esto podía pasar. Así, en connivencia con decenas de jueces, abogados y MassMierdas preparar el desastre que podía ocasionar esta reforma legislativa y magnificar el problema.

Me resulta todo tan extraño...

PasaPollo

#54 No creo en nada de eso. Pienso en simple descoordinación. El proceso de elaboración de proyectos de ley regulado si mal no recuerdo en la 50/1997 es lioso y tan enredado de dictámenes preceptivos que no es infrecuente que se salten cosas.

Cada día leo absolutas cagadas en toda clase de leyes, pero no se hacen tan conocidas por tener menor relevancia social. Pero cagadas y errores que no te puedes imaginar cómo se les pasó por encima. Incluso en el Código Penal.

Thony

#60 Justo había leído lo contrario, que CGPJ y asociaciones de juristas le dijeron lo contrario, que eso no iba a pasar.

#58 Gracias por traer un poco de luz en un asunto que me es totalmente opaco. Nos acogeremos de nuevo al principio de Hanlon: Nunca atribuyas a la maldad lo que se explica adecuadamente por la estupidez...

PasaPollo

#69 Completamente. En serio, échale un ojo a la ley 50/1997. Hay tantos controles, informes y planes anuales normativos que hace un efecto contrario; es como en un equipo de tantas personas encargadas de algo que al final todas dan por hecho que otro se encargará de pulirlo después.

La última ley que me he leído, la de Subvenciones de Galicia, teniendo los años que tiene y con dos errores que nadie se ha molestado en corregir: en un punto habla de órgano avalador (que no existe) cuando es realmente órgano evaluador, y en otro tiene una redacción tan absolutamente confusa que en función de cómo lo leas puedes hacer algo completamente ilegal legal, o viceversa.

Nobby

#54 a mí ya no es que me sorprenda eso, es que me sorprende que no hicieran caso ni al cgpj ni a las asociaciones de juristas que les advirtieron que esto iba a pasar y que como "defensa" sólo emprendan una huida hacia delante con el "machistas todos menos yo"

fortea

#12PasaPolloPasaPollo, me encantan tus comentarios, siempre informativos, razonados y sosegados. Llevo ya tiempo leyéndolos y quería decirte que me parecen de lo mejor de meneame
Ojalá todas las conversaciones y comentarios en este sitio fueran así.

PasaPollo

#93 Gracias salao

Capitan_Centollo

#3 Vaya por delante que no tengo ni pajolera idea de derecho, más allá de lo que haya leído por mi cuenta con la sana intención de saciar mi curiosidad.
Pienso yo que, ante la duda razonable, lo que se debe o debería hacer es consultar la doctrina y los preámbulos de las leyes afectadas y/o relacionadas, y, en base a la intención con que fueron redactadas y posteriormente aprobadas, hacer la interpretación que mejor se ajuste a esa intencionalidad. Pero, como ya dije, yo no soy más que un pobre ignorante, y otros por aquí, mejor informados que yo en estas cosas, podrán, si así lo desean, desmentir o corroborar mi humilde opinión en esta cuestión.

D

Es obvio, cualquier otra interpretación es simplemente reaccionaria y prevaricadora. Oh, casualidad, la marca de la casa España.

ur_quan_master

#11 las dos cosas son ciertas: el estamento judicial es activamente beligerante con opciones políticas diferentes a sus preferencias y la ministra ha demostrado con este caso su ineptitud

MenéameEsPropaganda

Si solo se pudiese saber las llamadas que habrán recibido los jueces conservadores por las noches pidiéndoles que rebajen las condenas por parte de los políticos con los que comen juntos.

t

#48 Claro, porque solo han sido jueces conservadores los que han rebajado penas; lo han sido de todos los colores.

MenéameEsPropaganda

#89 Ha sido la mayoría, y mira que coincidencia, la mayoría de jueces son conservadores y se ha impedido la renovación de jueces que lo hubiera cambiado. Si es que hubiese de "todos los colores" en el supremo, no existiría el problema de la renovación de los jueces

Pacomeco

¿El único juez que ha revisado no bajando la condena? En la mayor parte de las revisiones no se baja la pena.

t

Tal como lo vendieron en su día yo lo veía lógico. Digamos que la pena mínima para una agresión sexual son dos años. Tienes a dos tíos condenados a dos años pero el del segundo en realidad no ha sido tan grave y hay circunstancias atenuantes, pero como la figura legal es la que es no lo podemos condenar a menos de dos años. Si se amplían las figuras legales se entiende que el segundo caso caería en otra y se condenaría a menos años, pero el primero seguiría condenado a dos años.

