Hace 6 años | Por yokiero a latraka.es
Publicado hace 6 años por yokiero a latraka.es

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 8 ha suspendido de forma cautelar la decisión del Ayuntamiento de Madrid de retirar el nombre de la calle de los Caídos de la División Azul, en el distrito de Chamartín. «Es indudable, hablando en términos económicos, que la retirada de todas las placas de la calle ocasiona un gasto, el gasto …

Comentarios

D

#3 Toda la razon.

Totalmente sensacionalista.

El problema no es la decision del juez, el problema es que hay alguien que ha demandado y la decision del juez ha sido suspender cautelarmente a espera de la sentencia final.

Creo que este tipo de noticias no ayudan a crear sentido comun en la gente. Eso de llevarse por la rabia y por titulares sensacionalistas no es bueno en absoluto.

JohnBoy

#11 "Creo que este tipo de noticias no ayudan a crear sentido comun en la gente. Eso de llevarse por la rabia y por titulares sensacionalistas no es bueno en absoluto. "

En este país creo que tenemos un problema con eso y en general con el comportamiento democrático de no querer reconocer a los demás derechos por los que luego clamamos si somos nosotros los afectados.

JohnBoy

#2 No dice eso, ni mucho menos, pero supongo que preferimos recibir información manipulada si nos permite indignarnos y confirmar nuestros prejuicios.

Ovlak

#6 Dice eso con todas las letras, déjate de historias. Hay una ley de memoria histórica que hay que cumplir y el juez lo sabe mejor que yo y que tú. No se ni como se ha admitido a trámite.

JohnBoy

#7 No.

Lo que dice es que hasta que el juzgado no resuelva el procedimiento contencioso-administrativo que se ha iterpuesto contraa ese cambio de denominación, no tiene sentido realizar el cambio de nombre, por los perjuicios que se puede ocasionar a los vecinos de la calle si el juzgado contencioso-administrativo anula el cambio de nombre (lo del tema de coste se recoge de forma casi anecdótica en el auto).

De hecho hasta el propio ayuntamiento, para evitar los perjuicios posibles había paralizado los cambios hasta que el juzgado se manifestase sobre las medidas cautelares.

Y la ley se está cumpliendo. Se ha aprobado un cambio de denominación de calles por parte del Ayuntamiento en cumplimiento de la Ley de Memoria Histórcia, alguien no está de acuerdo y lo ha llevado a un juzgado, los tribunales interpretan la ley y deciden. Así es como funciona un estado de derecho.

Ovlak

#8 Que si, que desde la admisión a trámite parece todo muy justo y coherente. Pero sin olvidar que se parte de admitir a trámite un recurso claramente contrario a ley. Esas calles tienen que desaparecer, sin más. Independientemente de lo que protesten los señores de la fundación FF o la de amigos de MIllán o la protectora de mascotas filonazis.

JohnBoy

#10 Yo estoy de acuerdo en que esas calles deberían desaparecer, pero en una democracia son los jueces los que interpretan las leyes. No tú o yo.

Y por otra parte eso no quita que esta noticia hable sólo de las medidas cautelares (en ningún caso autoriza o desautoriza nada, como dice el titular) que por otra parte a mi me parecen muy razonables.

Ovlak

#12 en una democracia son los jueces los que interpretan las leyes. No tú o yo.
Y como interpretación de una ley bastante clara podían perfectamente no admitir tan siquiera los recursos interpuestos:
"Las Administraciones públicas, en el ejercicio de sus competencias, tomarán las medidas oportunas para la retirada de escudos, insignias, placas y otros objetos o menciones conmemorativas de exaltación, personal o colectiva, de la sublevación militar, de la Guerra Civil y de la represión de la Dictadura. Entre estas medidas podrá incluirse la retirada de subvenciones o ayudas públicas"

JohnBoy

#13 Ah, entinedo que el juez de lo contencioso-adminsitrativo que ha admitido a trámite el recurso sabe menos que tú de amparar el derecho de recurso de los ciudadanos.

La admisión o inadmisión a trámite de un recurso se basa en cuestiones formales (competencia del tribunal, legitimidad del que interpone el recurso, plazo de recurso, si sobre el mismo recurso ya se ha manifestado ese u otro tribunal, etc...) Sobre si la actuación del Ayuntamiento se ajusta a derecho se pronuncia el tribunal sobre el fondo de la cuestión. No basta con que una decisión se ampare en la aplicación de una ley (en principio todas lo son) para que sea ajustada a derecho, y eso en cualquier caso es materia del fondo de la cuestión, no de su admisión a trámite.

Ovlak

#15 ¿Te has dado cuenta que empiezas todos tus comentarios con una falacia de autoridad? Parece que para ti no hay decisión judicial opinable. Espero que mantengas esa coherencia en todas tus intervenciones.
Saludos.

JohnBoy

#17 Todos mis comentarios no.

Por otra parte no creo que sea falacia de autoridad, porque a continuación te expongo las causas de inadmisión a trámite de un recurso, que es por unas causas tsadas por ley. Es decir, que no es que estés opinado sobre la decisión de un juez, diciendo yo creo que tal ley la ha interpretado mal y debería interpretarse así, en base a su auto, sino que estás opinando sobre cómo te parece a ti que debería actuar la justicia, y cuando se trata sobre aspectos que requieren un mínimo conocimiento técnico, como una medida cautelar o por qué se admite o inadmite algo a trámite, respetar la decisión de alguien que sin duda tiene más conocimiento que tú y que yo no es falacia de autoridad. O si se discute, que al menos sea en base a un argumento técnico, y no a una falacia que confunde "no autorizar" con una medida cautelar.

rutas

No veo diferencias entre la mierda de OKdiario y la mierda de La Traka. Menudos panfletos desayuna la peña...

D

Qué tiene de malo ese nombre?

Aergon

Prefieren financiar a la fundación paca la chollona

Unregistered

Pensaba que sería de elmundotoday o eljueves . Puto país...

R

Que algún vecino me deje una escalera y un destornillador que ya voy yo.

OriolMu

la justicia encubriendo el fascismo. Una vez más. Nada nuevo cara al sol....

U

#5 El nazismo, el nazismo