Aquí se están mezclando casos de “te condeno a dos años pero en justicia debería ser menos” con “te condeno a dos años porque te mereces los 730 días de cárcel del primero al último “.

ElenaTripillas

yo he visto ya bastantes condenas que no se han aplicado, incluso recuerdo haber puesto alguna, así que sí, tal vez dependa del juez que tiene bemoles que no se corte a la hora de soltar o rebajar a elementos, algo he dicho en un comentario anterior..

Luego que los fachas son otros cuando bien se ve para dónde tiráis, a defender carcundias y por todos los lados porque lo importante debe ser joder a montero a Pablo o a belarra

Y si hace falta a las víctimas de violacones o de vida lencia de género que las den Pol culo. Así os veo

Enheduanna

Aquí se habla mucho de "jueces" en españa, el 54% de la judicatura son mujeres. Si hay que generalizar, que digan "juezas" o, al menos, "jueces y juezas". Para algo en lo que somos más...
Ya lo he dicho.

D

#57 Es que decir "las juezas son machistas" queda mal.

S

En el caso de la sentencia, siempre ha de prevalecer la opción más favorable al acusado, es decir, la pena menor, que en este caso, es la del 'si es sí', creo que incluso está en la propia constitución.

PasaPollo

#44 Curiosamente sí y no. Deriva realmente de una interpretación a contrario sensu que hizo el Tribunal Constitucional.

La Constitución sólo dice que se prohíbe la retroactividad de las normas desfavorables, lo que no es exactamente lo mismo que obligar a la retroactividad de las favorables. Eso es una interpretación posterior del Tribunal Constitucional.

Además de eso, en concreto, el Código Penal sí que expresamente obliga a la retroactividad favorable.

S

#63 Entonces por un lado es cuestión de interpretación pero siempre teniendo en cuenta favorecer al condenado con la pena más suave.

PasaPollo

#66 Todo es cuestión de interpretación

No, pero en serio: en temas penales como este sí que es una obligación legal. Y aunque sea una interpretación del TC lo de la Constitución, es tan asentado y pacífico que es como si estuviese escrito.

El tema es interpretar hasta dónde llega esa retroactividad favorable, como el caso.

D

#73 No es cuestión de que exista o no: es cuestión de que quejarse sobre la actuación de dicho comando, por unos pocos votos de irrelevante a una noticia de un voto particular de un juez suplente es cuanto menos ridículo, existiendo el comando "pro-podemos", que ha tumbado las noticias sobre los datos de TODA la judicatura. Siguiendo tu razonamiento, ahí sí que deben pagar bien!

Lamantua

#75 Yo me he forrado. Voy por el tercer chalé.

e

El juez está un poco confundido. Desde cuándo hay que tener en cuenta lo que quería el Congreso y NO LO QUE TERMINÓ LEGISLANDO.
Porque si no se aplica lo que dice la ley sino lo que el juez cree que pudo haber querido quien la escribió...

D

Engañoso es el diario de escolar.

Lamantua

Hostiassss, el comando AntiPodemos cuanto cobra por hundir la noticia...? Se nota que pagan bien. lol lol lol lol lol lol lol

D

#33 De verdad hablas del comando AntiPodemos tildando de poco relevante una noticia concreta sobre el voto particular de un magistrado en una sentencia a nivel provincial? Te das cuenta que los datos oficiales sobre este tipo de actuaciones han sido sistemáticamente negativizados, no? Y eso siendo los datos agregados de miles de sentencias en todos los estamentos judiciales, no la particularización de un juez que emite voto contrario al del resto de magistrados de dicho caso.

Lamantua

#34 ¿ Acaso es falso que existe ese comando ? ¿ Acaso he votado irrelevante ? Menuda chapa me das.

c

Eeeeh, sabes que hay muchos mas.

Incluso comunidades autonomas que optaron por seguir la voluntad legislativa.

Doy por hecho que te interesa este asunto y no andas desinformado.

T

Los jueces que rebajan penas en estos casos lo hacen porque pueden y porque quieren, no porque les obligue la ley.

D

#90 Las juezas cumplen con sus obligaciones como cualquier otro trabajador.

Z

Hasta donde yo sé la ley "sólo si es si" unifica delitos y cambia las condenas, rebajandolas de 6 a 8 años a 4 (entre otras cosas)

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